Decisión Administrativa 885/2016
Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Buenos Aires, 19/08/2016
VISTO el Expediente N° 1.253/2016 del Registro de la COMISIÓN NACIONAL
DE VALORES, organismo autárquico actuante en el ámbito de la
SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO de la SECRETARÍA DE FINANZAS del
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS y la Ley Nº 27.198 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2016, la Decisión Administrativa Nº 10 de fecha 19 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 6° de la Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales
establece que la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES es una entidad autárquica
del ESTADO NACIONAL.
Que el Artículo 14 de la citada ley en su inciso b) establece que para
su funcionamiento la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES contará con los
recursos por las multas que imponga, y los percibidos en concepto de
tasas de fiscalización y control, aranceles de autorización y otros
servicios cuyos montos serán fijados por el MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS PÚBLICAS, a propuesta de la mencionada Comisión.
Que la Resolución Nº 219 de fecha 16 de mayo de 2013 del entonces
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, actual MINISTERIO DE
HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, estableció como montos y conceptos de
tasas de fiscalización y control, y aranceles de autorización, así como
también intereses del Artículo 15 de la Ley Nº 26.831 de Mercado de
Capitales, devengados por la mora en su cumplimiento, los que la
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES viene percibiendo, hasta tanto rija la
nueva reglamentación.
Que el Artículo 4º de la citada Resolución Nº 219/13 del entonces
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, actual MINISTERIO DE
HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, establece que debe considerarse a los
recursos que por dicha medida se perciban, fondos de afectación
específica en los términos del inciso c) del Artículo 23 de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones.
Que en virtud de estimaciones efectuadas por las áreas sustantivas de
la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES y certificadas por su Unidad de
Auditoría Interna, basadas en la evolución positiva de los mercados, se
prevé que la recaudación de recursos propios alcance en el ejercicio
una suma mayor a la proyectada en el cálculo de recursos vigente.
Que en función de lo expuesto y de acuerdo con los requerimientos
financieros para el presente ejercicio resulta necesario modificar los
créditos y los recursos vigentes de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE
HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, Servicio Administrativo Financiero 602 -
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el Artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el el
Artículo 9° de la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2016 en la parte correspondiente a la
Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, Servicio
Administrativo Financiero 602 - COMISIÓN NACIONAL DE VALORES de acuerdo
al detalle obrante en las Planillas Anexas
(IF-2016-00399075-APN-SSP#MH) al presente artículo que forman parte
integrante del mismo.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)