MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 442/2016

Designaciones.

Bs. As., 10/05/2016

VISTO el Expediente N° E-3927-2016 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, la Ley N° 27.198, los Decretos N° 355 del 21 de febrero de 2002, N° 20 del 10 de diciembre de 2007, N° 227 del 20 de enero de 2016 y N° 357 del 15 de febrero de 2016, la Resolución MDS N° 01 del 2 de enero de 2008 y lo propuesto por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

Que por el artículo 7° de la Ley N° 27.198, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto N° 355/02 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios con sus modificatorias, creándose, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el Decreto N° 20/07 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL hasta el primer nivel operativo y por Resolución MDS N° 01/08, la segunda apertura.

Que por el Decreto N° 357 del 15 de febrero de 2016 se sustituyó el Anexo I al artículo 1°, el Anexo II al artículo 2° y el Anexo III al artículo 3° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, modificándose la conformación organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por el artículo 1° del Decreto N° 227/16 se establece que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL considera imprescindible proceder a la cobertura de los cargos, en el ámbito de la SECRETARIA DE ECONOMIA SOCIAL, de Director Nacional de Ejecución de Proyectos Sociales, Integrales y Cooperativos de la SUBSECRETARIA DE ORGANIZACION DE INGRESOS SOCIALES, de Director Nacional de Acreditación de Organizaciones, de Director Nacional de Promoción de la Responsabilidad Social, ambos de la SUBSECRETARIA DE RESPONSABILIDAD SOCIAL, de Coordinador de Desarrollo Integrado Territorial, de Coordinador de Gestión Institucional, de Coordinador de Seguimiento Estratégico, de Coordinador del Registro Nacional de Instituciones de Microcrédito y de Director Nacional, todas ellas de la Dirección Nacional del Microcrédito Social de la COMISION NACIONAL DE COORDINACION DEL PROGRAMA DE PROMOCION DEL MICROCREDITO PARA EL DESARROLLO DE LA ECONOMIA SOCIAL.

Que el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL considera imprescindible proceder a la cobertura de los cargos, en el ámbito de la SECRETARIA DE ORGANIZACION Y COMUNICACION COMUNITARIA, de Director de Promotores Territoriales y de Director Nacional, ambas de la Dirección Nacional de Educación Social y Popular.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dichos cargos mediante una excepción a las pautas generales de selección que para el acceso a la función de que se trate se encuentran establecidas en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por Decreto N° 2098/08.

Que los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que ha tomado la intervención que le compete la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL, el artículo 7° de la Ley N° 27.198 y por el artículo 1° del Decreto N° 227 del 20 de enero de 2016.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL de lo previsto en el artículo 7° de la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, a los efectos de cubrir los cargos vacantes, en las unidades organizativas, niveles, grados y funciones ejecutivas que se detallan en los ANEXOS I y II a la presente medida.

Art. 2° — Desígnanse con carácter transitorio, desde la fecha que en cada caso se consigna, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a las personas consignadas en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente medida, en las unidades organizativas, cargos, niveles y grados que allí se detallan, autorizándose el pago del Suplemento por Función Ejecutiva del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, que en cada caso se indica.

Art. 3° — Desígnanse con carácter transitorio, desde la fecha que en cada caso se consigna, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a las personas consignadas en el ANEXO II que forma parte integrante de la presente medida, en las unidades organizativas, cargos, niveles y grados que allí se detallan, autorizándose el pago del Suplemento por Función Ejecutiva del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, que en cada caso se indica, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.

Art. 4° — Los cargos involucrados en la presente decisión administrativa, deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Carolina Stanley.

Anexo I

D.N.I. Apellido y Nombre Nivel Grado Función Ejecutiva CARGO Fecha de Inicio
14.140.910 DOMINGUEZ Y VENCE, Gabriel Adrián B 0 IV Dirección de Promotores Territoriales 01/02/2016
14.526.034 FRIGERIO MIRO, María Magdalena C 0 IV Coordinación de Seguimiento Estratégico 01/01/2016
26.495.107 PLOSZAJ, Valeria Romina C 0 IV Coordinación de Desarrollo Integrado Territorial 07/03/2016
26.338.609 SUS, Flavia Elizabeth C 0 IV Coordinación de Gestión Institucional 18/02/2016

Anexo II

D.N.I. Apellido y Nombre Nivel Grado Función Ejecutiva CARGO Fecha de Inicio
30.850.599 CLOUET, María Eugenia A 0 II Dirección Nacional de Ejecución de Proyectos Sociales Integrales y Cooperativos 01/02/2016
34.295.889 DELLAGIOVANNA, Agustín A 0 II Dirección Nacional de Acreditación de Organizaciones 01/03/2016
21.004.141 DRAIER, Fernando Javier B 0 ll Dirección Nacional de Educación Social y Popular 01/02/2016
19.008.566 FERNANDEZ PETITTO, Elena María C 0 IV Coordinación del Registro Nacional de Instituciones de Microcrédito 01/01/2016
24.313.792 MERBILHAA, Estefanía B 0 II Dirección Nacional del Microcrédito Social 18/02/2016
18.756.771 PALOU Y KROMBERG, Silvia Marita A 0 II Dirección Nacional de Promoción de la Responsabilidad Social 01/03/2016