SECRETARÍA GENERAL
Decreto 920/2016
Designación.
Buenos Aires, 08/08/2016
VISTO el Expediente CUDAP N° S01:0208786/2016 del registro de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Ley N° 27.198,
los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, 151 del 17 de diciembre de 2015, 227 del 20 de enero de
2016, las Decisiones Administrativas Nº 221 del 1 de septiembre de 2009
y Nº 73 del 5 de marzo de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 221/09 se creó en la órbita
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el PROGRAMA FÚTBOL PARA TODOS,
con la finalidad de coordinar y articular la transmisión y explotación
comercial de la televisación de los Torneos de Fútbol Argentino para la
REPÚBLICA ARGENTINA y el exterior, organizados por la ASOCIACIÓN DEL
FÚTBOL ARGENTINO.
Que por el artículo 2° de la citada Decisión Administrativa, modificada
por su similar Nº 73/12 se estableció que el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS
será coordinado por un Coordinador y un Secretario Ejecutivo, ambos de
carácter extraescalafonario, designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL
y con rango y jerarquía de Subsecretarios.
Que mediante el Decreto Nº 151/15 se transfirió el Programa “Futbol
para Todos” y sus unidades organizativas dependientes, desde la órbita
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita de la SECRETARÍA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que, asimismo, por el Decreto N° 227/16 se delimitaron las competencias
de los señores Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que, en dicho sentido, el mencionado Decreto estableció, en su artículo
1°, que: “Toda designación, asignación de funciones, promoción y
reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública
Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y
jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la
dotación de su planta permanente y transitoria y cargos
extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y
financiados con la correspondiente partida presupuestaria de
conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada
por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la
Jurisdicción o Entidad correspondiente”.
Que la norma citada dispone en su artículo 2°: “Exceptúase de lo
dispuesto en el artículo anterior, a las jurisdicciones y unidades
organizativas dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN”.
Que la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN solicita la
cobertura del cargo vacante financiado de Secretario Ejecutivo del
Programa FÚTBOL PARA TODOS de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN, con rango y jerarquía de Subsecretario.
Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Y
FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO CIVIL dependiente del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que el cargo cuya designación se propicia, no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y por lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º — Desígnase, a partir del 18 de diciembre de 2015, al señor
José Andrés ALADRO (D.N.I. N° 20.295.629), en el cargo
extraescalafonario de Secretario Ejecutivo del Programa FÚTBOL PARA
TODOS de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con
rango y jerarquía de Subsecretario.
ARTÍCULO 2º — Incorpórase con carácter de excepción, el cargo citado en
el artículo 1º de la presente medida, en los artículos 1º, 2º y 3º, así
como en el inciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1º de la Decisión
Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Jurisdicción 20 - 01 SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.