MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
Decisión Administrativa 939/2016
Desígnase Directora Nacional de Matriculación y Fiscalización.
Buenos Aires, 30/08/2016
VISTO el Expediente N° S05:0020408/2016 del Registro del MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA, el Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2016 aprobado por la Ley N° 27.198, los Decretos
Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y 227
de fecha 20 de enero de 2016, la Decisión Administrativa N° 659 de
fecha 8 de agosto de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 7° del Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2016 aprobado por la Ley N° 27.198, se
dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes
a la fecha de la sanción de la referida norma, en las Jurisdicciones y
Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes
con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Que el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 dispuso, entre otros
aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la
Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en
cargos de jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos
de la dotación de su planta permanente y transitoria, será efectuada
por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la
Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que por la Decisión Administrativa N° 659 de fecha 8 de agosto de 2012
se aprobaron las estructuras organizativas del primer nivel operativo
de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, del ex - MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, entre otras.
Que en virtud de específicas razones de servicio del MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA se considera imprescindible la cobertura de UN (1) cargo
vacante Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva I, correspondiente al
titular de la Dirección Nacional de Matriculación y Fiscalización del
citado Ministerio.
Que la agente propuesta debe ser exceptuada de los requisitos mínimos
establecidos en el Artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y
sus modificatorios.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por los Artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la
Ley N° 27.198 y 1° del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Desígnase transitoriamente a partir del 2 de mayo de 2016
y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir
del dictado de la presente medida, en UN (1) cargo vacante Nivel A,
Grado 0, Función Ejecutiva I, de Directora Nacional de Matriculación y
Fiscalización del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, a la Abogada Doña
Florencia Cecilia PINSKI (M.I. N° 23.075.008), quien revista en la
planta permanente en un cargo Nivel B, Grado 3, Agrupamiento
Profesional, Tramo General del SINEP autorizándose el correspondiente
pago del Suplemento por Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y sus modificatorios, con autorización excepcional
por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del
Anexo del Decreto N° 2.098/08 y con carácter de excepción a lo
dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 27.198.
ARTÍCULO 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad
con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo
establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y
VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el
citado Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente acto
será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción
52 - MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Ricardo Buryaile.