MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
Decisión Administrativa 237/2016
Decisión Administrativa N° 477/1998. Incorpórase cargo.
Bs. As., 29/03/2016
VISTO el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, la Decisión
Administrativa N° 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477/98 se
constituyó el Gabinete, entre otros, de los señores Jefe de Gabinete de
Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, Jefe de la Casa
Militar, Procurador del Tesoro de la Nación y Secretario Legal y
Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el que estará integrado con el
equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en
la Planilla Anexa a la misma.
Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se sustituyó
el artículo 1° de la Ley de Ministerios N° 22.520, aprobándose el
ámbito de competencia del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, situación
que reflejó un incremento de las atribuciones, respecto a las
ostentadas por el entonces denominado MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que las mencionadas atribuciones ministeriales obligan a asignar al
Jefe de Asesores de Gabinete del referido Ministerio responsabilidades
de gran complejidad, resultando necesario dotarlo de un Gabinete que
cuente con la solvencia suficiente para afrontar las tareas
encomendadas, incorporándolo por tal motivo a la nómina de funcionarios
referidos en los artículos 1°, 2° y 3°, como así también al inciso b)
de la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión Administrativa N°
477/98 y sus modificatorias.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 100, incisos 1° y 2°, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Incorpórase con
carácter de excepción el cargo de JEFE DE ASESORES DE GABINETE del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES, en los artículos 1°, 2° y 3°, así
como en el inciso b) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la Decisión
Administrativa N° 477/98 y sus modificatorias.
Art. 2° — El gasto que demande
el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será imputado con cargo
a los créditos de las partidas específicas del presupuesto de la
Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Esteban J. Bullrich.