MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución 294/2016
Bs. As., 12/07/2016
VISTO el Expediente N° 141.731/14 del Registro de la SUPERINTENDENCIA
DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 19.549, N° 24.557, la
Resolución S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 35 de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo creó
la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad
autárquica en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y
SEGURIDAD SOCIAL (M.T. Y S.S.), hoy MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.).
Que el artículo 36, apartado 1°, inciso e) de la Ley N° 24.557
establece dentro de las funciones inherentes a la S.R.T., las de dictar
su reglamento interno, administrar su patrimonio, y determinar su
estructura organizativa.
Que en tal sentido, mediante la Resolución S.R.T. N° 01 de fecha 05 de
enero de 2016 se aprobó la actual estructura orgánica funcional del
Organismo.
Que la Resolución S.R.T. N° 01/16 asignó a la Subgerencia de Recursos
Humanos, dependiente de la Gerencia de Administración y Finanzas, la
acción de “Supervisar la gestión de la información referida a los
juicios laborales en curso o finalizados, impulsando el seguimiento de
las diferentes etapas.”.
Que la Unidad de Auditoría Interna advirtió la existencia de una
superposición de dicha acción con la correspondiente al Departamento de
Asuntos Judiciales dependiente de la Subgerencia de Asuntos Jurídicos
de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos, el cual según la
mencionada resolución, tiene la acción de “Intervenir en los juicios
laborales contra el Organismo vinculadas con el personal de la SRT
controlando el curso judicial para las previsiones presupuestarias
correspondientes y el eventual cumplimiento de las sentencias.”.
Que en función de lo expuesto en los considerandos precedentes, y a fin
de definir cabalmente la tarea de las áreas involucradas, se considera
pertinente sustituir la acción actualmente asignada a la Subgerencia de
Recursos Humanos, y determinar que estará a su cargo “Supervisar la
atención y seguimiento de los reclamos laborales individuales o
colectivos relativos al personal.”.
Que, con el propósito de ordenar y garantizar el debido proceso en la
tramitación de investigaciones administrativas, se considera necesario
sustituir la acción de “Participar en la tramitación de actuaciones e
investigaciones disciplinarias o sumarios que por denuncia o de oficio
sean ordenados por la autoridad competente”, asignada a la Subgerencia
de Asuntos Jurídicos en el Anexo II de la Resolución S.R.T. N° 01/16,
por la de “Entender en la substanciación de actuaciones e
investigaciones disciplinarias o sumarios, que por denuncia o de
oficio, sean ordenadas por la autoridad competente.”.
Que en consecuencia de lo expuesto en el considerando anterior, resulta
conveniente suprimir la acción de “Intervenir en la tramitación de
actuaciones e investigaciones disciplinarias o sumarios que por
denuncia o de oficio sean ordenados por la autoridad competente”
asignada oportunamente al Departamento de Asuntos Judiciales en el
referido Anexo II de la Resolución S.R.T. N° 01/16.
Que la Gerencia General, en cumplimiento de sus funciones, ha propuesto
las modificaciones mencionadas en los considerandos precedentes, con el
fin de cumplir con los objetivos y políticas específicas, así como
también con las funciones derivadas de la normativa vigente.
Que, por otra parte, en orden a cuestiones de celeridad y de dinámica
de organización, es pertinente delegar en la Subgerencia de Recursos
Humanos de la Gerencia de Administración y Finanzas, el ejercicio de la
facultad de suscribir, renovar y enmendar los contratos a plazo fijo
y/o locación de servicios que se celebren.
Que la delegación referida en el considerando precedente encuentra
fundamento en lo que dispone el artículo 3° de la Ley N° 19.549.
Que la integridad de las medidas que por este acto se toman permitirán
cumplir con lo dispuesto en el artículo 1°, inciso b) de la Ley
Nacional N° 19.549 de Procedimientos Administrativos, el cual establece
para los trámites que se desarrollan en su ámbito, los principios de
celeridad, economía, sencillez y eficacia.
Que la Subgerencia de Planificación, dependiente de la Gerencia Técnica
y la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos, han tomado la
intervención en orden a sus competencias.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 36, apartado 1°, inciso e) y el artículo 38 de la Ley N°
24.557.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Sustitúyase la acción de “Supervisar la gestión de la
información referida a los juicios laborales en curso o finalizados,
impulsando el seguimiento de las diferentes etapas”, asignada a la
Subgerencia de Recursos Humanos dependiente de la Gerencia de
Administración y Finanzas en el Anexo II de la Resolución de la
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 01 de fecha 05 de
enero de 2016, por la siguiente: “Supervisar la atención y seguimiento
de los reclamos laborales individuales o colectivos relativos al
personal”.
ARTÍCULO 2° — Sustitúyase la acción de “Participar en la tramitación de
actuaciones e investigaciones disciplinarias o sumarios que por
denuncia o de oficio sean ordenados por la autoridad competente”,
asignada a la Subgerencia de Asuntos Jurídicos dependiente de la
Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos en el Anexo II de la
Resolución S.R.T. N° 01/16, por la siguiente: “Entender en la
substanciación de actuaciones e investigaciones disciplinarias o
sumarios, que por denuncia o de oficio, sean ordenadas por la autoridad
competente”.
ARTÍCULO 3° — Suprímase la acción de “Intervenir en la tramitación de
actuaciones e investigaciones disciplinarias o sumarios que por
denuncia o de oficio, sean ordenados por la autoridad competente”,
asignada al Departamento de Asuntos Judiciales de la Subgerencia de
Asuntos Jurídicos de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos en
el Anexo II de la Resolución S.R.T. N° 01/16.
ARTÍCULO 4° — Deléguese en la Subgerencia de Recursos Humanos,
dependiente de la Gerencia de Administración y Finanzas, la
suscripción, renovación y enmienda de los contratos a plazo fijo y/o
locación de servicios que se celebren.
ARTÍCULO 5° — La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Cdor. GUSTAVO D. MORÓN, Superintendente
de Riesgos del Trabajo.
e. 15/07/2016 N° 49894/16 v. 15/07/2016