MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Decisión Administrativa 240/2016
Decisión Administrativa N° 477/1998. Incorpórase cargo.
Bs. As., 29/03/2016
VISTO el Expediente N° 31/2016 del Registro del MINISTERIO DE
COMUNICACIONES, los Decretos N° 268 del 29 de diciembre de 2015 y N°
334 del 10 de febrero de 2016, las Decisiones Administrativas Nros.
477/98 y 126/16, y
CONSIDERANDO:
Que por el primer Decreto citado en el visto, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE COMUNICACIONES.
Que a fin de optimizar el funcionamiento operativo de la citada
jurisdicción ministerial, en orden a los objetivos que le fueran
encomendados, se creó con dependencia directa del Ministro de
Comunicaciones, el cargo de Jefe de Gabinete de Asesores con rango y
jerarquía de Secretario.
Que la Decisión Administrativa N° 477 del 16 de septiembre de 1998 y
sus modificatorios, constituyó el Gabinete entre otros de los señores
Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretario General de la
PRESIDENCIA DE LA NACION, Secretarios y Subsecretarios y Jefe de la
Casa Militar, el que está integrado con el equivalente a la cantidad de
Unidades Retributivas (artículo 64 del Decreto N° 993/91, t.o. 1995),
que allí se detallan.
Que en esta instancia resulta necesario incorporar el cargo de JEFE DE
GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, con carácter de
excepción, en los artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso b) de la
Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477 del
16 de septiembre de 1998 y sus modificatorios.
Que ha tomado intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE COMUNICACIONES.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Incorpórase con carácter de excepción, el cargo de JEFE
DE GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, en los
artículos 1°, 2° y 3°, así como en el inciso b) de la Planilla Anexa al
artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477 del 16 de septiembre
de 1998 y sus modificatorios.
Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida
será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes a
la Jurisdicción 59 - MINISTERIO DE COMUNICACIONES.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Oscar R. Aguad.