MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 478/2016
Buenos Aires, 19/07/2016
VISTO el Expediente N° 1.674.076/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y 3 del Expediente N° 1.701.882/15, agregado como fojas
80 al principal y a fojas 83 del Expediente N° 1.674.076/15 luce el
Acuerdo y el Acta Complementaria, celebrados entre la ASOCIACIÓN DEL
PERSONAL SUPERIOR DE MERCEDES BENZ ARGENTINA, por la parte sindical y
la empresa MERCEDES BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco del
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 224/97 “E”, conforme a lo
establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que a través del texto convencional alcanzado, se establece un
incremento salarial dentro de los términos y lineamientos estipulados,
con vigencia a partir del día Primero de Octubre del año 2015.
Que en primer término, corresponde dejar indicado que toda vez que los
Acuerdos concertados no reúnen los recaudos formales establecidos en el
Artículo 3 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004) por no encontrarse
correctamente individualizada la denominación de las partes firmantes;
se procederá a homologar el Acta que luce a foja 83 del Expediente de
referencia.
Que los actores intervinientes en autos se encuentran legitimados para
suscribir los Acuerdos traídos a estudio, conforme surge de los
antecedentes acompañados.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí
insertas, acreditando la personería y facultades para negociar
colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.
Que el ámbito de aplicación de los presentes se circunscribe a la
correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector
empleador firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que los Delegados de Personal han ejercido la representación que les
compete, de conformidad con las prescripciones emergentes del Artículo
17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que se encuentra constituida la respectiva Comisión Negociadora, conforme a lo previsto en la Ley N° 23.546.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que en virtud de lo expuesto, correspondería dictar el acto
administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que por último, corresponde que una vez homologado el Acuerdo de
referencia, se remitan estas actuaciones a la Dirección Nacional de
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar
el cálculo del tope previsto por el Artículo 245 de la Ley N° 20.744
(t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo y el Acta Complementaria
celebrados entre la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL SUPERIOR DE MERCEDES BENZ
ARGENTINA y la empresa MERCEDES BENZ ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, que
luce a fojas 2 y 3 del Expediente N° 1.701.882/15, agregado a fojas 80
del Expediente N° 1.674.076/15 y a fojas 83 respectivamente conforme a
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación
registre el Acuerdo y Acta Complementaria obrantes a fojas 2 y 3 del
Expediente N° 1.701.882/15, agregado como fojas 80 al principal, y a
fojas 83 respectivamente.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de
evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a
la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo
de Trabajo de Empresa N° 224/97 “E”.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito de los Acuerdos y Acta Complementaria homologados y
de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo
establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de
Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.674.076/15
Buenos Aires, 21 de julio de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 478/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 y 3 del expediente N°
1.701.882/15 agregado como fojas 80 al expediente principal y a fojas
83 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número
598/16. — Lic. ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos,
Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO MERCEDES-BENZ ARGENTINA - ASOCIACIÓN DEL PERSONAL SUPERIOR MBA
En la provincia de Buenos Aires, a los 26 días del mes de octubre de
2015, se reúnen los señores Diego TYBUREC DNI n° 17.363.409, Pablo
BOLZAN DNI n° 27.394.615, María Mercedes VANDEMBERG DNI n° 17.137.425,
en representación de MBA (en adelante LA EMPRESA) y los Señores Carlos
BRAVO DNI n° 12.102.202, Jorge GIMENEZ DNI n° 12.894.761, Jorge
GONZALEZ DNI n° 13.265.396, junto a los representantes del personal
Señores Cristóbal DALINGER DNI n° 10.202.827 y Gustavo Gerardo BACH DNI
n° 18.337.438, en representación de APS MBA (en adelante la ENTIDAD
SINDICAL) y conforme lo estipula el artículo 17 de la Ley 14.250. Ambas
partes suscriben la presente en el marco de la autonomía de voluntad
colectiva que les compete y a partir de su condición de partes
signatarias del CCT 224/97 “E” Mercedes-Benz Argentina/Asociación del
Personal Superior de Mercedes-Benz Argentina, con el objeto de
establecer nuevas condiciones económicas de aplicación para el período
de vigencia que ambas partes aquí acuerdan.
PRIMERO: Las partes han fijado un nuevo esquema de salarios básicos de
referencia - bandas salariales, conforme a la Escala que se adjunta a
la presente e identifica como Anexo I y que resulta parte inescindible
del presente Acuerdo, el que será de aplicación a partir de las
remuneraciones correspondientes al mes de octubre 2015, rigiendo dichas
condiciones hasta el 31/12/2015 y por ultraactividad hasta que las
partes alcancen un nuevo entendimiento. Las partes se reunirán para
renegociar las presentes condiciones a partir del mes de diciembre de
2015.
SEGUNDO: En virtud de modificarse los valores de las remuneraciones
básicas de referencia para cada una de las categorías convencionales,
las partes procederán a elevar oportunamente el presente acuerdo ante
el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a efectos de
someterlo a la pertinente homologación, en los términos de la Ley
14.250, de modo tal que se proceda a la reformulación del tope
indemnizatorio por despido previsto en el artículo 245 de la LCT y para
el período de vigencia definido en el presente acuerdo y cuyo cálculo
está a cargo de la Dirección de Regulaciones del Trabajo, dependiente
de dicha Autoridad Administrativa.
TERCERO: Las partes acuerdan mantener un compromiso de armonía laboral
y paz social por el tiempo de vigencia del acuerdo establecido, en la
convicción de la necesidad de dotar de previsibilidad a la actividad,
generando las condiciones de competitividad necesaria que garanticen el
cumplimiento de los planes de producción, y por sobre todas las cosas
los compromisos de exportación asumidos, autocomponiendo los eventuales
diferendos que pudieran suscitarse, sin alteración del ciclo normal de
actividades programado.
En muestra de conformidad, se firman 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
ACTA ACUERDO COMPLEMENTARIA AL ACUERDO DE FECHA 26/10/2015 ENTRE MERCEDES-BENZ ARGENTINA - A.P.S.
En la provincia de Buenos Aires, a los 26 días del mes de octubre de
2015, se reúnen en representación de MERCEDES-BENZ ARGENTINA S.A., los
Señores Diego TYBUREC DNI n° 17.363.409, Pablo BOLZAN DNI n°
27.394.615, María Mercedes VANDEMBERG DNI n° 17.137.425 y por la
Asociación del Personal Superior de MERCEDES-BENZ ARGENTINA - A.P.S.
los Señores Carlos BRAVO DNI n° 12.102.202, Jorge GIMENEZ DNI n°
12.894.761, Jorge GONZALEZ DNI n° 13.265.396, junto a los
representantes del personal Señores Cristóbal DALINGER DNI n°
10.202.827 y Gustavo Gerardo BACH DNI n° 18.337.438, todos en conjunto
denominados LAS PARTES, para acordar el siguiente punto complementario
del Acuerdo de fecha 26/10/2015, del cual el presente es parte
integrante:
ANEXO I
A partir del día 1 de octubre de 2015, LAS PARTES establecen que para
las bandas salariales correspondientes al CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
224/97 “E” Mercedes-Benz Argentina / Asociación del Personal Superior
de Mercedes-Benz Argentina se han fijado los siguientes niveles de
sueldos:
Nivel 8 sueldo mínimo $ 15.839.- sueldo máximo $ 23.288
Nivel 7 sueldo mínimo $ 19.569.- sueldo máximo $ 27.111
Nivel 6 sueldo mínimo $ 25.156.- sueldo máximo $ 37.267
Nivel 5 sueldo mínimo $ 32.219.- sueldo máximo $ 47.855.
Estos valores máximos son referenciales y obedecen a la situación
actual del mercado, por lo cual los mismos pueden estar sujetos a
revisión para el caso que la evolución de las variables tomadas en
cuenta para su determinación, así lo justifique.
En el lugar y fecha arriba indicados, se firman tres ejemplares de igual tenor y a un solo efecto.
Expediente N° 1.674.076/15
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 29 días del mes de
diciembre de 2015, siendo las 11.00 horas, comparecen espontáneamente
en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección
Nacional de Relaciones del Trabajo, ante la Secretaria de Conciliacion
del Departamento de Relaciones N° 2, Dra. Gladys IEMMA, en
representación de la ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE MERCEDES BENZ
ARGENTINA (APS) con domicilio en la calle Rivadavia N° 10.964 CABA, lo
hacen los Sres Carlos BRAVO, el Sr. Jorge GIMENEZ y Jorge GONZALEZ; en
representación de la empresa MERCEDES BENZ ARGENTINA S.A., con
domicilio constituido en la calle Azucena Villaflor N° 435, CABA, lo
hace el Señor Marcelo NARDELLI, en su carácter de apoderado, condición
acreditada en autos, y todos ellos como miembros paritarios.
Abierto el acto por la funcionaria actuante, y en el marco de la
Comisión Negociadora conformada en autos (fs. 43), las partes en
conjunto manifiestan que se presentan a fin de ratificar el Acuerdo
celebrado con fecha 26 de octubre de 2015, que luce a fojas 2/3 del
Expediente N° 1701882/15, agregado como foja 80 al principal y
solicitan su homologación.
Acto seguido y en virtud de lo solicitado por la funcionaria actuante
aclaran que: las siglas consignadas en el acuerdo referido, como MBA,
se corresponde con la designación de la empresa MERCEDES BENZ ARGENTINA
SOCIEDAD ANONIMA; y que las siglas consignadas como APS MBA, refieren a
la entidad sindical ASOCIACION DEL PERSONAL SUPERIOR DE MERCEDES BENZ
DE ARGENTINA.
Acto seguido, la funcionaria actuante, hace saber que el Acuerdo suscripto deberá ser ratificado por el Delegado del personal.
No siendo para más, a las 11.30 horas, se da por finalizado el acto
firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para
constancia y ratificación de su manifestación, ante mí que CERTIFICO.