COMISIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS
Resolución 867/2016
15/06/2016
VISTO:
La Acordada de la CSJN N° 15/16 que dispone un feriado judicial para
los tribunales federales y nacionales de la Capital Federal, y
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones que compete sustanciar a la Comisión Federal de
Impuestos deben ajustarse a las disposiciones contenidas en su
Ordenanza Procesal y con carácter supletorio a las receptadas en el
Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial de la Nación y en la
Ley Nacional de Procedimientos Administrativos;
Que asimismo es conveniente decretarse un receso, que el mismo coincida
con el ya establecido para la Justicia Federal y Nacional, a los fines
de no entorpecer presentaciones dentro de términos que se computan en
días hábiles judiciales, sin perjuicio que el mismo proyecte sus
efectos sobre todos los plazos, incluso los que se cuenten en días
corridos;
Que la Asesoría Jurídica ha informado la factibilidad de la presente
resolución y la inexistencia de causas que demanden procesalmente
tratamientos con plazos excepcionales;
Por ello,
EL COMITÉ EJECUTIVO DE LA COMISION FEDERAL DE IMPUESTOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Disponer receso administrativo desde el día 18 de julio y
hasta el 29 de julio, ambas fechas inclusive, del año 2016 en el ámbito
de la Comisión Federal de Impuestos y, declarar en consecuencia
inhábiles los días mencionados en el citado período, a los fines del
cómputo de todos los términos procesales en las actuaciones en trámite.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese y dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial.
Cumplido. Archívese. — Dr. JUAN CARLOS CHIRINO, Director Ejecutivo,
Comisión Federal de Impuestos. — Cr. ATILIO CHARA, Vicepresidente, a/c
de la Presidencia.
e. 29/06/2016 N° 44585/16 v. 29/06/2016