Auméntase el Mínimo Inembargable de Sueldos, Jubilaciones y Pensiones

DECRETO N° 1831

Buenos Aires, 27 de junio de 1958.

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e imprentas y archívese.

FRONDIZI.- Emilio Donato del Carril -

Alfredo E. Allende.