MINISTERIO DE DEFENSA
Decisión Administrativa 864/2016
Desígnase Director Nacional de Inversiones.
Buenos Aires, 17/08/2016
VISTO la Ley N° 27.198, el Decreto Nº 227 del 20 de enero de 2016, el
Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, lo
propuesto por el señor Ministro de Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.198 se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que el artículo 7º de la mencionada ley establece que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes al 1º de
enero de 2016, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha,
salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el Decreto Nº 227/16 se confirió entre otras cuestiones al
señor Jefe de Gabinete de Ministros la facultad de designar al
personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos
de planta permanente y no permanente.
Que se encuentra vacante el cargo de Director Nacional de Inversiones
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN PARA LA
DEFENSA de la SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y PRODUCCIÓN PARA LA
DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que resulta indispensable cubrir transitoriamente dicho cargo, con el
objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la citada Dirección
Nacional.
Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria,
resulta menester efectuar la designación con carácter de excepción a lo
dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 27.198.
Que el artículo 5° inciso f) del Anexo a la Ley N° 25.164 —Ley Marco de
Regulación de Empleo Público Nacional— establece, como impedimento para
el ingreso a la Administración Pública Nacional, tener la edad prevista
en la Ley Previsional para acceder al beneficio de la jubilación
ordinaria, condición en la que se encuentra la persona propuesta.
Que en función a los objetivos fijados al mencionado organismo, resulta
procedente exceptuar al Ingeniero Gustavo Alejandro VOUILLAT de la
limitación contenida en la referida norma.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
por los artículos 7º de la Ley Nº 27.198, 5° del Anexo I del Decreto N°
1421/02 y 1º del Decreto Nº 227/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Excéptuase al Ingeniero Gustavo Alejandro VOUILLAT
(D.N.I. Nº 4.543.525) del requisito a que se refiere el artículo 5°,
inciso f), del Anexo a la Ley N° 25.164 – Ley Marco de Regulación de
Empleo Público Nacional.
ARTÍCULO 2° — Desígnase, a partir del 1° de marzo de 2016, con carácter
transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en
el cargo de Director Nacional de Inversiones dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y PLANIFICACIÓN PARA LA DEFENSA de la
SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA del
MINISTERIO DE DEFENSA al Ingeniero Gustavo Alejandro VOUILLAT (D.N.I.
Nº 4.543.525), Nivel A - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº
2.098/08 autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva
Nivel I del citado convenio, y con carácter de excepción a lo dispuesto
por el artículo 7º de la Ley Nº 27.198.
ARTÍCULO 3° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad
con lo dispuesto en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08
y modificatorios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles,
contados a partir del 1° de marzo de 2016.
ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Julio C. Martínez.