MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 110/2016
Bs. As., 17/02/2016
VISTO el Expediente N° 1.672.271/15 del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.672.271/15 obra el Acuerdo
celebrado entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DEL AGUA Y LA
ENERGÍA (A.P.J.A.E.) y la EMPRESA HIDROELÉCTRICA FUTALEUFÚ SOCIEDAD
ANÓNIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N°
14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho Acuerdo las precitadas partes procedieron a pactar un
incremento salarial a partir del mes de Abril de 2015. Las partes son
signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo N° 1347/13 “E”.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que por último correspondería que una vez dictado el presente acto
administrativo homologado, se remitan estas actuaciones a la Dirección
Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar el cálculo del
tope previsto por el Art. 245 de la Ley Nro. 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado Acuerdo.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones Laborales
del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
900/95.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN DEL PERSONAL JERÁRQUICO DEL AGUA Y LA ENERGÍA (A.P.J.A.E.) y
la EMPRESA HIDROELÉCTRICA FUTALEUFÚ SOCIEDAD ANÓNIMA, que luce a fojas
2/3 del Expediente 1.672.271/15, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General
de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre
el Acuerdo obrante a fojas 2/3 del Expediente 1.672.271/15.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope
lndemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el art. 245 de la
ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase a
la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo
de Trabajo N° 1347/13 “E”.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5°
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de
Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.672.271/15
Buenos Aires, 19 de febrero de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 110/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 112/16. — Lic. ALEJANDRO
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
En la ciudad de Buenos Aires, el 20 de Abril 2015, reunidas por una
parte la empresa HIDROELÉCTRICA FUTALEUFÚ SA (HFSA), con domicilio
societario en Marcelo T. de Alvear 590 3er piso de Capital Federal,
representada en este acto por el Dr. Eduardo Zamorano DNI: 7.616.400 en
adelante denominada “La Empresa” y por la otra parte La ASOCIACIÓN DEL
PERSONAL JERÁRQUICO DEL AGUA y LA ENERGÍA, con domicilio en Moreno 1140
1er. Piso de Capital Federal, representada por su Secretario General
Sr. Norberto R. Manzano DNI: 13.489.678 y el Secretario de Relaciones
Laborales Sr. Juan F. Baraldo DNI: 16.407.139 en adelante denominada
“La Asociación” respectivamente, todos ellos denominados en forma
conjunta e indistinta LAS PARTES, quienes DECLARAN:
a) Que las Partes han acordado un aumento en las remuneraciones para
los trabajadores encuadrados en el CCT 1347/13 “E” aplicable al
establecimiento de la EMPRESA, sito en la calle Roca N° 790 de la
ciudad de Esquel, provincia de Chubut.
b) Que la intención de las Partes es instrumentar el aumento antes
mencionado, y presentar este acuerdo ante el Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social de la Nación para su homologación.
c) Que la presente declaración forma parte integrante del acuerdo.
Por lo expuesto, LAS PARTES ACUERDAN:
PRIMERO.
Las partes acuerdan otorgar un incremento remuneratorio equivalente al
quince por ciento (15%) a partir del 01 de Abril del 2015, sobre los
salarios básicos, convencionales que percibieron al 31 de Marzo 2015,
al personal representado por La Asociación.
Se acompaña mediante ANEXO que forma parte de la presente, el nuevo
Sueldo Básico Mensual que surge del acuerdo alcanzado y el vigente a la
firma del presente acuerdo para los distintos Niveles Funcionales del
CCT.
SEGUNDO.
Toda vez que el presente acuerdo modifica parcialmente acuerdos
convencionales preexistentes, LAS PARTES solicitarán su homologación en
los términos previstos en la Ley 14.250.
En el lugar y fecha consignados en el encabezamiento de la presente se
suscriben en prueba de conformidad (3) ejemplares iguales de 1 hoja,
una (1) para cada una de LAS PARTES y el tercero para ser presentado
ante la autoridad de aplicación. Conste.
ANEXO
A) Escala salarial anterior reemplazada;
NIVELES |
FUNCIÓN |
SUELDO BASICO
DEL 01/03/2015 |
J-V |
Jefe de Sector |
$ 20.365,25 |
J-IV |
Asistente de Jefatura |
$ 15.357,40 |
J-III |
Supervisor Principal
Jefe de Turno |
$ 11.518,05 |
J-II |
Supervisor Asistente |
$ 8.680,27 |
J-I |
Supervisor Asistente En Formación |
$ 6.510,20 |
B) Escala salarial nueva;
NIVELES |
FUNCIÓN |
SUELDO BASICO
A PARTIR DEL 01/04/2015 |
J-V |
Jefe de Sector |
$ 23.420 |
J-IV |
Asistente de Jefatura |
$ 16.661 |
J-III |
Supervisor Principal
Jefe de Turno |
$ 13.245,70 |
J-II |
Supervisor Asistente |
$ 9.982,31 |
J-I |
Supervisor Asistente En Formación |
$ 7.486,73 |