MINISTERIO DE SALUD

Decisión Administrativa 286/2016

Desígnase Directora Nacional de Relaciones Internacionales.

Bs. As., 08/04/2016

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 aprobado por la Ley N° 27.198 y distribuido por Decisión Administrativa N° 10 de fecha 19 de enero de 2016, los Decretos N° 1343 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, N° 114 de fecha 12 de enero de 2016 y N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 y el Expediente N° 1-2002-1157/16-9 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.198, se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sanción de dicha Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a la fecha señalada, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante el Artículo 1° del Decreto N° 227/16 quedó establecido que toda designación asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por el artículo 3° del Decreto N° 114/16, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE SALUD, de acuerdo con el organigrama establecido en dicho decreto.

Que por el Artículo 3° del Decreto N° 1343/07 y sus modificatorios, fue aprobada la estructura organizativa de primer nivel operativo del citado Ministerio.

Que en el ámbito de la entonces SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION de la ex SECRETARIA DE DETERMINANTES DE LA SALUD Y RELACIONES SANITARIAS del MINISTERIO DE SALUD, actual SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES de la SECRETARIA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES de dicho Ministerio, conforme con lo establecido por el Decreto N° 114/16, se encuentra vacante el cargo de Director Nacional de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES INTERNACIONALES, Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que se propuso para la cobertura de dicho cargo a la Licenciada Jorgelina Andrea COSTANZI.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el artículo 7° de la Ley N° 27.198 y el artículo 1° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Desígnase transitoriamente, a partir del 15 de enero de 2016, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, a la Licenciada Jorgelina Andrea COSTANZI (D.N.I. N° 20.365.687), en el cargo de Directora de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES INTERNACIONALES de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES de la SECRETARIA DE RELACIONES NACIONALES E INTERNACIONALES del MINISTERIO DE SALUD, Nivel A Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel A establecidos en el arículo 14 del citado Convenio.

Art. 2° — El cargo involucrado en el artículo 1° deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II —Capítulos III, IV y VIII— y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), instituido por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL, homologado por Decreto N° 2098/08 y modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 - del MINISTERIO DE SALUD.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.