MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 135/2016

Bs. As., 10/03/2016

VISTO el Expediente N° 1.698.301/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES por el sector sindical y la empresa EXGADET SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 3/5 del Expediente N° 1.698.301/15 y ha sido ratificado a fojas 9 y 31 de las mismas actuaciones.

Que mediante el acuerdo cuya homologación se solicita se establece un incremento salarial con efecto a partir del día 1 de enero de 2016 en los términos y conforme los lineamientos allí establecidos y se acuerda una suma no remunerativa por única vez y un bono anual, los que se harán efectivos conforme montos y fechas que surgen del mismo.

Que el mentado acuerdo se refiere al Convenio Colectivo de Trabajo N° 1403/14 “E”, cuerpo convencional oportunamente celebrado entre las mismas partes citadas en el primer párrafo del presente y debidamente homologado mediante Resolución Secretaria de Trabajo N° 1821, de fecha 7 de octubre de 2014.

Que las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo de marras.

Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo, se corresponde con el del Convenio Colectivo de Trabajo 1403/14 “E”.

Que en definitiva dicho ámbito de aplicación se circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que respecto a su ámbito temporal, se fija su vigencia a partir del mes de octubre de 2015, de conformidad con lo expresamente pactado por sus celebrantes.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a sus competencias evalúe la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245° de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES por el sector sindical y la empresa EXGADET SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 3/5 del Expediente N° 1.698.301/15, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 3/5 del Expediente N° 1.698.301/15.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245° de la Ley N° 20.744 y sus modificatorias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el del Convenio Colectivo de Trabajo N° 1403/14 “E”.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.698.301/15

Buenos Aires, 14 de marzo de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 135/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/5 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 156/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO COMPLEMENTARIA

C.C. de T. Homologado N° 1403/14 “E”.-

En la ciudad de Buenos Aires al día 15 del mes de octubre de 2015, se reúnen por una parte EXGADET S.A., con domicilio en la calle Pasaje Rio Salado 3445, de C.A.B.A., Representada por el señor Ricardo Néstor Simoni en carácter de Presidente, en adelante denominada La Empresa, y por la otra los señores Gabriel Yasky, Oscar Mangone, Pablo Blanco y Viviana Pinto en representación del Sindicato Trabajadores de la Industria del Gas, Capital y Gran Buenos Aires, en adelante denominado “STIGAS”, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo suscripto entre ambas partes, con vigencia desde el 1 de julio de 2014 del cual la presente acta forma parte integrante.

Primero: Las partes acuerdan un incremento salarial del 4.74% con efectos a partir del 1 de enero del 2016, este porcentaje se calcula en forma no acumulativa, resultando los Básicos de convenio que se muestran en el artículo Segundo, este incremento será aplicado al personal representado por la entidad sindical, sobre todos los conceptos convencionales.

Segundo: Los nuevos básicos de convenio de acuerdo al incremento determinado en el punto Primero queda conformado en los siguientes valores mensuales:

BASICOS DE CONVENIO VIGENTES PERIODO

Aumento 4,74% no acum.
Vigencia 01/01/2016
C1 11606
C2 12187
C3 12794
C4 13435
C5 14107
Bonificación/Gas 200
Antigüedad 41

Tercero: Adicionales:

exgadet 01/01/2016
Jornada de Trabajo con Turnos Rotativos: 4,74% no acum.
Turno de Trabajo 12 hs. (4x4), Diurno:
Puesto de trabajo, Oficial Nichos, Categoría 4 (C4) 2818
Adicional Función Coordinador:
“Oficial Reten” Coordinador de Equipo. 1769
Adicional Horario Extendido:
Puestos de Trabajo, Oficial Nichos, Categoría 4 (C4) 2561

Cuarto: Adicional Premio Producción:


01/01/2016
Adicional Producción: 4,74% no acum.
Puesto de trabajo, Oficial Utilización. Categoría 4 (C4) 6,16
Puesto de trabajo, Oficial Ilícitos Equipo Doble, Categoría 4 (C4) 6,77
Puesto de trabajo, Oficial Ilícitos Equipo Simple Categoría 4 (C4) 6,16
Puesto de trabajo, Ayudante Ilícitos, Categoría 1 (C1) 4,98

Quinto: Adicional Utilización de Vehículo:


01/01/2016
Uso de vehículos: 4,74% no acum.
Según tipo de actividad se abonara por las siguientes modalidades:
• Vehículo Utilitario para Guardia de nichos: precio x día 234
• Vehículo Utilitario para Utilización: $ 1,45 x punto = por día. 206
• Vehículo Utilitario otras actividades: x Km recorrido. 1,44

Sexto: Asimismo las partes acuerdan el pago de una suma fija por única vez, no remunerativa de 3000.-$ para todas las categorías de este convenio que se abonara en el mes de octubre de 2015.

Séptimo: Por otra parte, se conviene el otorgamiento de una “Asignación No Remunerativa en concepto de Bono Anual, por única vez” de $ 5.200.- a abonarse durante el mes de Enero de 2016.

Octavo: Las partes también acuerdan reunirse en el mes de abril de 2016 a fin continuar el analizar las variables económicas, salariales.

En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.