MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 298/2016
Desígnase Directora Nacional de Medicina Comunitaria.
Bs. As., 12/04/2016
VISTO el Presupuesto de la Administración Nacional para los Ejercicios
2015 y 2016 aprobados por las Leyes N° 27.008 y N° 27.198 y distribuido
por las Decisiones Administrativas N° 1 de fecha 12 de enero de 2015 y
N° 10 de fecha 19 de enero de 2016 respectivamente, los Decretos N°
2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, N° 114 de fecha
12 de enero de 2016 y N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 y el
Expediente N° 1-2002-31071/15-3 del registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 7° de las leyes citadas precedentemente, se
estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados
existentes a la fecha de sanción de dicha ley, ni los que se produzcan
con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de
Gabinete de Ministros.
Que mediante el Artículo 1° del Decreto N° 227/16 quedó establecido que
toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación
de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior
a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta
permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente
a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida
presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales
aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por el artículo 3° del Decreto N° 114/16, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE SALUD.
Que por el Decreto N° 1343/07 y sus modificatorios se aprobó la
estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE
SALUD.
Que en el ámbito de la entonces SUBSECRETARÍA DE MEDICINA COMUNITARIA,
MATERNIDAD E INFANCIA actual SUBSECRETARIA DE ATENCION PRIMARIA DE LA
SALUD de la entonces SECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA actual SECRETARIA
DE PROMOCION, PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA del MINISTERIO
DE SALUD, se encuentra vacante el cargo de Director de la DIRECCION
NACIONAL DE MEDICINA COMUNITARIA, Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva
de Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), instituido
por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el
Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios.
Que atento a la naturaleza de dicho cargo y a fin de contribuir al
cumplimiento de los objetivos y acciones que tiene asignada la unidad
orgánica a la que corresponde el cargo en cuestión, resulta necesario
proceder a su cobertura transitoria, exceptuándolo a tal efecto de lo
dispuesto en el artículo 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
de lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198,
por el artículo 5° del Anexo I del Decreto N° 1421/02 y por el artículo
1° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1° — Desígnase, a partir del 22 de diciembre de 2015 y por el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del
dictado de la presente medida, a la Dra. María Cristina ECHEGOYEN
(D.N.I. N° 5.753.651), en el cargo de Directora de la DIRECCION
NACIONAL DE MEDICINA COMUNITARIA, unidad dependiente de la entonces
SUBSECRETARIA DE MEDICINA COMUNITARIA, MATERNIDAD E INFANCIA actual
SUBSECRETARIA DE ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD de la entonces
SECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA actual SECRETARIA DE PROMOCION,
PROGRAMAS SANITARIOS Y SALUD COMUNITARIA del MINISTERIO DE SALUD, Nivel
A - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Ejecutiva de Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP),
instituido por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL, homologado
por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, con
carácter de excepción a lo dispuesto en los artículos 5° inciso f) del
Anexo de la Ley N° 25.164 y 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198 y con
autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos previstos
para el acceso al Nivel A del citado Convenio.
Art. 2° — El cargo involucrado en el artículo 1° deberá ser cubierto
conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo
establecido, respectivamente, en los Títulos II —Capítulos III, IV y
VIII— y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), instituido
por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL, homologado por Decreto
N° 2098/08 y modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha del dictado de la presente
medida.
Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida,
será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto
vigente de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Jorge D. Lemus.