MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
Resolución 52/2016
Bs. As., 04/07/2016
VISTO, el Expediente N° 666/16 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el citado expediente la COMISIÓN ASESORA REGIONAL N.E.A.
elevó a la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO una propuesta de
incremento en las remuneraciones mínimas para los trabajadores que se
desempeñan en la actividad CITRÍCOLA, en el ámbito de la provincia de
MISIONES.
Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las
representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia del incremento
en las remuneraciones mínimas para la actividad, debe procederse a su
determinación.
Que, asimismo, deciden instaurar una cuota aporte de solidaridad
gremial aplicable sobre el total de las remuneraciones de los
trabajadores que se desempeñan en el marco de la presente actividad, y
determinar su plazo de vigencia, límites de aplicación y modo de
percepción por la entidad sindical signataria.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26.727.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Fíjanse las remuneraciones mínimas para el personal que
se desempeña en la actividad CITRÍCOLA, con vigencia desde el 1° de
febrero de 2016, 1° de abril de 2016 y 1° de junio de 2016, hasta el 31
de enero de 2017, en la provincia MISIONES, conforme consta en los
Anexos I, II y III que forman parte integrante de la presente
Resolución.-
ARTÍCULO 2° — Las remuneraciones establecidas en la presente mantendrán
su vigencia aún vencido el plazo previsto en el artículo 1°, y hasta
tanto no sean reemplazadas por las fijadas en una nueva Resolución.
ARTÍCULO 3° — Establécese que los empleadores actuarán como agentes de
retención de la cuota de solidaridad que deberán descontar a los
trabajadores comprendidos en el marco de la presente Resolución, que se
establece en el DOS POR CIENTO (2%) mensual sobre el total de las
remuneraciones de dicho personal. Los montos retenidos en tal concepto
deberán ser depositados hasta el día 15 de cada mes en la cuenta
especial de la U.A.T.R.E. N° 26-026/48 del Banco de la Nación
Argentina. Los afiliados a la asociación sindical signataria de la
presente quedan exentos de pago de la cuota solidaria.
La retención precedentemente establecida regirá por la vigencia de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA JULIA SQUIRE,
Presidenta, C.N.T.A. — Lic. CAROLINA SZPAK, Rep. Ministerio de Hacienda
y Finanzas Públicas. — Dr. HUGO EZIO ERNESTO ROSSI, Rep. Ministerio de
Agroindustria. — Dr. ALBERTO FRANCISCO FROLA, Rep. Confederaciones
Rurales Argentinas. — Dr. ABEL FRANCISCO GUERRIERI, Rep. Sociedad Rural
Argentina. — Sr. JORGE HERRERA, Rep. U.A.T.R.E. — Sr. RAMÓN AYALA, Rep.
U.A.T.R.E.
ANEXO I
REMUNERACIONES MÍNIMAS PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA EN LA ACTIVIDAD CITRÍCOLA, EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE MISIONES
VIGENCIA: desde 1° de febrero de 2016, hasta el 31 de marzo de 2016.
Jornal mínimo garantizado |
$ 274,40 |
CATEGORÍAS
|
Sin comida y sin S.A.C. |
Jornal
$ |
Sueldo
$ |
Peón general |
350,37 |
7.963,02 |
Armador invernáculo, preparador de tierra, plantador, reubicador, injertador, estaqueador, podador, cocinero |
359,47 |
8.170,04 |
Cargador, estibador, encargado de lote de colección |
359,47 |
8.170,04 |
Preselección, fluente, potabilizador |
367,89 |
8.361,18 |
Embalador, seleccionador, flejador |
356,75 |
8.108,14 |
Supervisor, electricista, encargado de depósito |
374,89 |
8.520,42 |
Ayudante de calificado-especializado |
378,40 |
8.600,07 |
Especializados |
376,36 |
8.553,53 |
Fumigadores a mano con mochilas, preparador aplicador herbicidas |
375,65 |
8.537,40 |
Tractoristas, máquinas agrícolas, operador de grúas y auto elevador |
375,65 |
8.537,40 |
Conductor de vehículos para el transporte de la producción, personal, equipos y maquinarias de la empresa |
409,94 |
9.316,75 |
Mecánicos |
410,37 |
9.326,83 |
PERSONAL JERARQUIZADO
|
$ |
$ |
Puesteros |
386,29 |
8.779,21 |
Capataces |
426,14 |
9.685,17 |
Encargados |
449,53 |
10.216,71 |
POR RENDIMIENTO DE TRABAJO
|
Con comida
Sin S.A.C.
$ |
Cajón de TRES (3) kilos |
2,78 |
Cajón de DIEZ (10) kilos |
3,31 |
Cajón de QUINCE (15) kilos |
3,53 |
Cajón a granel c/u. |
2,78 |
ANEXO II
REMUNERACIONES MÍNIMAS PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA EN LA ACTIVIDAD CITRÍCOLA, EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE MISIONES
VIGENCIA: desde 1° de abril de 2016, hasta el 31 de mayo de 2016.
Jornal mínimo garantizado $ 303,80
CATEGORÍAS
|
Sin comida y sin S.A.C. |
Jornal
$ |
Sueldo
$ |
Peón general. |
387,91 |
8.816,21 |
Armador invernáculo, preparador de tierra, plantador, reubicador, injertador, estaqueador, podador, cocinero. |
397,99 |
9.045,40 |
Cargador, estibador, encargado de lote de colección |
397,99 |
9.045,40 |
Preselección, fluente, potabilizador. |
407,30 |
9.257,02 |
Embalador, seleccionador, flejador. |
394,97 |
8.976,87 |
Supervisor, electricista, encargado de depósito |
415,06 |
9.433,33 |
Ayudante de calificado-especializado |
418,94 |
9.521,50 |
Especializados |
416,69 |
9.469,98 |
Fumigadores a mano con mochilas, preparador aplicador herbicidas |
415,90 |
9.452,12 |
Tractoristas, máquinas agrícolas, operador de grúas y auto elevador. |
415,90 |
9.452,12 |
Conductor de vehículos para el transporte de la producción, personal, equipos y maquinarias de la empresa |
453,86 |
10.314,98 |
Mecánicos |
454,34 |
10.326,13 |
PERSONAL JERARQUIZADO
|
$ |
$ |
Puesteros |
427,68 |
9.719,84 |
Capataces |
471,80 |
10.722,86 |
Encargados |
497,69 |
11.311,36 |
POR RENDIMIENTO DE TRABAJO
|
Con comida
Sin S.A.C.
$ |
Cajón de TRES (3) kilos |
3,08 |
Cajón de DIEZ (10) kilos |
3,67 |
Cajón de QUINCE (15) kilos |
3,91 |
Cajón a granel c/u. |
3,08 |
ANEXO III
REMUNERACIONES MÍNIMAS PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑA EN LA ACTIVIDAD CITRÍCOLA, EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE MISIONES
VIGENCIA: desde 1° de junio de 2016, hasta el 31 de enero de 2017.
Jornal mínimo garantizado |
$ 318,50 |
CATEGORÍAS
|
Sin comida y sin S.A.C. |
Jornal
$ |
Sueldo
$ |
Peón general |
406,68 |
9.242,80 |
Armador invernáculo, preparador de tierra, plantador, reubicador, injertador, estaqueador, podador, cocinero. |
417,24 |
9.483,08 |
Cargador, estibador, encargado de lote de colección |
417,24 |
9.483,08 |
Preselección, fluente, potabilizador |
427,01 |
9.704,94 |
Embalador, seleccionador, flejador |
414,08 |
9.411,24 |
Supervisor, electricista, encargado de depósito. |
435,14 |
9.889,78 |
Ayudante de calificado-especializado |
439,21 |
9.982,22 |
Especializados |
436,85 |
9.928,21 |
Fumigadores a mano con mochilas, preparador aplicador herbicidas. |
436:02 |
9.909,48 |
Tractoristas, maquinas agrícolas, operador de grúas y auto elevador. |
436,02 |
9.909,48 |
Conductor de vehículos para el transporte de la producción, personal, equipos y maquinarias de la empresa |
475,82 |
10.814,09 |
Mecánicos |
476,33 |
10.825,79 |
PERSONAL JERARQUIZADO
|
$ |
$ |
Puesteros |
448,37 |
10.190,16 |
Capataces |
494,63 |
11.241,71 |
Encargados |
521,77 |
11.858,68 |
POR RENDIMIENTO DE TRABAJO
|
Con comida
Sin S.A.C.
$ |
Cajón de TRES (3) kilos |
3,23 |
Cajón de DIEZ (10) kilos. |
3,85 |
Cajón de QUINCE (15) kilos |
4,10 |
Cajón a granel c/u. |
3,23 |
e. 07/07/2016 N° 47272/16 v. 07/07/2016