Auméntase el Mínimo Inembargable de Sueldos, Jubilaciones y Pensiones
DECRETO N° 1831
Buenos Aires, 27 de junio de 1958.
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a
la Dirección General del Boletín Oficial e imprentas y archívese.
FRONDIZI.- Emilio Donato del Carril -
Alfredo E. Allende.