MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 517 - E/2016

Buenos Aires, 29/07/2016

VISTO el Expediente N° 1.492.960/12, del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/17 del Expediente N° 1.714.339/16 agregado como fojas 347 al Expediente de referencia, y a fojas 362/263 vta., obran un Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa y un Acta Acuerdo respectivamente, celebrados entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA) por la parte gremial y la empresa BINGO ORO SOCIEDAD ANÓNIMA por el sector empresario, ratificados a fojas 364/365, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004). (Considerando rectificado por art. 1° de la Resolución N° 1091/2016 de la Secretaría de Trabajo B.O. 23/1/2017).

Que por medio de dicha Acta Acuerdo, las partes han convenido nuevos salarios básicos y el pago de una suma de carácter no remunerativa por única vez, en orden a las consideraciones obrantes en el texto al cual se remite.

Que el ámbito territorial y personal del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa y del Acta Acuerdo celebrados, se corresponden con la actividad de la Entidad empresaria signataria y la representatividad de la Entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que no obstante y con respecto a lo pactado en el Artículo 31 - Licencia por Vacaciones, las partes deberán estarse a lo dispuesto por la normativa legal para su época de otorgamiento así como también, se aclara que la homologación del presente, no exime al empleador de solicitar previamente ante la Autoridad laboral, la autorización administrativa que corresponde peticionar, conforme lo previsto en el Artículo 154 de la Ley N° 20.744 (t.o. 2004).

Que con respecto a lo acordado en el Artículo 59 - Cuota Mutual, se hace saber a las partes que dicha retención deberá ser instrumentada previa conformidad del trabajador.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa y el Acta Acuerdo, se procederá a girar los obrados a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope indemnizatorio, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárese homologado el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa obrante a fojas 2/17 del Expediente N° 1.714.339/16 agregado como fojas 347 al Expediente N° 1.492.960/12, celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA) y la empresa BINGO ORO SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

(Artículo rectificado por art. 2° de la Resolución N° 1091/2016 de la Secretaría de Trabajo B.O. 23/1/2017).

ARTÍCULO 2° — Declárese homologado el Acta Acuerdo obrante a fojas 362/363 vta., celebrada entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA) y la empresa BINGO ORO SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 3° — Regístrese la presente Resolución por ante la Dirección General de Registro Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa y el Acta Acuerdo obrantes a fojas 2/17 del Expediente N° 1.714.336/16 agregado como fojas 346, y fojas 362/363 vta. respectivamente, del Expediente N° 1.492.960/12.

ARTÍCULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa y del Acta Acuerdo homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria, Subsecretaría de Relaciones Laborales.

Expediente N° 1.492.960/12

Buenos Aires, 05 de Agosto de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 517/16 se ha tomado razón de la Convención Colectiva de Trabajo de Empresa obrante a fojas 2/17 del expediente 1.714.336/16 agregado como foja 346 al expediente principal; y del acuerdo obrante a fojas 362/363 vta. del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 1518/16 “E” y 796/16 respectivamente.



Lic. ALEJANDRO INSUA

Registro de Convenios Colectivos

Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO 1/2016

En la Provincia de Buenos Aires, a los 4 días del mes de Mayo de 2016 se reúnen por una parte, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGO DE AZAR (ALEARA) representada por el Sr. Marianao Zeiss Prieto, en su condición de Secretario General y la Dra. Mariela Lopez en su condición de apoderada, conjuntamente con los miembros de la Comisión Interna de Trabajadores, por el establecimiento Bingo Hurlingham, las Sras. Analía Alcaraz y Silvina Ramirez y por el establecimiento Bingo Merlo, los Sres. Diego Gonzales, María de los Ángeles González y Lorena Haal, en su condición de miembros de la Comisión Interna de Trabajadores de BINGO ORO SA, y por la otra parte, BINGO ORO SA, representada en este acto por la Sra. Ana Rosa Canevari en su condición de Presidente del Directorio. Abierto el acto las partes manifiestan que han arribado al siguiente acuerdo:

PRIMERO: A partir del 1/5/2016 y hasta el 31/8/16 las partes acuerdan que los valores de los salarios básicos mensuales serán los siguientes:

Categoría Básico Mayo
ADM CONTABLE $ 22.485,56
ADMIN.RRHH $ 20.093,26
ANALISTA CONTABLE $ 24.784,29
ASISTENTE DE MARKETING $ 16.318,48
ASISTENTE TECNICO $ 13.081,87
AUX.MANTENIMIENTO TECNICO $ 14.174,24
CADETE $ 13.732,25
CAJERO/A de MAQ. TRAG. $ 12.781,12
ENCARGADO DE LIMPIEZA $ 14.990,50
JEFE MESA DE BINGO $ 13.776,92
JEFE TECNICO $ 22.571,74
LIMPIEZA $ 9.875,02
MANTENIMIENTO EDILICIO $ 13.477,53
MANTENIMIENTO TECNICO $ 16.969,56
PAGADOR/A $ 11.663,36
R.R.P.P. $ 11.663,36
RECEPCIONISTA $ 10.341,86
RECUENTO $ 12.216,60
SUPERVISOR TECNICO $ 20.800,92
SUPERVISOR/A $ 20.800,92
TESORERO $ 17.773,48
VALET PARKING $ 11.901,66
PROMOTOR $ 11.663,36

SEGUNDO: Las partes establecen el pago de una asignación no remunerativa por única vez cuyo monto y cuotas para cada una de las categorías, la cual, la Empresa podrá abonar en una sola cuota o de la siguiente manera, quedando la elección a su exclusivo criterio:

a) Con fecha 9/5/2016 se efectuará el pago de la primera cuota por los valores consignados a continuación para cada una de las siguientes categorías:

Categoría Asignación no Remunerativa (cuota 1)
ADM CONTABLE $ 4.088,28
ADMIN.RRHH $ 3.653,32
ANALISTA CONTABLE $ 4.506,23
ASISTENTE DE MARKETING $ 2.967,00
ASISTENTE TECNICO $ 2.378,52
AUX.MANTENIMIENTO TECNICO $ 2.577,13
CADETE $ 2.496,77
CAJERO/A de MAQ. TRAG. $ 2.323,84
ENCARGADO DE LIMPIEZA $ 2.725,55
JEFE MESA DE BINGO $ 2.504,89
JEFE TECNICO $ 4.103,95
LIMPIEZA $ 1.795,46
MANTENIMIENTO EDILICIO $ 2.450,46
MANTENIMIENTO TECNICO $ 3.085,37
PAGADOR/A $ 2.120,61
R.R.P.P. $ 2.120,61
RECEPCIONISTA $ 1.880,34
RECUENTO $ 2.221,20
SUPERVISOR TECNICO $ 3.781,99
SUPERVISOR/A $ 3.781,99
TESORERO $ 3.231,54
VALET PARKING $ 2.163,94
PROMOTOR $ 2.120,62

b) Conjuntamente con las remuneraciones devengadas los meses de Mayo 2016 hasta Agosto 2016 inclusive se pagarán mensualmente las siguientes cuotas para cada una de las categorías mencionadas:

Categoría Asignación No Remunerativa (Cuotas 2 a 5)
ADM CONTABLE $ 2.248,56
ADMIN.RRHH $ 2.009,33
ANALISTA CONTABLE $ 2.478,43
ASISTENTE DE MARKETING $ 1.631,85
ASISTENTE TECNICO $ 1.308,19
AUX.MANTENIMIENTO TECNICO $ 1.417,42
CADETE $ 1.373,22
CAJERO/A de MAQ. TRAG. $ 1.278,11
ENCARGADO DE LIMPIEZA $ 1.499,05
JEFE MESA DE BINGO $ 1.377,69
JEFE TECNICO $ 2.257,17
LIMPIEZA $ 987,50
MANTENIMIENTO EDILICIO $ 1.347,75
MANTENIMIENTO TECNICO $ 1.696,96
PAGADOR/A $ 1.166,34
R.R.P.P. $ 1.166,34
RECEPCIONISTA $ 1.034,19
RECUENTO $ 1.221,66
SUPERVISOR TECNICO $ 2.080,09
SUPERVISOR/A $ 2.080,09
TESORERO $ 1.777,35
VALET PARKING $ 1.190,17
PROMOTOR $ 1.166,34

TERCERO: A partir del 1/9/2016 las partes acuerdan que los valores básicos vigentes para cada categoría serán los siguientes:

Categoría Básicos Septiembre 2016
ADM CONTABLE $ 24.734,12
ADMIN. RRHH $ 22.102,59
ANALISTA CONTABLE $ 27.262,72
ASISTENTE DE MARKETING $ 17.950,33
ASISTENTE TECNICO $ 14.390,06
AUX. MANTENIMIENTO TECNICO $ 15.591,66
CADETE $ 15.105,47
CAJERO/A de MAQ. TRAG. $ 14.059,23
ENCARGADO DE LIMPIEZA $ 16.489,55
JEFE MESA DE BINGO $ 15.154,61
JEFE TECNICO $ 24.828,91
LIMPIEZA $ 10.862,52
MANTENIMIENTO EDILICIO $ 14.825,28
MANTENIMIENTO TECNICO $ 18.666,51
PAGADOR/A $ 12.829,69
R.R.P.P. $ 12.829,69
RECEPCIONISTA $ 11.376,04
RECUENTO $ 13.438,26
SUPERVISOR TECNICO $ 22.881,02
SUPERVISOR/A $ 22.881,02
TESORERO $ 19.550,83
VALET PARKING $ 13.091,82
PROMOTOR $12.829,69

CUARTA: Las partes acuerdan otorgar para todas las categorías una gratificación extraordinaria por única vez por la suma de $ 1.300 (PESOS MIL TRESCIENTOS). Dicha suma se abonará el 4/7/2016.

QUINTA: Las partes comenzarán las negociaciones paritarias correspondientes al período que se inicia con las remuneraciones devengadas el 1/9/16 con fecha 19/7/2016.

SEXTA: Las partes sujetan la validez del presente acuerdo a la homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, en tal sentido, se comprometen a realizar todas las gestiones necesarias. Sin perjuicio de lo cual, ante el carácter salarial del presente acuerdo las mismas darán ejecución al mismo durante la tramitación de su homologación.

No siendo para más, se firman 5 (cinco) ejemplares del mismo tenor.

Expediente N° 1.492.960/12

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 05 días de Julio de 2016, siendo las 14.30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones Laborales, ante mi Lic. Fiorella COSTA, Secretaria de Conciliación del Departamento N° 3 de Relaciones del Trabajo, el Sr. Mariano ZEISS PRIETO, D.N.I N° 22.379.329, en carácter de Secretario General, en representación del SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, acompañado por los Sres. Lorena HAAL, DNI N° 28.817.276, Diego GONZALEZ, DNI N° 33.597.875, Silvina RAMIREZ, DNI N° 27.357.234 y Analí ALCARAZ, DNI N° 30.515.041, en carácter de delegados de personal de la firma BINGO ORO S.A., todos asistidos por la Dra. Mariela LOPEZ, T° 50, F° 553, CPACF, por el sector sindical y por el sector empresario, lo hace la Sra. Ana Rosa CANEVARI, DNI N° 4.555.614, en carácter de Presidente, en representación de la Empresa BINGO ORO S.A., asistida por el Dr. Lisandro LABOMBARDA, T° 96, F° 539, CPACF, quienes asisten a la audiencia fijada para el día de la fecha.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante y concedida que le fue la palabra a AMBAS PARTES, de mutuo y común acuerdo, manifiestan: Que vienen a ratificar en todas y cada una de sus partes los contenidos del Convenio Colectivo de Trabajo suscripto en fecha 29 de Marzo de 2016, agregado en autos a fs. 2/17 vuelta de las actuaciones N° 1714339/16, agregadas al Expediente principal como fs. 332, y el Acta Acuerdo de fecha 04 de Mayo de 2016, la cual se acompaña en este acto. Asimismo, las partes solicitan la homologación del Convenio Colectivo de Trabajo y del Acta Acuerdo mencionada en los términos de ley.

Asimismo, la entidad sindical declara bajo juramento que la cantidad porcentual de mujeres en el ámbito de negociación es del 50%, dando así por cumplimentado lo exigido por el Art. 1 del Decreto 514/03.

Se les comunica que el convenio colectivo de trabajo y acuerdos celebrados y ratificados anteriormente, de los cuales solicitan su homologación; serán elevados a la Superioridad en este acto, quedando sujetos al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250.

Con lo que termino el acto, siendo las 15.00 horas, firmando los comparecientes previa lectura y ratificación para constancia, ante mí que certifico.