MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
Decisión Administrativa 246/2016
Desígnase Director Nacional de Preinversión Municipal.
Bs. As., 29/03/2016
VISTO el Expediente N° S02:0135104/2015 del Registro del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, las Leyes N° 27.008 y N° 27.198,
los Decretos N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y N° 227 del 20 de
enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.008 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2015.
Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que los artículos 7° de las mencionadas Leyes establecen que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de
su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha,
salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por el Decreto N° 227/16 se facultó al JEFE DE GABINETE DE
MINISTROS a efectuar, entre otras, toda designación de personal en el
ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y
descentralizada, en cargos de la dotación de planta permanente y
transitoria, que se encuentren vacantes y financiados con la
correspondiente partida presupuestaria, a propuesta de la Jurisdicción
o Entidad correspondiente.
Que el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA solicita la
designación transitoria del Cdor. D. José Alejandro ABRAAM (D.N.I. N°
22.002.849) en el cargo de DIRECTOR NACIONAL DE PREINVERSIÓN MUNICIPAL
(Nivel A, Grado 0, F.E. I) de la SECRETARÍA DE ASUNTOS MUNICIPALES,
perteneciente al mencionado Ministerio, a fin de asegurar el
cumplimiento de los objetivos asignados a dicha dependencia.
Que corresponde autorizar el pago de la Función Ejecutiva
correspondiente, de acuerdo con lo normado en el SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08.
Que dicha Jurisdicción cuenta con la respectiva vacante financiada,
motivo por el cual la presente medida no implica exceso en los créditos
asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y
VIVIENDA.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del artículo 1°
del Decreto N° 227/16 y a lo dispuesto por los artículos 7° de las
Leyes N° 27.008 y N° 27.198.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Desígnase con
carácter transitorio en la Planta Permanente del MINISTERIO DEL
INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a partir del 21 de diciembre de
2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a
partir del dictado de la presente medida, en el cargo de DIRECTOR
NACIONAL DE PREINVERSIÓN MUNICIPAL (Nivel A, Grado 0, F.E. I) de la
SECRETARÍA DE ASUNTOS MUNICIPALES, al Cdor, D. José Alejandro ABRAAM
(D.N.I. N° 22.002.849), con autorización excepcional a lo dispuesto por
los artículos 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198 y autorizándose el
correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Art. 2° — El cargo consignado
en el artículo 1° deberá ser cubierto conforme a los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre
de 2008, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a
partir del dictado de la presente medida.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 -
MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.