MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 266/2016
Bs. As., 03/05/2016
VISTO el Expediente N° 1.673.698/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
LEY N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Ley 23.546 (t.o. 2004),
y
CONSIDERANDO:
Que con posterioridad al dictado de la Resolución SsRL N° 175, de fecha
16 de marzo del corriente año, fue detectado un error material
involuntario respecto de la foliatura en el expediente ut supra
mencionado.
Que dicho error provocó que el acuerdo acompañado para su homologación
pase a obrar a fojas 78, y no a fojas 77 como figura en los artículos
1° y 2° de la mencionada resolución.
Que el mencionado error también provocó que las escalas salariales
acompañadas pasaran a obrar a fojas 101/154, y no a fojas 100/153 como
figuran en los mismos artículos mencionados.
Que por lo cual, corresponde dictar una resolución rectificando la
homologación dictada en el sentido señalado.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Rectifíquese el Artículo 1° de la Resolución SsRL N° 175
para que donde dice “fojas 77” se lea “fojas 78”, y donde dice “a fojas
100/153” se lea “a fojas 101/154”.
ARTÍCULO 2° — Rectifíquese el Artículo 2° de la Resolución SsRL N° 175
para que donde dice “fojas 77” se lea “fojas 78”, y donde dice “a fojas
100/153” se lea “a fojas 101/154”.
ARTÍCULO 3° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General
de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el Acuerdo obrante a fojas 78 del Expediente N° 1.673.698/15.
ARTÍCULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo.
ARTÍCULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución las partes deberán
proceder de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 5° de la Ley 14.250
(t.o. 2004).
ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de
Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.673.698/15
Buenos Aires, 06 de mayo de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 266/16 se ha
tomado razón de la rectificación de los artículos primero y segundo de
la RESOLUCION SsRL N° 175/16, quedando registrado el presente acto
administrativo bajo el número 293/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro
de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.