PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 886/2016
Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional.
Buenos Aires, 19/08/2016
VISTO el Expediente Nº S01:0313542/2016 del Registro del MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA, el Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2016, aprobado por la Ley Nº 27.198 y distribuido por
la Decisión Administrativa N° 10 de fecha 19 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de las necesidades actuales resulta indispensable
modificar el crédito vigente de las Jurisdicciones 58 - MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA y 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO.
Que resulta necesario modificar los créditos del MINISTERIO DE ENERGÍA
Y MINERÍA con el objeto de hacer frente a los compromisos asumidos con
fidecomisos que corresponden a los subsidios establecidos por las Leyes
Nros. 25.565 y 26.020, la realización de transferencias a la COMPAÑÍA
ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA y
propiciar la cancelación de los pagos pendientes correspondientes a los
Programas de Estímulo a la Inyección Excedente de Gas Natural, Estímulo
a la Inyección de Gas Natural para Empresas con Inyección Reducida y a
los derivados del Acuerdo de Abastecimiento de Gas Propano para Redes
de Distribución de Gas Propano Indiluido, en virtud de los “BONOS DE LA
NACIÓN ARGENTINA EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES 8% 2020 (BONAR 2020 USD)”
emitidos mediante la Resolución Conjunta N° 258 de la SECRETARÍA DE
HACIENDA y N° 65 de la SECRETARÍA DE FINANZAS de fecha 5 de octubre de
2015, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y
ampliados mediante el Decreto N° 704 de fecha 20 de mayo de 2016.
Que las modificaciones propiciadas están amparadas en las disposiciones
del Artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los
Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, sustituido
por el Artículo 1° de la Ley N° 26.124.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la
Administración Nacional, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas
Anexas (IF-2016-00629525-APN-SSP#MH) al presente artículo, que forman
parte integrante del mismo.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat Gay. —
Juan J. Aranguren.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)