MINISTERIO DE CULTURA

Decisión Administrativa 745/2016

Desígnase Directora Nacional de Acción Federal.

Bs. As., 25/07/2016

VISTO el Expediente CUDAP Nº 1440/16 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, la Ley Nº 27.198, el Decreto Nº 35 de fecha 7 de enero de 2016, el Decreto Nº 227 de fecha 20 de enero de 2016 y la Decisión Administrativa Nº 213 de fecha 21 de marzo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley en el Visto se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 se estableció que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por el Decreto Nº 35 de fecha 7 de enero de 2016 se sustituyó del Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 —Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría— el apartado XXVII - MINISTERIO DE CULTURA y se aprobó la conformación organizativa de la citada jurisdicción, estableciéndose que hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a las aprobadas por dicho Decreto, conservarán su vigencia las existentes que hayan sido transferidas desde otros ministerios o secretarías con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 2098/08.

Que, encontrándose vacante el cargo de DIRECTOR DE ACCIÓN FEDERAL de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIO-CULTURALES, el MINISTERIO DE CULTURA solicita se disponga la cobertura transitoria del mismo, a partir del 2 de febrero de 2016.

Que, a tal fin, el MINISTERIO DE CULTURA propone se designe transitoriamente en el mencionado cargo directivo a la Licenciada María Pía MOREIRA.

Que, asimismo, a través de la Decisión Administrativa Nº 213 de fecha 21 de marzo de 2016, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE CULTURA y se incorporaron, homologaron, reasignaron y derogaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a dicha jurisdicción.

Que, entre las dependencias aprobadas por la citada Decisión Administrativa, se encuentra la DIRECCIÓN NACIONAL DE ACCIÓN FEDERAL de la SUBSECRETARÍA DE COOPERACIÓN CULTURAL, dependiente de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA.

Que la presente medida se dicta con arreglo a las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en el artículo 7° de la Ley Nº 27.198 y el artículo 1° del Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1° — Desígnase con carácter transitorio, a partir del 2 de febrero de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida a la Licenciada María Pía MOREIRA (D.N.I. Nº 17.287.162), en un cargo de la Planta Permanente Nivel A, Grado 0, del SINEP, de Directora Nacional de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ACCIÓN FEDERAL de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIO - CULTURALES, actualmente dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COOPERACIÓN CULTURAL de la SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN FEDERAL Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL del MINISTERIO DE CULTURA, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, con carácter de excepción al artículo 7º de la Ley Nº 27.198 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del citado Convenio.

ARTÍCULO 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa, será atendido con las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 72 - MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Alejandro P. Avelluto.