ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 6879 - E/2016
Buenos Aires, 23/09/2016
VISTO el Expediente N° 8733/16 del registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en
el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el ENTE NACIONAL DE
COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad
de Aplicación de las leyes N° 27.078 y 26.522, sus normas
modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias
de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS
COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE
COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que las actuaciones del Visto documentan la voluntad de MICROSOFT DE
ARGENTINA S.A. de generar un ámbito institucional para la realización
de actividades de cooperación y de asistencia técnica y tecnológica
orientadas al desarrollo y fortalecimiento de la función social de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las
Telecomunicaciones, y sus recursos asociados, en condiciones sociales y
geográficas equitativas y de calidad.
Que en el marco de sus funciones, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
deberá mantener una política pública de acción rápida y eficaz que
establezca un sendero racional en el desarrollo del sector, adaptando
la regulación a los requerimientos del sector y la sociedad y
colaborando en el reordenamiento del mercado de las comunicaciones.
Que los objetivos enunciados por MICROSOFT DE ARGENTINA S.A. son concordantes con los objetivos
de este Ente Nacional de Comunicaciones.
(Considerando rectificado por art. 1° de la Resolución N° 7374/2016 del Ente Nacional de Comunicaciones B.O. 26/10/2016).
Que en tal sentido, con fecha 05 de agosto de 2016 el Presidente del
ENACOM suscribió ad referéndum del Directorio un Convenio Marco de
Cooperación y Asistencia Tecnológica con MICROSOFT DE ARGENTINA S.A.
Que, en el marco del Convenio referido ut supra, se estableció las
actividades a realizarse, a saber: a) Intercambiar información, en
cualquier tipo de formato, relativa a nuevas tecnologías y/o
tecnologías existentes; b) Promover evaluaciones de implementación de
nuevas tecnologías; c) Proponer herramientas y mecanismos para mejorar
las tecnologías existentes; d) Promover herramientas tecnológicas de
inclusión social; e) Evaluar conjuntamente el impacto social de las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las
Telecomunicaciones; entre otras.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.
Que el DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES acordó el dictado
del presente acto administrativo, mediante la suscripción del Acta Nº
10 de fecha 18 de agosto de 2016.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Decreto Nº 267/2015 y el Acta Nº 1 de fecha 5 de enero de 2016 del
Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Ratifíquese el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia
Tecnológica suscripto entre el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES y
MICROSOFT DE ARGENTINA S.A., que como ANEXO
IF-2016-01617366-APN-ENACOM#MCO forma parte como un todo de la presente
resolución.
ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a
la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MIGUEL ANGEL
DE GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 30/09/2016 N° 72439/16 v. 30/09/2016
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)