MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 261 - E/2016

Buenos Aires, 01/08/2016

VISTO el Expediente Nº 1.659.135/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 19/20 del Expediente de referencia obra glosado el Acuerdo celebrado, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 18/75, entre la ASOCIACIÓN BANCARIA y el BANCO PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA, ratificado a fojas 37, cuya homologación las partes solicitan en los término de lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2.004).

Que bajo el mentado acuerdo las partes convienen el pago de una gratificación extraordinaria, de carácter excepcional y por única vez, conforme los detalles allí impuestos.

Que la aplicación del mentado Acuerdo se circunscribe a los ámbitos surgidos de la Personería Gremial de la entidad sindical de marras, como así a la actividad de la empleadora firmante.

Que las partes han acreditado su personería y las facultades de negociar colectivamente.

Que se ha dado cumplimiento en autos con los recaudos formales exigidos por la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que las cláusulas pactadas no contravienen el orden público laboral.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomo la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el presente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 7/15.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACIÓN BANCARIA y el BANCO PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA, obrante a fojas 19/20 del Expediente N° 1.659.135/15, ratificado a fojas 37, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 19/20 del Expediente Nº 1.659.135/15, junto con el Acta de Ratificación de fojas 37.

ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Que posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 18/75.

ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — EZEQUIEL SABOR, Secretario, Secretaría de Trabajo.

Expediente N° 1.659.135/15

Buenos Aires, 08 de Agosto de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 261/16 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 19/20, conjuntamente con el acta de ratificación de foja 37 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 822/16.



Lic. ALEJANDRO INSUA

Registro de Convenios Colectivos

Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 7 días del mes de Enero de 2015, entre el Sr. Sergio Palazzo Secretario General Nacional, Andrés Castillo Secretario General Adjunto, Gustavo Díaz Secretario de Acción Gremial, Alejandra Estoup Secretaria General Seccional Buenos Aires, Sergio Garzon Torres Delegado General titular Comisión Gremial Interna, Jorge Luis Rodríguez Secretario General Seccional General Roca, Santiago Balbin Secretario de Administración Seccional Buenos Aires, Roberto Meneses Consejo Directivo Nacional, Daniel Yaben C.G.I. Mar del Plata, Carlos Mangiarua, Edgardo Campos, Emmanuel Luque, Gabriela Lorenzo, Gustavo Buffa, Javier Segurosky, Laura Manco, Mariano Gómez, Mariano Mendez, Miguel Rosanda, José Araujo, Silvia Alvarez, Victor Odena, Marcelo Luini, Daniel Schenkel Secretario General Adjunto Seccional Trelew, Diego Jerez Delegado Seccional Presidente Saenz Peña, Mauricio Vallejos Delegados Seccional San Luis, Sergio Tanno Delegado Seccional Córdoba, Guido Metteucci Delegado Seccional Tucumán, José Quediman Delegado Seccional Comodoro Rivadavia, Leonardo Datoli Delegado Tres Arroyos Seccional Bahía Blanca, Eduardo Lucero Delegado Seccional Mendoza, todos ellos con el patrocinio letrado del Dr. Francisco Rojas, por la ASOCIACION BANCARIA, por una parte; y por la otra, el BANCO PATAGONIA S.A. representado en este acto por el Sr. Marcelo Muzlera.

Preliminar:

La Asociación Bancaria ha solicitado al Banco Patagonia S.A. que en atención a los excepcionales resultados obtenidos durante el año 2014, se otorgue a los trabajadores una Gratificación Extraordinaria que contemple dicha situación. Asimismo se solicita a dicha entidad la contemplación de una “Canasta Navideña para el año 2015”.

Luego de las negociaciones pertinentes, de modo excepcional y por única vez, sin sentar precedente alguno, se ACUERDA lo siguiente:

Primero: El presente acuerdo se celebra en los términos de la Ley 14.250 y sus modificatorias.

Segundo: En función a lo establecido en dicha norma, acuerdan otorgar al personal comprendido en el alcance descripto en la cláusula tercera, una GRATIFICACION EXTRAORDINARIA, con carácter excepcional y por única vez, no remunerativa, de $ 5.600,00 (Pesos Cinco mil seiscientos) la cual no será considerada para el cálculo de horas extras, SAC, vacaciones, indemnizaciones ni ninguna referencia remuneratoria.

Tercero: La presente Gratificación será abonada el día 2 de febrero de 2015 al personal comprendido dentro de los acuerdos paritarios convencionales y que cumplan con la condición de haber trabajado efectivamente los últimos 6 seis meses en la entidad.

Cuarto: Se ratifica la plena vigencia de la jornada legal establecida en el decreto 2289/76, es decir siete horas y treinta (7,30) diarias y dentro de la mismo cuarenta y cinco (45) minutos de refrigerio.

Quinto: Ambas partes solicitaran al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación la homologación del presente acuerdo, comprometiéndose a su ratificación por ante dicha autoridad administrativa.

Se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, uno para cada parte y el tercero para presentar para su ratificación ante el referido Ministerio.

Expediente N° 1659135/15

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 5 días del mes de marzo de 2015, siendo las 11:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2, Lic. Natalia VILLALBA LASTRA; en representación de LA ASOCIACIÓN BANCARIA, con domicilio en Avda. Sarmiento 341, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Sr. Gustavo Eduardo DIAZ (DNI 12.246.729), Secretario Gremial Secretariado General Nacional, la Sra. Alejandra ESTOUP (DNI 14.951.111), Secretaria General de la Seccional Buenos Aires acompañado por los Sres. Sergio GARZÓN TORRES (DNI 22.431.902), Miguel Ángel ROSANDA (DNI 13.315.494), Carlos Alberto MANGIARUA (DNI 12.504.194) y Emmanuel LUQUE (DNI 33.037.325) miembros de la Comisión Gremial Interna, con el patrocinio del Dr. Francisco Andrés ROJAS (DNI 14456937); en representación BANCO PATAGONIA S.A., con domicilio constituido en Sarmiento 643, 7° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires: el Sr. Carlos FERREYRA (DNI 24.170.843), apoderado, condición que acredita mediante copia certificada de poder, y el Dr. Alejandro SPORLEDER (DNI 08.308.520), como asesor.

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, comunica a las partes que la convocatoria del día de la fecha lo es con motivo de dar cumplimiento al Dictamen de la Asesoría Técnico Legal obrante a fojas 12/13 de autos. Acto seguido, previa vista de todo lo actuado, y cedida la palabra a las partes, en forma conjunta y de común acuerdo, manifiestan que: acompañan y ratifican íntegramente el acuerdo de partes arribado en forma directa el día 7 de enero de 2015 y acreditado a fojas 19/20 del expediente de referencia, del que reconocen como propias las firmas allí insertas, y manifiestan su solicitud de homologación. El acuerdo alcanzado se realiza en el marco del CCT 18/75.
Cedida la palabra a la representación sindical, declara bajo juramento que da cumplimiento a lo previsto en el artículo 1° de la Ley N° 26.574 (cupo femenino).

Acto seguido, la funcionaria actuante COMUNICA a la representación empleadora que en el plazo de DIEZ (10) días deberán acompañar Estatuto, Acta de Designación de Autoridades y Constancia de CUIT, bajo apercibimiento de darlos por no comparecidos. Cumplido ello, será elevado a la Superioridad, quedando sujeto al control de legalidad previsto en la Ley N° 14250. En este estado y no siendo para más, a las 12:00 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.