COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO DE LA PLATA
y
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
Resolución Conjunta 2/2016
Norma modificatoria del artículo 5° de la Resolución Conjunta CARP CTMFM 3/15.
Montevideo, 19/08/2016
VISTO:
Lo dispuesto por la Resolución Conjunta CARP - CTMFM N° 3/15, artículo 5°), del 4 de diciembre del año 2015.
CONSIDERANDO:
1) Que por el artículo 5° de la Resolución Conjunta N° 3/15 se dispuso
el uso obligatorio del sistema de monitoreo satelital en todos los
buques que operan sobre el recurso corvina, en el área del Tratado, a
partir del 1 de enero de 2016.
2) Que el Tratado otorga a las Comisiones los cometidos de realizar
estudios y coordinar planes y medidas relativas a la conservación y
racional explotación de las especies en el área del Tratado.
3) Que dichos planes son dinámicos en cuanto a las medidas de manejo
que se adoptan, debiendo responder en forma integral a las realidades
socioeconómicas y culturales que los estudios consideran y ello, bajo
una visión global a los objetivos dispuestos por el Tratado para las
Comisiones que lo administran.
ATENTO:
A lo establecido en los Artículos 54, 55, 66 incisos a y b, 80 y 82
incisos a, b, c y d, del Tratado del Río de la Plata y su Frente
Marítimo.
LA COMISIÓN ADMINISTRADORA DEL RÍO DE LA PLATA
Y
LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1° — Suspender hasta el 31 de agosto de 2017 la aplicación de
lo dispuesto por el artículo 5° de la Resolución Conjunta CARP-CTMFM N°
3/15, para las embarcaciones que tengan una eslora comprendida entre 12
y 15 metros y un distanciamiento máximo de hasta 15 millas náuticas
desde la costa y que no hubiesen implementado el sistema a la fecha.
ARTÍCULO 2° — Comunicar esta Resolución al Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de
Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.
ARTÍCULO 3° — Dar conocimiento público de esta Resolución, a través de
su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el
Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay. — Dr. FELIPE
MICHELINI, Presidente CARP. — JULIO SUÁREZ, Presidente CTMFM. —
Embajador ROBERTO GARCÍA MORITÁN, Vicepresidente CTMFM. — Capitán de
Navío (R), Embajador GUILLERMO ENRIQUE GONZÁLEZ, Vicepresidente CARP.
e. 01/09/2016 N° 63059/16 v. 01/09/2016