MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Decisión Administrativa 276/2016
Desígnase Directora Nacional de Política Comercial Externa.
Bs. As., 04/04/2016
VISTO el Expediente N° S01:0011688/2016 del Registro del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2016, los Decretos Nros.
2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 1.070 de
fecha 10 de julio de 2014 y 227 de fecha 20 de enero de 2016, la
Decisión Administrativa N° 10 de fecha 19 de enero de 2016, la Decisión
Administrativa N° 193 del 16 de marzo de 2016 y el Decreto N° 1 de
fecha 4 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016 se transfirió la
SECRETARIA DE COORDINACIÓN ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD y
sus unidades organizativas dependientes, con excepción de la
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, de la órbita del MINISTERIO
DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS a la órbita del MINISTERIO DE
PRODUCCION.
Que por el artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 193/16 se
aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la
SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que por el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 se dispuso,
entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de
la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en
cargos de planta permanente y no permanente, en cargos de rango y
jerarquía inferior a Subsecretario será efectuada por el señor Jefe de
Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad
correspondiente.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la SUBSECRETARÍA DE
COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo
vacante, Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I, de Directora Nacional
de Política Comercial Externa.
Que el Artículo 7° de la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2016, dispuso el
congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha
de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la
Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad,
salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del
PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10
de la citada ley.
Que tal requerimiento implica efectuar una excepción a lo dispuesto por
el Artículo 7° de de la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, ha tomado la intervención que le compete.
Que la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el Artículo
7° de la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2016, y el Artículo 1° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Desígnase
transitoriamente, a partir del 13 de enero de 2016 y por el término de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la Licenciada en Relaciones
Internacionales Doña María Fernanda MONTI (M.I. N° 18.426.843) en el
cargo de Directora Nacional de Política Comercial Externa dependiente
de la SUBSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO
del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, Nivel A, Grado 0, autorizándose el
correspondiente pago de la Función Ejecutiva I del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), con carácter de excepción a lo dispuesto por el
Artículo 7° de la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Art. 2° — El cargo involucrado
deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección
vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,
Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, dentro del
plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 13 de
enero de 2016.
Art. 3° — El gasto que demande
el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las
partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción
51 - MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Francisco A. Cabrera.