MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 248/2016
Bs. As., 21/04/2016
VISTO el Expediente N° 1.657.744/14 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a foja 2 del Expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado
entre la ASOCIACIÓN GREMIAL DEL PERSONAL DEL MERCADO NACIONAL DE
HACIENDA, por la parte gremial y el MERCADO DE LINIERS SOCIEDAD
ANÓNIMA, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del presente, se conviene el otorgamiento de una
asignación extraordinaria de carácter no remunerativo, dentro de los
términos y lineamientos estipulados.
Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar el
Acuerdo traído a estudio; conforme surge de los antecedentes obrantes
en autos.
Que asimismo, han ratificado el contenido y firmas allí insertas a
fojas 10 y 13, acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que el ámbito de aplicación del texto convencional concertado, se
circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad
que ostenta el sector empresarial firmante, y la entidad sindical
signataria, emergente de su personería gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren
los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo,
comúnmente denominado “orden público laboral”.
Que los Delegados de Personal han ejercido la representación prevista por el Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que se encuentra constituida la respectiva Comisión Negociadora, conforme a lo previsto en la Ley 23.546.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la
ASOCIACIÓN GREMIAL DEL PERSONAL DEL MERCADO NACIONAL DE HACIENDA y el
MERCADO DE LINIERS SOCIEDAD ANÓNIMA, que luce a foja 2 del Expediente
N° 1.657.744/14, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o.
2004).
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación
registre el Acuerdo obrante a foja 2 del Expediente N° 1.657.744/14.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de
Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.657.744/14
Buenos Aires, 25 de abril de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 248/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 275/16. — Lic. ALEJANDRO
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACUERDO GRATIFICACION EXTRAORDINARIA POR ÚNICA VEZ
En Buenos Aires, a los 19 días de Noviembre de 2014, entre la
Asociación Gremial del Personal del Mercado Nacional de Hacienda,
representada en este acto por los Sres. Fabián C. Ochoa (Secretario
General) y Jorge Torrecilla (Secretario Administrativo) con el
patrocinio letrado del Dr. José Luis Guiot por una parte y por la otra
Mercado de Liniers S.A., representado en este acto por el Dr. Roberto
Juan Arancedo (Presidente) y la Sra. María Sara Fernández (Jefe Área
RR.HH.) con el patrocinio letrado del Dr. Juan José Etala (h),
convienen en celebrar el presente acuerdo que queda sujeto a las
cláusulas que a continuación se detallan.
PRIMERA: que las partes han acordado otorgar al personal una
gratificación extraordinaria no remunerativa por la suma de $ 3.500,00.
SEGUNDA: dicha suma se abonará en dos cuotas: la primera de $ 1.500,00
el día 30-12-2014 y la segunda de $ 2.000,00 el día 23-01-2015.
TERCERA: las partes acuerdan homologar el presente acuerdo.
En prueba de conformidad se firman cuatro (4) ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto.