MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES
Resolución 626 - E/2016
Buenos Aires, 19/08/2016
VISTO el Expediente N° 1.663.387/15 del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 del Expediente N° 1.663.387/15, obra el acuerdo celebrado
entre LA ASOCIACIÓN OBRERA TEXTIL por la parte gremial y la empresa
INDUSTRIAS LEAR DE ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA por
el sector empleador, ratificado a fojas 72/74 por medio de las Actas
que lo integran, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N°
14.250 (t.o. 2004).
Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido sobre el pago
de las horas extras laboradas los días sábados, conforme las
prescripciones obrantes en el texto, en el marco del Convenio Colectivo
de Trabajo N° 500/07 cuya vigencia opera a partir del día 9 de Enero de
2015 y demás consideraciones a las cuales se remite.
Que las partes acreditan la personería invocada y la facultad de negociar colectivamente conforme constancias de autos.
Que el ámbito de aplicación del acuerdo, se corresponde con la
representación personal y territorial de la Entidad sindical signataria
emergente de su personería gremial y a la actividad de la parte
empresaria firmante.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que las cláusulas pactadas no colisionan con el orden público laboral.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº
53/15.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º — Declárese homologado el acuerdo obrante a fojas 2 del
Expediente N° 1.663.387/15, celebrado entre LA ASOCIACIÓN OBRERA TEXTIL
y la empresa INDUSTRIAS LEAR DE ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, ratificado a fojas 72/74 por medio de las Actas que lo
integran, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Gírese la presente Resolución a la Dirección General de
Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA
DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación
Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el acuerdo
de fojas 2 y las Actas de ratificación de fojas 72/74 que lo integran,
del Expediente N° 1.663.387/15.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4º — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuita del acuerdo homologado y de esta Resolución, las
partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de
la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — SILVIA JULIA SQUIRE, Subsecretaria,
Subsecretaría de Relaciones Laborales.
Expediente N° 1.663.387/15
Buenos Aires, 25 de agosto de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION SSRL N° 626/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 y 72/74 del expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 946/16. — Lic. ALEJANDRO
INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación -
D.N.R.T.
ACTA ACUERDO HORAS EXTRAS DIAS SABADOS
En la Ciudad de Belén de Escobar, a los 9 días del mes de enero de
2015, reunidos en la sede de INDUSTRIAS LEAR DE ARGENTINA S.R.L.,
Planta Escobar, en representación de la misma el Dr. Horacio Raúl Las
Heras en su calidad de apoderado judicial, Laura Migliavacca -
Supervisora de RH, DNI 29.435.613, por una parte y por la otra el Sr.
JORGE MOLINA (DNI 10.947.530), Secretario General de la Asociación
Obrera Textil de la República Argentina, Seccional Pilar y los Sres.
CORREA María Fernanda (DNI 25.389.381), CONDORI Héctor Orlando (DNI
26.278.194) y FERNANDEZ Omar Homero (DNI 20.089.050) en carácter de
Delegados de personal, con el propósito de formalizar la presente acta
acuerdo.
PRIMERA: Que conforme práctica normal y habitual en esta empresa y en
su antecesora INDUSTRIA TEXTIL DRAGUI S.A. todas las horas laboradas
los días sábados se abonan al 100% de su valor.
SEGUNDA: Que, en consecuencia las partes reconocen que tal beneficio se
ha incorporado definitivamente en los derechos de los trabajadores que
prestan tareas en esta Planta Escobar, razón por la cual se firma la
presente acta ratificando tal beneficio para todos los trabajadores
amparados por el convenio colectivo 500/07, lo que así queda
definitivamente establecido.
En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares todos de un mismo
tenor y a un solo efecto, uno para la empresa, uno para la Comisión
Interna de Delegados y uno para la Asociación Obrera Textil de la
República Argentina y uno para presentar al Ministerio de Trabajo de la
Provincia de Buenos Aires, para su homologación.
Expediente N° 1.663.387/15
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 1 días del mes de abril de
2015, siendo las 11.50 horas, comparecen previamente citados en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la
Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2,
Dra. Gladys IEMMA; en representación de la ASOCIACIÓN OBRERA TEXTIL, no
concurre persona alguna por la empresa INDUSTRIAS LEAR DE ARGENTINA
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con domicilio constituido en la
calle Cerrito N° 866 Piso 9, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Dr.
Horacio Raul LAS HERAS), quien lo hace en carácter de apoderado (fs.
4/9).
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, manifiesta que
ratifica el acuerdo obrante a foja 2 de autos, reconociendo como suya
la firma allí inserta y solicitando su homologación.
El acuerdo alcanzado se realiza en el marco del CCT 500/07.
Oído lo manifestado, la funcionaria actuante COMUNICA a la parte que el
presente acuerdo deberá ser ratificado por la entidad sindical.
En este estado y no siendo para más, a las 12.10 horas, se da por
finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente,
previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación,
ante mí, que CERTIFICO.
Expediente N° 1.663.387/15
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 15 días del mes de abril
de 2015, siendo las 10.00 horas, comparecen previamente citados en el
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la
Secretaria de Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2,
Dra. Gladys IEMMA; en representación de la ASOCIACIÓN OBRERA TEXTIL,
concurren los Sres. Jorge MOLINA (DNI 10.947.530), Secretario General
de la AOT Seccional Pilar y Carlos Alberto LEDESMA (DNI 31.512.175),
Secretario de Asistencia Social, como miembros de la Comisión Interna,
los acompaña la Sra. Maria Fernanda CORREA (DNI 25.389.381) y los Sres.
Hector Orlando CONDORI (DNI 26.278.194) y Omar Homero FERNANDEZ (DNI
20.089.050).
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, manifiestan que
ratifican el acuerdo obrante a foja 2 de autos, reconociendo como suyas
las firmas allí insertas y solicitando su homologación.
El acuerdo alcanzado se realiza en el marco del CCT 500/07
Oído lo manifestado, la funcionaria actuante COMUNICA que las presentes
serán elevadas a la Superioridad, quedando sujetas al control de
legalidad previsto por la Ley N° 14.250. En este estado y no siendo
para más, a las 10.30 horas, se da por finalizado el acto firmando el
compareciente al pie de la presente, previa lectura, para constancia y
ratificación de su manifestación, ante mí, que CERTIFICO.
Expediente N° 1.663.387/15
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 16 días del mes de abril
de 2015, siendo las 10.30 horas, comparece en el MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante la Secretaria de
Conciliación del Departamento Relaciones Laborales N° 2, Dra. Gladys
IEMMA, por la ASOCIACION OBRERA TEXTIL, el Sr. Jose A. LISTO, en su
carácter de Secretario Gremial.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, y cedida la
palabra, manifiesta que ratifica el Acuerdo obrante a fojas 2,
celebrado con la empresa INDUSTRIAS LEAR DE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA,
el día 9 de enero de 2015 en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo
N° 500/07, y solicita su urgente homologación.
Oído lo manifestado, la funcionaria actuante COMUNICA que las presentes
actuaciones serán elevadas a la Superioridad para conocimiento de lo
actuado, quedando sujetas al control de legalidad establecido por la
Ley N° 14.250.
En este estado y no siendo para más, a las 11.00 horas, se da por
finalizado el acto firmando el compareciente al pie de la presente,
previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación,
ante mí, que CERTIFICO.