MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 319 - E/2016

Buenos Aires, 16/08/2016

VISTO el Expediente Nº 1.695.580/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 321 del 27 de mayo de 2016 y la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 132 del 16 de junio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 13/17 del Expediente Nº 1.695.580/15 obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa CASINO DE VICTORIA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Empresa N° 1036/09 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el acuerdo fue homologado por la Resolución Ss.R.L Nº 321/16 y registrado bajo el Nº 351/16, conforme surge de fojas 50/52 y 55, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que mediante la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 132 del 16 de junio de 2015 se fijaron los promedios de las remuneraciones de los cuales surgen los topes indemnizatorios vigentes a partir del 1° de agosto de 2014, 1° de enero de 2015 y 1° de julio de 2015 correspondientes al Acuerdo N° 12/15, homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 524 del 29 de diciembre de 2014.

Que atento a que las partes en el Acuerdo N° 351/16 han establecido los nuevos valores de las escalas salariales vigentes desde el mes de julio de 2015, deviene necesario actualizar los montos del promedio de las remuneraciones anteriormente fijado y del respectivo tope indemnizatorio que surge del mismo, por el nuevo importe que se detalla en el Anexo de la presente, para esa vigencia.

Que, cabe destacar que la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 132 del 16 de junio de 2015, conserva su eficacia y demás efectos en aquello que no resulte modificado por el presente acto.

Que a fojas 61/61 vuelta y 62/64, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º — Déjase sin efecto el importe del promedio de las remuneraciones vigente desde el 1° de julio de 2015, fijado por la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 132 del 16 de junio de 2015, y el tope indemnizatorio resultante, correspondiente al Acuerdo N° 12/15, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa CASINO DE VICTORIA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora.

ARTÍCULO 2º — Fíjase los importes promedios de las remuneraciones de los cuales surgen los topes indemnizatorios, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº 321 del 27 de mayo de 2016 y registrado bajo el Nº 351/16 suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa CASINO DE VICTORIA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO IF-2016-00738762-APN-SECT#MT, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 3º — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación tome conocimiento de la presente medida en relación con el promedio de las remuneraciones fijado por la Disposición de la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo N° 132 del 16 de junio de 2015 y del respectivo tope indemnizatorio, correspondiente al Acuerdo N° 12/15 y homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo N° 524 del 29 de diciembre de 2014 y registre el importe del promedio de las remuneraciones fijado por este acto y el tope indemnizatorio resultante.

ARTÍCULO 4º — Remítase a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — EZEQUIEL SABOR, Secretario, Secretaría de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.695.580/15

Partes Signatarias: SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA C/ CASINO DE VICTORIA SOCIEDAD ANÓNIMA

CCT N° 1036/09 “E”

Fecha de entrada en vigencia Promedio de las Remuneraciones Tope indemnizatorio Resultante
01/07/2015 $ 8.941,58 $ 26.824,74
01/08/2015 $ 10.461,65 $ 31.384,95
01/01/2016 $ 11.507,82 $ 34.523,46

Expediente N° 1.695.580/15

Buenos Aires, 24 de agosto de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 319/16 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 364/16 T. — Lic ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.