MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 253/2016

Bs. As., 21/04/2016

VISTO el Expediente N° 1.705.306/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y,

CONSIDERANDO:

Que la firma TREVES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA celebra un acuerdo directo con el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA obrante a fojas 5/6 del Expediente N° 1.705.306/15, que es ratificado por las partes a fojas 63 y 64 donde solicitan su homologación.

Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen suspensiones de personal en los términos del artículo 223 bis de la Ley N° 20.744.

Que si bien se encuentra vigente lo regulado en la ley 24.013 y el Decreto N° 265/02 que impone la obligación de iniciar un Procedimiento de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, toda vez que con el mismo se logra preservar los puestos de trabajo, resultando la exigencia del cumplimiento de los requisitos legales un dispendio de actividad.

Que a foja 7 de autos obra la nómina del personal afectado.

Que las partes poseen acreditada la representación que invocan ante esta Cartera de Estado y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis toma la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo suscripto entre la firma TREVES ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA y el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, obrante a fojas 5/6 del Expediente N° 1.705.306/15, conjuntamente con la nómina del personal obrante a foja 7 de autos, ratificados por las partes a fojas 63 y 64.

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 5/6 del Expediente N° 1.705.306/15 conjuntamente con la nómina del personal obrante a foja 7 de autos.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4° — Establécese que la homologación del acuerdo marco colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente Resolución, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos por el mismo.

ARTÍCULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los instrumentos homologados, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.705.306/15

Buenos Aires, 25 de abril de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 253/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/6 y 7 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 280/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 22 días del mes de Diciembre de 2015, se reúnen los representantes de Treves Argentina S.A., - Sr. Julio C. Barbosa, como Apoderado, en adelante “LA EMPRESA”, por una parte y por la otra los representantes del Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina (S.M.A.T.A.), Sres. Sres. Gustavo Morán Secretario Gremial, Ricardo de Simone, Secretario Gremial Adjunto, Francisco Malvaso, Delegado General Delegación Zona Sur, Gustavo Beade, Colaborador Delegación Zona Sur y como Integrantes de la Comisión Interna los Sres. Claudio Balladares y Pablo López; en adelante el “SMATA”, y ambas en conjunto denominadas las partes, quienes luego de varias reuniones de negociación, acuerdan cuanto sigue:

Que Treves Argentina SA. manifiesta que dado la baja de volúmenes y actividad en la Semana 53, ha decidido cerrar la Planta durante ese período realizando solamente tareas de Mantenimiento lo que implicaría la suspensión de 40 personas los días 28, 29 y 30 de Diciembre.

Los mismos recibirán una asignación económica extraordinaria no remunerativa equivalente al 75% (setenta y cinco) del salario bruto que le hubiera correspondido al trabajador.

También acuerdan las partes que, si se presentan nuevos programas de trabajo no previstos ni previsibles a la fecha, la empresa podrá convocar al personal de referencia a prestar labores efectivas, debiendo para ello cumplir con una antelación mínima de 24 hs., supuesto en el cual no se aplicarán las suspensiones por los días y/o plazos de la convocatoria.

La empresa garantizará el valor correspondiente a la contribución patronal y el aporte correspondiente al trabajador, con destino al régimen de obras sociales y aportes sindicales, evitando afectar la cobertura medico asistencial en la coyuntura definida.-

La presente acta se elevará por ante el Ministerio de Trabajo, empleo y seguridad social de la Nación, para su homologación.-

No siendo para más, se da por terminada la reunión en la fecha indicada al inicio del presente.

Legajo Apellido y Nombres CUIL
1000062 Segovia, Juan Manuel 20-32911447-4
1000143 Kalau Federico Gabriel 20-26691263-4
1000144 Molina Pablo Emiliano 20-36091245-1
2000012 Rodriguez, Hugo Ariel 20-26112120-5
2000044 Ibañez Guillermo 20-23156219-3
2000083 Leon German A. 20-30600849-9
2000123 Sosa, Carlos Ramon 20-21934741-4
2000133 Maldonado, Jose 20-22232157-4
2000252 Muñoz, Matias Daniel 20-28585205-7
2000305 Gallego, Nelson Javier 20-31717570-2
2000510 Caro Maximiliano 23-23754815-9
2000524 Cruz Walter Daniel 20-33911504-5
2000536 Parks Jesús Damián 20-35159049-2
2000540 Fernandez Ivan Alberto 20-33300839-5
2000548 Bazan Maximiliano Nicolas 20-36237262-4
2000555 Cabrera Emiliano Oscar 20-37400001-3
2000557 Morales Hector German 20-35979705-3
2002036 Leon, Jorge 24-12916902-4
2002046 Godoy, Ruben Oscar 20-16588131-2
2002065 Fernandez, Ramon Ricardo 20-13059677-1
2002074 Pimentel, Damian Carlos 20-16182284-2
2002096 Altamirano, Osvaldo 20-21111340-6
2002189 Nieto, Roberto Marcelo 23-17137676-9
2003041 Ojeda, Adrian Alejandro 20-31604426-4
2003042 Casalis, Claudio Norberto 20-28129578-1
2003045 Villarreal, Adrian Jeronimo 20-28778723-6
2003046 Zalazar, Cristian David 20-27180769-5
2003144 Balladares, Jose Ignacio 20-22984647-8
2003225 Paz, Oscar Nicolás 20-30938931-0
2003297 Perez, Juan Carlos 20-13987494-4
2003422 Corpus, Cristian 20-35460436-2
2003440 Pereyra, Matias Ezequiel 24-33555859-2
3000061 Gonzalez, Luis German 20-35992543-4
3000071 Doder Gustavo 20-23606927-4
3000075 Bordon Diego 20-30830356-0
3000091 Montecino Walter 23-93661995-9
3000097 Vazquez Pablo Mauricio 20-31983376-6
3000125 Francia, Julio Leonardo 20-31434071-0
3002291 Maldonado, Manuel Horacio 23-21760682-9
3003191 Fernandez, Carlos David 20-29413911-8