MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 493/2016
Buenos Aires, 19/07/2016
VISTO el Expediente N° 1.715.302/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/4, 8 y 16 del Expediente de referencia, obran el Acuerdo
y Actas Complementarias celebrados entre la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE
LA REPÚBLICA ARGENTINA (U.O.M.R.A.) por el sector sindical y la empresa
SIEMENS SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empleador, conforme a lo
establecido en la Ley N° 23.546.
Que a través del presente, se establecen las escalas salariales para el
personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 260/75,
Rama 8, con vigencia a partir de Abril de 2015.
Que en primer término debe dejarse indicado que toda vez que los Anexos
obrantes a fojas 2/4 no reúnen los recaudos formales previstos por el
Artículo 3 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), se procederá a la
homologación de los instrumentos glosados a fojas 8 y 16, como Actas
Complementarias.
Que las partes se encuentran legitimadas para suscribir el Acuerdo
traído a estudio, conforme surge de los antecedentes acompañados.
Que asimismo han ratificado el contenido y firmas allí insertas,
acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con
las constancias obrantes en autos.
Que en relación a las categorías previstas en el grupo III MENORES
AYUDANTES OBREROS, APRENDICES Y EMPLEADOS, consignadas en las escalas
salariales adjuntas, corresponde dejar indicado que resultan aplicables
de pleno derecho las previsiones de la Ley N° 26.390 que dispuso la
elevación de la edad mínima de admisión en el empleo a DIECISEIS (16)
años.
Que el ámbito de aplicación del Acuerdo concertado se circunscribe a la
estricta correspondencia que existe entre la representación que ostenta
el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria,
emergente de su personería gremial.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.
Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que por último, corresponde remitir las actuaciones a la Dirección
Nacional de Regulaciones del Trabajo para que en orden a sus
competencias evalúe la correspondencia de elaborar el proyecto de Base
Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el
artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárense homologados el Acuerdo y Actas Complementarias
celebrados por la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
(U.O.M.R.A.) y la empresa SIEMENS SOCIEDAD ANÓNIMA, que lucen a fojas
2/4, 8 y 16 del Expediente N° 1.715.302/16, conforme lo dispuesto en la
Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de
Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación
registre el Acuerdo y Actas Complementarias obrantes a fojas 2/4, 8 y
16 del Expediente N° 1.715.302/16.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Cumplido, pase a la
Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la
correspondencia de elaborar el proyecto de Base Promedio y Tope
Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de
la Ley N° 20.744 y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la
guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del Acuerdo y Actas Complementarias homologadas y de
esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo
establecido en el artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE, Subsecretaria de
Relaciones Laborales, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.715.302/16
Buenos Aires, 21 de julio de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 493/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/4, 8 y 16 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 629/16. — Lic. ALEJANDRO
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
C.C.T. N° 260/75 – ANEXO “A”
RAMA N° 8 - ELECTRONICA
SALARIOS BASICOS
Vigentes desde: El 1° de Abril de 2015
ACUERDO SALARIAL ENTRE UOMRA Y LA EMPRESA SIEMENS S.A.
Expte. N° 1.715.302/16
En Buenos Aires, siendo las 11:30 horas del 18 de mayo de 2016,
comparece en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante
la Secretaria de Conciliación del Dto. de Relaciones Laborales N° 3
Lic. Daniela PESSI, en representación de la parte gremial por la UNION
OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA - UOMRA, en su carácter de
Secretario Gremial el Sr. Antonio CATTANEO.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante y concedida que
le fue la palabra el SECTOR GREMIAL MANIFIESTA: que, viene a ratificar
en todas y cada una de sus partes los contenidos del Acta Acuerdo,
obrante a fs. 2/4., firmada en el ámbito privado, solicitando su
homologación en los términos de ley.
Se le comunica que los acuerdos celebrados y ratificados anteriormente,
del cual solicita su homologación; serán elevados a la Superioridad en
este acto, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley
N° 14250.
Con lo que termino el acto, siendo las 12:00 horas, firmando el
compareciente previa lectura y ratificación para constancia, ante mí
que certifico.
Expte. N° 1.715.302/16
En Buenos Aires, siendo las 11:30 horas del 18 de mayo de 2016,
comparece en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante
la Secretaria de Conciliación del Dto. de Relaciones Laborales N° 3
Lic. Daniela PESSI, en representación de la de la empresa SIEMENS
SAICFI, comparece en carácter de apoderado el Dr. Pablo José FRAGUEIRO
RISSO, T° 51, F° 648, CPACF.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante y concedida que
le fue la palabra el SECTOR EMPRESARIO MANIFIESTA: que, viene a
ratificar en todas y cada una de sus partes los contenidos del Acta
Acuerdo, obrante a fs. 2/4., firmada en el ámbito privado, solicitando
su homologación en los términos de ley.
Se le comunica que los acuerdos celebrados y ratificados anteriormente,
del cual solicita su homologación; serán elevados a la Superioridad en
este acto, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley
N° 14250.
Con lo que termino el acto, siendo las 12:00 horas, firmando el
compareciente previa lectura y ratificación para constancia, ante mí
que certifico.