MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 153/2016

Buenos Aires, 07/07/2016

VISTO el Expediente N° 1.719.784/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/4 del Expediente de Referencia obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES (S.T.I.G.A.S.) por el sector sindical y la empresa N.S.R SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mentado Acuerdo los agentes negociadores convienen modificaciones salariales y laborales para los trabajadores comprendidos en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1500/15 “E”, del cual son las mismas partes signatarias, conforme a los términos y condiciones del texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente Acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Acuerdo de referencia, por intermedio de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo se procederá a evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Técnico Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que la presente medida se dicta, en uso de las facultades conferidas por el Decreto 357/02 de Fecha 21 de Febrero de 2002 y sus modificatorias, y por las Resolución del M.T.E. Y S.S. N° 1455/11.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES (S.T.I.G.A.S.) por el sector sindical y la empresa N.S.R SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, que luce a fojas 3/4 del Expediente N° 1.719.784/16, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 3/4 del Expediente N° 1.719.784/16.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1500/15 “E”.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. C.P. EZEQUIEL SABOR, Secretario de Trabajo, M.T.E. y S.S.

Expediente N° 1.719.784/16

Buenos Aires, 12 de julio de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 153/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 3/4 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 522/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

CCT Homologado N° 1500/15 “E”

En la ciudad de Buenos Aires, a los 29 días del mes de abril del 2016, se reúnen por una parte el señor Pablo Rodolfo Sueldo en representación de la Empresa NSR S.A., en adelante denominada “La Empresa”, y por la otra los señores Oscar Mangone, Pablo Blanco, Guillermo Mangone y Viviana Pinto en representación del Sindicato de Trabajadores de la Industria del Gas, en adelante denominado “STIGAS”, quienes acuerdan la firma del presente en los términos que se exponen seguidamente:

Primero: Las partes acuerdan un incremento salarial del 20% con efectos a partir del 1/4/2016 y un 6% a partir del 1/6/2016, este porcentaje se calcula en forma acumulado, resultando los Básicos de Convenio que se muestran en el Artículo Tercero, este incremento será aplicado al personal representado por la entidad sindical, sobre todos los conceptos convencionales excepto la Bonificación por Gas.

Segundo: Asimismo las partes acuerdan incrementar el pago de la suma fija mensual no remunerativa en concepto de BONIFICACION GAS, a $ 750.- para todas las categorías de este convenio a partir del 1 de abril de 2016.-

Tercero: Los nuevos básicos de convenio de acuerdo al incremento determinado en el Artículo Primero queda conformado en los siguientes valores mensuales:

BASICOS DE CONVENIO VIGENTES

Básicos de Convenio BASE

Aumento
20% 6% Acumulado
Vigencia 01/01/2016 01/04/2016 01/06/2016
C1 11606 13927 14763
C2 12187 14624 15501
C3 12794 15353 16275
C4 13435 16122 17089
C5 14107 16929 17945
Bon. Gas 200 750 750
Antigüedad 41 49 52

Cuarto: Premio por Producción, los valores unitarios del presente premio también se le aplica el incremento descripto en el Artículo Primero quedando los siguientes valores:


NSR SISTEMA DE PRODUCCION Base 20% 6% acum.


CATEGORIAS ZONAS VALOR UNITARIO DE LECTURA
vigencia 1/1/2016
VALOR UNITARIO DE LECTURA
vigencia 1/4/2016
VALOR UNITARIO DE LECTURA
vigencia 1/6/2016
DIAS PROMEDIOS DE TRABAJO CANTIDAD PROMEDIO POR ZONA CANTIDAD BASICA MENSUAL
1 NORMAL 0,9 1,08 1,14 22 614 13508
2 NORMAL 1,01 1,21 1,28 22 550 12100
3 RURAL 1,22 1,46 1,55 22 455 10010
4 COUNTRIE 1,58 1,90 2,01 22 350 7700
5 A/C-E/P 5,54 6,65 7,05 22 100 2200

Quinto: Las partes también acuerdan reunirse en el mes de septiembre de 2016 a fin continuar de analizar las variables económicas, salariales.

Sexto: las partes convienen en solicitar la homologación del presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

En prueba de conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.