MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA
Disposición 965/2016
Buenos Aires, 29/06/2016
VISTO el Expediente N° E-7916-2016 del registro del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL; el Decreto N° 1023 del 13 de agosto de 2001 y
modificatorios, y el Decreto N° 893 del 07 de junio de 2012 y
modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO, tramita la contratación
de un efector social para el servicio de corte de tela, confección y
terminación de guardapolvos, solicitado por la SUBSECRETARÍA DE
COMERCIALIZACIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL, mediante Nota N° 11/2016;
señalando que las condiciones técnicas requeridas son las establecidas
en el Convenio suscripto entre la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y
MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), oportunamente
protocolizado por Resolución SCyMI N° 9963 de fecha 16 de Agosto de
2012.
Que, asimismo, la SUBSECRETARÍA citada en el Considerando anterior,
propone para la realización de los trabajos aludidos, a la COOPERATIVA
DE TRABAJO DARÍO SANTILLÁN LIMITADA, cuya inscripción en el REGISTRO
NACIONAL DE EFECTORES DE DESARROLLO LOCAL y ECONOMÍA SOCIAL fue
aprobada por Resolución MDS N° 3849 del 04 de Septiembre de 2009.
Que obran las actualizaciones de los precios para el servicio de corte
de tela; confección y terminación de guardapolvos realizada por el
Centro de Investigación y Desarrollo Textil del INSTITUTO NACIONAL DE
TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), consignando el costo por mano de obra
para el corte de tela; la confección y terminación de cada guardapolvo
que asciende a la suma de PESOS CINCO CON SESENTA CENTAVOS ($5,60),
PESOS CINCUENTA Y CUATRO CON CINCUENTA CENTAVOS ($54,50.-) y PESOS DIEZ
CON OCHENTA CENTAVOS ($10,80.-) respectivamente.
Que obran Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión celebrado
entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACIÓN, protocolizado según Resolución SCyMI N° 2495 del 31 de Marzo de
2014 y Addenda a dicho Convenio, protocolizada según Resolución SCyMI
N° 4059 del 08 de Mayo de 2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros mediante Informe N°
246/2015 - Letra DGA/DPS de fecha 21 de Enero de 2015, en virtud del
Convenio Marco de Fortalecimiento de la Gestión mencionado
precedentemente, solicitó se informe si los servicios de industria
—corte, confección y terminación de guardapolvos— se encontraban
contemplados en el Convenio precitado.
Que obra Nota N° 210/2015 - SCyMI de la SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION de fecha 23 de Enero de 2015, informando al respecto que el
Control de Precios Testigo no resulta aplicable a aquellas
contrataciones cuyo objeto consista en un trabajo o servicio de
industria, en virtud de lo establecido en el artículo 3 inciso a) del
Anexo I de la Resolución SIGEN N° 122/2010, en concordancia con la
Cláusula Primera inciso a) del citado Convenio Marco.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros mediante Nota de fecha 27
de Abril de 2016, informa que atento a la urgente situación de
vulnerabilidad social de los efectores sociales que llevan adelante los
servicios de corte, confección y terminación de guardapolvos y dado que
las tareas que prevé la presente contratación son idénticas a las que
dieran origen a la NOTA SIGEN N° 210/2015 SCyMI, citada en el
Considerando precedente, resulta oportuno tener en cuenta la
recomendación, que realizara dicha SINDICATURA GENERAL en lo relativo
al objeto de la presente contratación.
Que, con fecha 09 de Mayo de 2016, se procedió al acto de apertura del
sobre presentado por la COOPERATIVA DE TRABAJO DARÍO SANTILLÁN LIMITADA.
Que, la Comisión Evaluadora de este Ministerio, en función de lo
expuesto en el párrafo precedente y de la documentación obrante en el
expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación N° 18/2016
estableciendo el Orden de Mérito correspondiente.
Que se ha remitido el Dictamen de Evaluación N° 18/2016 a los fines de
su difusión en el sitio de internet de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES, la cual, según Decreto N° 13 del 05 de enero de 2016,
pasó a la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y acorde lo prescripto
en los artículos 56 y 92 del Anexo al Decreto N° 893/12 y
modificatorios y en el Boletín Oficial.
Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos excepcionales de
difusión establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES en su
Disposición ONC N° 64/2014 y su modificatoria N° 79/2014 y conforme lo
reglamentado por la Comunicación General N° 14, del de Septiembre de
2014.
Que la Dirección de Patrimonio y Suministros informa que no se
formularon impugnaciones al Dictamen de Evaluación N° 18/2016 precitado.
Que dicha contratación corresponde se encauce en la figura de
Contratación Directa N° 23/2016, enmarcada en las previsiones del
artículo 25, inciso d) apartado 10) del Decreto N° 1023 del 13 de
agosto de 2001 y sus modificatorios, los artículos 19, 29 y 146 del
Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional,
aprobado mediante Decreto N° 893/12 y modificatorios.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente Disposición se dicta dentro del régimen establecido por
el Decreto N° 1023/01 y modificatorios, reglamentado por el Decreto N°
893/12 y modificatorios, y en virtud de las facultades conferidas por
la Ley de Ministerios y las normas modificatorias y complementarias, la
Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional y su Decreto Reglamentario N° 1344/07 y
modificatorios, y los Decretos N° 357/02 y sus normas modificatorias y
complementarias y N° 140 del 16 de Diciembre de 2015.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE COORDINACIÓN, MONITOREO Y LOGÍSTICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1° — Autorízase a efectuar una Contratación Directa enmarcada
en los alcances del artículo 25, inciso d), apartado 10) del Decreto N°
1023/01 y modificatorios, los artículos 19, 29 y 146 del Reglamento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por
Decreto N° 893/12 y modificatorios; tendiente a lograr la contratación
de un efector social para los servicios de corte de tela; confección y
terminación de guardapolvos, solicitados por la SUBSECRETARÍA DE
COMERCIALIZACIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL.
ARTÍCULO 2° — Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares,
elaborado por la Dirección de Patrimonio y Suministros en un todo de
acuerdo con la SUBSECRETARÍA DE COMERCIALIZACIÓN DE LA ECONOMÍA SOCIAL,
para la contratación autorizada en el Artículo precedente, que integra
la presente como Anexo, el que deberá complementarse con el Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición N°
58/2014 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, la cual según Decreto
N° 13 del 05 de enero de 2016, pasó a la órbita del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN.
ARTÍCULO 3° — Apruébase la Contratación Directa N° 23/2016, conforme
las pautas detalladas en los Artículos 1° y 2° de la presente.
ARTÍCULO 4° — Adjudícase en la Contratación Directa N° 23/2016 al
efector social COOPERATIVA DE TRABAJO DARÍO SANTILLÁN LIMITADA,
señalando que las condiciones técnicas requeridas son las establecidas
en el Convenio suscripto entre la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y
MONITOREO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), oportunamente
protocolizado por Resolución SCyMI N° 9963 de fecha 16 de Agosto de
2012, por el servicio de corte de tela de tres mil (3.000) guardapolvos
hasta la suma de PESOS DIECISÉIS MIL OCHOCIENTOS ($16.800.-), la
confección de tres mil (3.000) guardapolvos, hasta la suma de PESOS
CIENTO SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS ($163.500.-); y por la terminación
de tres mil (3.000) guardapolvos, hasta la suma de PESOS TREINTA Y DOS
MIL CUATROCIENTOS ($32.400.-).
ARTÍCULO 5° — El presente gasto que asciende a la suma total de PESOS
DOSCIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS ($212.700.-) se imputará a los
ejercicios que correspondan.
ARTÍCULO 6° — Autorízase a la Dirección de Patrimonio y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra.
ARTÍCULO 7° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — PABLO CARIDE,
Subsecretaría de Coordinación, Monitoreo y Logística, Ministerio de
Desarrollo Social.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en
la edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán
ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha
767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 25/08/2016 N° 60815/16 v. 25/08/2016
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)