MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 255/2016
Bs. As., 21/04/2016
VISTO el Expediente N° 1.703.582/15 del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 5 del Expediente N° 1.703.582/15, obra el acuerdo celebrado
entre el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA (SMATA) por el sector gremial y la empresa TREVES
ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empleador, ratificado a fojas
61/62 por medio de las Actas que lo integran, conforme lo dispuesto en
la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido liquidar y
reconocer al personal de la ex empresa MITHRA por el concepto
antigüedad, las mismas condiciones que resulta abonado a los empleados
de TREVES SOCIEDAD ANÓNIMA, cuya vigencia opera a partir de la primera
quincena del mes de Diciembre de 2015, con las consideraciones que
obran en el texto al cual se remite.
Que cabe destacar que las partes son las signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1345/13 “E”.
Que las partes acreditan la personería invocada y la facultad de negociar colectivamente conforme constancias de autos.
Que el ámbito de aplicación del acuerdo, se corresponde con la
representación personal y territorial de la Entidad sindical signataria
emergente de su personería gremial y a la actividad de la parte
empresaria firmante.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Regístrese el acuerdo obrante a fojas 5, celebrado entre
el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA (SMATA) y la empresa TREVES ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA, ratificado a fojas 61/62 por medio de las Actas que lo
integran, del Expediente N° 1.703.582/15, conforme lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución en el Departamento de
Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido,
pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento
Coordinación registre el acuerdo de fojas 5 y las Actas de ratificación
de fojas 61/62 que lo integran, del Expediente N° 1.703.582/15.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1345/13 “E”.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del acuerdo registrado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de
Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.703.582/15
Buenos Aires, 25 de abril de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 255/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5 y 61/62 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 282/16. — Lic. ALEJANDRO
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO
En la Ciudad Autónoma de Bs. As., a los 23 días del mes de Noviembre de
2015, los señores Julio Barbosa y Pablo Vibart en representación de la
empresa Treves Argentina S.A. en condición de apoderados; y los Señores
Ricardo Pignanelli, Mario Manrique, Gustavo Morán, Ricardo de Simone,
Francisco Malvaso, Gustavo Beade y como Integrantes de la Comisión
Interna los Sres. Claudio Balladares y Pablo López en representación de
la entidad gremial SMATA; y ambas en conjunto “Las Partes”, por la
presente ACUERDAN:
Que sin perjuicio de los acuerdos oportunamente celebrados, y de lo
expresamente acordado en el CCT. en orden a la modalidad de liquidación
del concepto antigüedad de un sector de la Planta que pertenecieron o
formaron parte de la ex empresa Mithra, Las Partes dejan acordado en
los términos que se detallarán, lo siguiente:
• PRIMERO Como novación, Treves Argentina liquidará y reconocerá la
antigüedad de dicho personal ex Mithra, en las mismas condiciones que
resulta abonado a los empleados de Treves, esto así, por la antigüedad
desde y/o a partir del ingreso y/o anexión y/o incorporación directa a
Treves (esto es, Marzo 2011).
• SEGUNDO Queda especificado que lo aquí acordado se comenzará a
aplicar a partir de la liquidación de la primer quincena de diciembre
de 2015.
• TERCERO En el caso de los cálculos que por esta novación, con esta
modalidad, resulte un pago menor al pago actual por ese mismo concepto
(esto debido al uso del promedio de categorías), se liquidará de forma
tal que el empleado no disminuya su ingreso actual. Esto es, la
novación acordada en ningún caso podrá representar un perjuicio para
el/los trabajador/es.
Cualquiera de las partes podrá presentar este documento ante las
autoridades del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la
Nación y solicitar su homologación. Sin perjuicio de ello, lo aquí
pactado es de cumplimiento inmediato y obligatorio para las partes por
imperio de lo normado en el art. 1197 del Código Civil.
No siendo para más, y en prueba de conformidad, se firman cinco (5)
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha
indicados al inicio del presente.
Expediente N° 1703582/15
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 7 días del mes de enero de
2016, siendo las 13:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de
Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2, Lic. Natalia
VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES
DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en Avda. Belgrano 665,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires: el Sr. Jorge SANCHEZ (DNI:
12.980.332), el Sr. Víctor Hugo GAETA (DNI: 13.078.440) miembros del
CDN, acompañados por los Sres. Gustavo Adolfo BEADE (DNI: 22.365.935) y
Pablo Ariel LOPEZ (DNI: 26.327.751), en calidad de Delegados de
Personal, con el patrocinio letrado del Dr. Mario José NIEVA (DNI:
26.229.921); en representación de TREVES ARGENTINA S.A., constituyendo
domicilio en Viamonte 1167, piso 1°, oficina 3, Ciudad Autónoma de
Buenos Aires: el Dr. Juan Martín BRUNENGO (DNI: 17.663.807), en calidad
de Apoderado, condición que acredita mediante copia simple de poder que
firma juramentando su validez.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, comunica que la
convocatoria del día de la fecha lo es con motivo de la presentación
formulada por el SMATA, obrante a fojas 1 del expediente de referencia.
Acto seguido, previa vista a las partes de todo lo actuado, y cedida la
palabra a los comparecientes, manifiestan que: acompañan y ratifican
íntegramente el acuerdo de partes arribado en forma directa el día 23
de noviembre de 2015 y acreditado a fojas 5 del expediente de
referencia, del que reconocen como propias las firmas allí insertas, y
manifiestan su solicitud de homologación.
Cedida la palabra, la representación sindical declara bajo juramento
que da cumplimiento a lo previsto en el artículo 1° de la Ley N° 26.574
(cupo femenino).
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA a
la representación sindical que el acuerdo, en el plazo de diez (10)
días, deberá ser ratificado por el Secretario General, Adjunto
y/Gremial. Cumplido ello, las presentes actuaciones serán elevadas a la
Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la
Ley N° 14250. En este estado y no siendo para más, a las 14:00 horas,
se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la
presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su
manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
Expediente N° 1703582/15
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 19 días del mes de enero
de 2016, siendo las 11:35 horas, comparece espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la
Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2,
Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE
MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en
Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Gustavo
MORÁN (DNI: 12.349.768), en calidad de Secretario Gremial.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de
todo lo actuado, y cedida la palabra al representante sindical,
manifiesta que: toma vista del estado actual de las actuaciones y
ratifica, de conformidad con todo su contenido, el acuerdo celebrado
con la Empresa Treves Argentina S.A. el día 23 de noviembre de 2015, y
acreditado a fojas 5, del expediente de referencia, solicitando su
homologación.
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA
que el acuerdo ratificado anteriormente, del cual solicita su
homologación, será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al
control de legalidad previsto en la Ley N° 14250. En este estado y no
siendo para más, a las 11:40 horas, se da por finalizado el acto
firmando el compareciente al pie de la presente, previa lectura, para
constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.