MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 202/2016
Buenos Aires, 12/07/2016
VISTO el Expediente N° 1.712.109/16 del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 3 y 3 vta. y Actas de Ratificación de fs. 24 y 26 del
Expediente N° 1.712.109/16 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO
DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA y la ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA
REPUBLICA ARGENTINA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación
Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes procedieron a pactar un
incremento salarial y demás condiciones laborales, a partir del mes de
Enero de 2016, en los términos y condiciones allí dispuestos.
Que las partes son signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo N° 596/10.
Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que por último correspondería que una vez dictado el presente acto
administrativo homologatorio, se remitan estas actuaciones a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar el
cálculo del tope previsto por el Art 245 de la Ley Nro. 20.744(t.o.
1976) y sus modificatorias.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el
mentado Acuerdo.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que la presente medida se dicta, en uso de las facultades conferidas
por el Decreto 357/02 de Fecha 21 de Febrero de 2002 y sus
modificatorias, y por las Resolución del M.T.E. Y S.S. N° 1455/11.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el
SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA y la ASOCIACIÓN DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE
LA REPUBLICA ARGENTINA, que luce a fs. 3 y 3 vta. y Actas de
Ratificación de fs. 24 y 26 del Expediente N° 1.712.109/16, conforme a
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General
de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre
el Acuerdo obrante a fojas 3 y 3vta. y Actas de Ratificación de fs. 24
y 26 del Expediente N° 1.712.109/16.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el art. 245 de la
ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente procédase a
la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo
de Trabajo N° 596/10.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el ARTÍCULO 5°
de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dr. C.P. EZEQUIEL SABOR, Secretario de
Trabajo, M.T.E. y S.S.
Expediente N° 1.712.109/16
Buenos Aires, 14 de julio de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 202/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/3 vuelta y 24 y 26 del
expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 552/16. —
Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
ARTÍCULO 21 - ASIGNACION REMUNERATORIA VACACIONAL
EL ESTABLECIMIENTO PAGARÁ UNA ASIGNACION REMUNERATORIA VACACIONAL QUE
REPRESENTE EL IMPORTE DE 120 HORAS POR AÑO, DEL SALARIO BASICO MÁS LA
ANTIGÜEDAD CORRESPONDIENTE, A RAZON DE (10 HS. POR MES).
ASIGNACION POR TRANSPORTE
EL PERSONAL QUE UTILICE TRANSPORTE PÚBLICO DEBERÁ PRESENTAR LOS
COMPROBANTES (BOLETOS) O DECLARACIÓN JURADA DE GASTOS, EXTENDIDA POR EL
TRABAJADOR, AL PERSONAL QUE UTILIZA TRANSPORTE PROPIO, SE LE RECONOCERÁ
EL MISMO GASTO EN QUE HUBIERA INCURRIDO DE HABER UTILIZADO EL
TRANSPORTE PÚBLICO.
ARTÍCULO 38 ADICIONALES
A) ADICIONAL POR ANTIGÜEDAD
B) POR TITULO HABILITANTE 8% SOBRE EL SUELDO BÁSICO DE LA CATEGORÍA EN LA QUE SE ENCUENTRE CLASIFICADO.
ARTÍCULO 39 SUBSIDIOS CONVENIO S.M.A.T.A. - MOTTOS
a) POR FALLECIMIENTO DE CONYUGE E HIJOS 15% DEL SUELDO BÁSICO MENSUAL DE LA CATEGORÍA DEL ESPECIALISTA SUPERIOR EN SERVICIOS.
b) POR FALLECIMIENTO DE PADRES 15% DEL SUELDO BÁSICO MENSUAL DE LA CATEGORÍA DEL ESPECIALISTA SUPERIOR EN SERVICIOS.
c) POR FALLECIMIENTO DE PADRES POLÍTICOS A CARGO 10% DEL SUELDO BÁSICO
MENSUAL DE LA CATEGORÍA DEL ESPECIALISTA SUPERIOR EN SERVICIOS.
d) POR FALLECIMIENTO DE HERMANOS 10% DEL SUELDO BÁSICO MENSUAL DE LA CATEGORÍA DEL ESPECIALISTA SUPERIOR EN SERVICIOS.
ARTÍCULO 59 CONDICIONES ESPECIALES
A) PARA LA REGIÓN PATAGÓNICA: TODOS LOS TRABAJADORES COMPRENDIDOS EN
ESTA CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO QUE REALIZAN TAREAS EN FORMA
PERMANENTE O TRANSITORIA EN LAS PROVINCIAS DEL NEUQUEN, RIO NEGRO,
CHUBUT, SANTA CRUZ Y TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO
SUR, PERCIBIRAN UN ADICIONAL DEL VEINTE (20%) POR CIENTO SOBRE LOS
SALARIOS BASICOS DEL CONVENIO.
S.M.A.T.A. - A.C.A.R.A. (División Motovehículos
*Personal de Ventas: Se integran a la categoría 2) del Personal Administrativo (Administrativo Calificado Art. 11).
Expediente N° 1712109/16
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 17 días del mes de marzo
de 2016, siendo las 12:30 horas, comparecen espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la
Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2,
Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE
MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR (SMATA), con domicilio en
Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Guillermo
MORÁN (DNI 11.737.995), apoderado; en representación de la ASOCIACIÓN
DE CONCESIONARIOS DE AUTOMOTORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ACARA), con
domicilio constituido en Lima 265, 3° piso, CABA, el Sr. Eduardo Martín
GOÑI (DNI 20.729.197), en calidad de apoderado.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, cedida la
palabra a los comparecientes, en forma conjunta y de común acuerdo,
manifiestan que: acompañan y ratifican íntegramente la escala salarial
vigente a partir del 1° de enero de 2016 para la división
motovehículos. El acuerdo alcanzado se realizó CCT 596/10.
Acto seguido, la funcionaria actuante COMUNICA a la representación
sindical que el acuerdo, en el plazo de DIEZ (10) días, deberá ser
ratificado por el Secretario General, Adjunto y/o Gremial. Cumplido
ello, será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al control de
legalidad previsto en la Ley N° 14250. En este estado y no siendo para
más, a las 13:00 horas, se da por finalizado el acto firmando los
comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y
ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
Expediente N° 1712109/16
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 13 días del mes de mayo de
2016, siendo las 15:00 horas, comparece espontáneamente en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la
Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2,
Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación del SINDICATO DE
MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA,
con domicilio en Avda. Belgrano 665, Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
el Sr. Ricardo DE SIMONE (DNI 11.460.260), Secretario Gremial.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, previa vista de
todo lo actuado, y cedida la palabra al compareciente manifiesta que:
toma conocimiento y ratifica íntegramente el acuerdo de partes arribado
en forma directa el día 1° de enero de 2016 con la Asociación de
Concesionarios de Automotores de la República Argentina en el marco del
CCT 596/10 (división motovehículos) y acreditado a fojas 3 del
expediente de referencia, solicitando su homologación. Asimismo,
declara bajo juramento que dan cumplimiento a lo previsto en el
ARTÍCULO 1° de la Ley N° 26.574 (cupo femenino).
Oído lo manifestado precedentemente, la funcionaria actuante COMUNICA
que las actuaciones serán elevadas a la Superioridad, quedando el
acuerdo sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250. En
este estado y no siendo para más, a las 15:05 horas, se da por
finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente,
previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación,
ante mí, que CERTIFICO.