MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Decisión Administrativa 1146/2016
Apruébase estructura organizativa.
Buenos Aires, 18/10/2016
VISTO el Expediente N° 13.314/2016 del Registro del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de
febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, 2098 de fecha 3
de diciembre de 2008 y sus modificatorios, mediante el cual se homologó
el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), 411 de fecha 26 de febrero de
2016 y 925 de fecha 9 de agosto de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 357/02, sus modificatorios y
complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de
Subsecretaría, entre ellos el referido al MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO y los objetivos de las unidades organizativas
determinadas en dicho organigrama.
Que a través del Decreto N° 411/16 se aprobó la conformación
organizativa de las Secretarías y Subsecretarías del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Que a su vez, mediante el Decreto N° 925/16, se modificaron los
Decretos Nros. 357/02 y 411/16, en los términos allí establecidos
Que, en esta instancia, corresponde la aprobación de la estructura
organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO.
Que en atención a la existencia, en el ámbito del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, del CUERPO PERMANENTE DEL SERVICIO
EXTERIOR DE LA NACIÓN, corresponde asignar a dicho personal
especializado la titularidad de diversas unidades organizativas
sustantivas de la citada Jurisdicción.
Que, asimismo, resulta necesario incorporar, homologar, reasignar y
derogar diversas unidades pertenecientes al MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la
citada Jurisdicción.
Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO, dependiente de
la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y la
SECRETARÍA DE HACIENDA, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y
FINANZAS PÚBLICAS, han tomado intervención en los aspectos que hacen a
su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por los Artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL
y 16, inciso 29 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto
438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel
operativo del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, de acuerdo
con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones que, como
Anexos Ia, Ib, Ic; Id, Ie, If, Ig, Ih, Ii, Ij, Ik y Il
(IF-2016-02238540-APN-MRE) y Il (IF-2016-02238572-APN-MRE) forman parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2° — Incorpóranse, homológanse, reasígnanse y deróganse en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas, los cargos pertenecientes al
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, según el detalle obrante
en Planillas Anexas al presente artículo (IF-2016-02238521-APN-MRE),
que forman parte integrante de la presente decisión administrativa.
ARTÍCULO 3º — Facúltase al titular del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE
PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar y/o modificar el Anexo de
Dotación de la estructura que se aprueba por el presente acto, el cual
deberá adecuarse a los cargos financiados de conformidad con la Ley de
Presupuesto vigente al momento de su aprobación.
ARTÍCULO 4° — Facúltase al titular del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE
PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, a aprobar la estructura organizativa de
nivel inferior a la aprobada por la presente decisión administrativa,
la que deberá prever un máximo de UNA (1) Auditoría Adjunta, DOS (2)
Subdirecciones Generales, TREINTA Y CUATRO (34) Direcciones, TREINTA Y
TRES (33) Coordinaciones, TRES (3) Supervisores de Auditoría y DOS (2)
Responsables de Auditoría del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal, homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus
modificatorios, las que a través de dicho acto serán incorporadas,
ratificadas, homologadas o derogadas según corresponda, en el
Nomenclador de Funciones Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel II
(Auditor y Subdirecciones Generales), III (Direcciones y Supervisores
de Auditoría) y IV (Coordinaciones y Responsables de Auditoría), con
excepción de CINCUENTA (50) Direcciones y TRES (3) Coordinaciones que
serán ocupadas por Personal perteneciente al CUERPO PERMANENTE DEL
SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5º — Las unidades organizativas asignadas al Personal
perteneciente al CUERPO PERMANENTE DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN
en la estructura que se aprueba por el Artículo 1º de la presente
medida y en la estructura de nivel inferior a cuya aprobación se
faculta en el Artículo 4º, no podrán ser ocupadas por personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL, homologado por el
Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 6° — Hasta tanto se aprueben las unidades de nivel inferior a
las aprobadas por la presente medida, conservarán su vigencia las
existentes con sus acciones, dotaciones, niveles, grados de revista y
funciones ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 7° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias
específicas correspondientes a la Jurisdicción 35 – MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
ARTÍCULO 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Susana M. Malcorra.
ANEXO Ia

ANEXO Ib
ANEXO Ic
ANEXO Id
ANEXO Ie
ANEXO If
ANEXO Ig
ANEXO Ih
ANEXO Ii
ANEXO Ij
ANEXO Ik
ANEXO Il
IF-2016-02238540-APN-MRE
ANEXO II
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en el examen y evaluación de las actividades económicas,
financieras, patrimoniales, normativas, administrativo-contables y de
gestión de la Jurisdicción, de conformidad a lo establecido en la Ley
N° 24.156, utilizando el enfoque de control integral e integrado,
promoviendo la continúa optimización de los niveles de eficacia,
eficiencia y economía de la gestión gubernamental.
ACCIONES:
1. Elaborar el planeamiento general de la Auditoría Interna a
desarrollarse en la Jurisdicción, de acuerdo con las normas generales
de control interno y de auditoría, aplicando el modelo de control
integral e integrado, y remitirlo a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN
para su discusión y aprobación final.
2. Evaluar el cumplimiento razonable de las políticas, planes y
procedimientos establecidos por la autoridad superior y opinar sobre
las normas y procedimientos vigentes o a realizarse.
3. Determinar la oportunidad y alcance de las auditorías a desarrollar
en las Representaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.
4. Revisar y evaluar los actos y la aplicación de los controles
operacionales, contables, de legalidad y financieros.
5. Verificar si las erogaciones son efectuadas y los ingresos son
percibidos de acuerdo con las normas legales y contables aplicadas, y a
los niveles presupuestarios correspondientes.
6. Determinar la precisión de las registraciones de los activos y las
medidas de resguardo tomadas para protegerlo.
7. Determinar la confiabilidad de los datos que se utilicen en la
elaboración de la información.
8. Producir informes de auditoría sobre las actividades desarrolladas
y, en su caso, formular las recomendaciones u observaciones que
correspondan, remitiendo copia a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y
efectuando su seguimiento.
9. Informar sobre los temas que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN le
requiera.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Formar y capacitar en los aspectos profesional, técnico y práctico a
los aspirantes a ingresar al Servicio Exterior de la Nación, así como
también a sus miembros.
ACCIONES:
1. Actuar en la selección e incorporación de los aspirantes al Servicio
Exterior de la Nación.
2. Capacitar en los aspectos teórico y práctico a los funcionarios del
Servicio Exterior de la Nación.
3. Dictar y supervisar los cursos de capacitación presencial o virtual
y para la promoción de los funcionarios del Servicio Exterior de la
Nación.
4. Dictar y supervisar cursos de capacitación, presenciales o virtuales
para funcionarios nacionales, provinciales y municipales vinculados con
temas de las relaciones internacionales y de la política exterior
argentina.
5. Entender en la cooperación académica y de capacitación profesional
con otras academias diplomáticas o instituciones especializadas en el
ámbito de las relaciones internacionales, como así también en el
intercambio de docentes, funcionarios y aspirantes al Servicio Exterior
de la Nación.
6. Proponer al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, las
condiciones para el ingreso al Servicio Exterior de la Nación, de
acuerdo con las normas pertinentes.
7. Tramitar y proponer becas y cursos de capacitación ofrecidos por el
Gobierno Nacional, por Gobiernos extranjeros, por Organismos
Internacionales y por Instituciones nacionales o extranjeras, públicas
o privadas para la formación y capacitación profesional de los
funcionarios del CUERPO PERMANENTE DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN.
8. Entender en la organización del material bibliográfico y documental
de interés y relevancia histórica para este Ministerio.
9. Realizar estudios y análisis sobre aquellos eventos que afecten el
contexto internacional y su probable evolución en el mediano y largo
plazo, así como el impacto que dicha evolución tendría sobre la
REPÚBLICA ARGENTINA.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
DIRECCIÓN NACIONAL DE CEREMONIAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en los Actos Protocolares, tanto en el orden Nacional como en
el Provincial, cuando participen funcionarios de otros Estados y
Huéspedes Oficiales, Representaciones Diplomáticas, Consulares y
Organismos Internacionales, Misiones Especiales y Delegaciones
Oficiales Extranjeras como, así también, las visitas y viajes del señor
Presidente de la Nación al exterior.
Actuar como órgano de enlace en las relaciones con el Cuerpo
Diplomático y Consular extranjero, así como con los Representantes de
Organizaciones Intergubernamentales y Misiones Especiales acreditados
en la REPÚBLICA ARGENTINA.
ACCIONES:
1. Intervenir en la coordinación, asistencia y asesoramiento de la
organización de los actos protocolares y ceremoniales en el ámbito del
PODER EJECUTIVO NACIONAL, en lo atinente a las Audiencias de
Autoridades, Representantes Diplomáticos y Oficiales extranjeros,
Delegaciones y Misiones Especiales con el señor Presidente de la Nación.
2. Intervenir en la organización de los viajes del señor Presidente de
la Nación al exterior, coordinando con las áreas competentes.
3. Preparar y confeccionar las cartas autógrafas y plenipotenciarias
del señor Presidente de la Nación, así como las cartas credenciales y
de retiro de los Representantes Diplomáticos argentinos.
4. Intervenir en la tramitación de las concesiones de “Placet” y de
“Exequatur”, así como la acreditación y el reconocimiento de
Representantes Diplomáticos y Consulares, Agregados de las Fuerzas
Armadas y demás miembros de las Representaciones Diplomáticas y
Consulares extranjeras, Representaciones de Organismos Internacionales
y Misiones Especiales.
5. Acreditar y otorgar las correspondientes visaciones a los miembros
de las Representaciones Diplomáticas y Consulares extranjeras, así como
a los funcionarios de Organismos Internacionales y Misiones Especiales
que deban ejercer funciones en la REPÚBLICA ARGENTINA, expidiendo las
credenciales de identidad de los mismos como, así también, otorgar,
renovar y prorrogar los pasaportes diplomáticos y oficiales de
funcionarios argentinos que cumplan misiones oficiales en el exterior.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
DIRECCIÓN DE PRENSA Y DIFUSIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en las relaciones con la prensa y los medios de comunicación
masivos, difundiendo las actividades en el campo de la política
exterior.
ACCIONES:
1. Atender y gestionar los requerimientos de los representantes de los
medios orales, escritos y televisivos, tanto locales como extranjeros.
2. Ofrecer información a través de comunicados y gacetillas de prensa y
publicaciones, vinculados con la actividad del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO en coordinación con la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
3. Relevar y gestionar la información difundida por la prensa nacional
y extranjera, relacionada con las competencias del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
4. Difundir los aspectos fundamentales de la política exterior
argentina y otros temas de interés vinculados con ella en los medios
masivos de comunicación del exterior, tendiendo a lograr el mejor
conocimiento de las actividades desarrolladas, en coordinación con las
áreas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO que correspondan.
5. Coordinar y organizar las conferencias de prensa del Titular del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y otras autoridades del
Ministerio, preparando el material informativo necesario para el caso.
6. Coordinar y administrar la imagen institucional del Ministerio en
los medios de comunicación y redes sociales.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Instrumentar la coordinación de las relaciones institucionales del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO con los requerimientos
formulados por los organismos y autoridades de los distintos poderes
del Estado, en el ámbito nacional, provincial o municipal, u originados
por los entes regionales, instituciones privadas e intermedias.
ACCIONES:
1. Formular los planes, programas y proyectos que contribuyan al
fortalecimiento de las gestiones institucionales que, en materia de
política exterior, realicen las autoridades nacionales, provinciales y
municipales, ya se trate de organismos centralizados o
descentralizados, o instituciones privadas, y aquellos otros destinados
a canalizar su participación en el diseño y ejecución de dicha política.
2. Formular los planes, programas y proyectos destinados a la promoción
de las actividades provinciales y regionales para la complementación
económica y la integración con los países limítrofes, en coordinación
con la Dirección General de Política Latinoamericana.
3. Intervenir en la elaboración y planificación de la política de
integración fronteriza en coordinación con la Dirección General de
Política Latinoamericana.
4. Intervenir en la coordinación de toda negociación entre las
autoridades provinciales y los representantes de terceros países, que
impliquen alguna obligación en las que se prevean garantías por parte
de éstos para el ESTADO NACIONAL.
5. Coordinar las relaciones institucionales con las autoridades de los
distintos poderes del ESTADO NACIONAL.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
DIRECCIÓN GENERAL DE DERECHOS HUMANOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la elaboración y en el diseño de los planes, programas,
proyectos y objetivos de política exterior en materia de Derechos
Humanos, así como participar en la conducción de la política exterior
vinculada a esos temas ante los organismos, entidades o comisiones
especiales internacionales.
ACCIONES:
1. Coordinar las relaciones con los demás Estados en los temas
vinculados a los Derechos Humanos, Derecho Humanitario y sus regímenes
legales internacionales con las áreas competentes del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
2. Intervenir en la elaboración de planes, programas y/o proyectos
operativos y cursos de acción para los eventos internacionales de
Derechos Humanos en que intervenga la REPÚBLICA ARGENTINA, en
coordinación con las demás áreas competentes de la Jurisdicción.
3. Intervenir, en coordinación con las áreas competentes, en el estudio
de la normativa de derecho interno para su compatibilización a las
normas de derecho internacional sobre Derechos Humanos.
4. Intervenir, en coordinación con las áreas competentes, en la
conclusión de tratados, acuerdos y convenios internacionales que en
materia de Derechos Humanos sea parte la REPÚBLICA ARGENTINA.
5. Propiciar los estudios, el diseño y evaluación de los proyectos,
programas y planes con otros organismos y dependencias del ESTADO
NACIONAL, que sean relevantes para la política exterior de la REPÚBLICA
ARGENTINA, en materia de Derechos Humanos, a fin de asegurar la
indispensable coherencia en la ejecución de la misma.
6. Intervenir en la coordinación de las acciones que se realicen con el
Alto Comisionado para Refugiados de las Naciones Unidas (ACNUR), en lo
que se refiere a las decisiones sobre la concesión de asilo y/o refugio
en la REPÚBLICA ARGENTINA de los extranjeros que así lo soliciten.
7. Entender sobre los temas relacionados con minorías nacionales,
étnicas, religiosas, lingüísticas y de género en el ámbito de los
organismos internacionales, coordinando su accionar con otras áreas de
la Jurisdicción competentes en la materia.
8. Entender, en coordinación con otras áreas competentes, en lo
atinente a las normas internacionales relativas a los Derechos del Niño.
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
DIRECCIÓN GENERAL DE CONSEJERÍA LEGAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar en los asuntos en que sean de aplicación los principios y las
normas del Derecho Internacional Público y Privado.
Supervisar y coordinar las acciones en materia de cooperación jurídica
internacional, de contenciosos internacionales en materia de derechos
humanos y de la confección y registro de los instrumentos
internacionales de los que sea Parte la REPÚBLICA ARGENTINA.
ACCIONES:
1. Dictaminar sobre los aspectos jurídicos de las cuestiones
internacionales de carácter político, diplomático, consular, económico,
comercial y otros relacionados con la política exterior.
2. Asesorar, desde el punto de vista del Derecho Internacional en la
celebración, manifestación del consentimiento en obligarse, aplicación
e interpretación de los tratados e instrumentos internacionales en
todas sus etapas y supervisar la preparación de la documentación
necesaria para ello.
3. Participar en reuniones internacionales referidas a temas o materias
vinculados al Derecho Internacional y elaborar las instrucciones
correspondientes.
4. Asesorar en los aspectos jurídicos internacionales de los derechos
humanos e intervenir en lo relativo al Derecho Humanitario
Internacional.
5. Entender en lo relativo al Derecho Penal Internacional y asesorar en
las cuestiones jurídicas vinculadas al terrorismo internacional, la
corrupción, el lavado de activos y la delincuencia organizada
transnacional.
6. Entender en lo relativo a la creación, aplicación e interpretación
de normas internacionales en materia de derecho del mar, marítimo,
aéreo y espacial e intervenir en lo relativo a las cuestiones fluviales
internacionales y de protección del medio ambiente, en coordinación con
las áreas competentes en la materia.
7. Asesorar, desde el punto de vista del Derecho Internacional, en las
cuestiones limítrofes y territoriales, en coordinación con las áreas
competentes en la materia.
8. Asesorar e intervenir en la elaboración, interpretación y aplicación
de normas relativas a la solución pacífica de controversias
internacionales.
9. Efectuar, de manera coordinada con las restantes áreas con
competencia en el tema, el seguimiento de las causas que tramiten ante
la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS y ante la COMISIÓN
INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, y tomar intervención en las
tratativas con reclamantes ante ambas, cuando le fuese requerido.
10. Coordinar las acciones en lo que respecta a cooperación jurídica
internacional y supervisar la actuación de la Dirección de Asistencia
Jurídica Internacional como autoridad de aplicación en las convenciones
internacionales en la materia.
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
DIRECCIÓN NACIONAL DE ASUNTOS GLOBALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en la identificación, análisis, elaboración y evaluación de
los objetivos de política exterior en los temas de agenda global.
ACCIONES:
1. Propiciar la conclusión de tratados y convenios en las materias de
su competencia.
2. Coordinar la elaboración de instrucciones para las negociaciones
internacionales en las materias de su competencia y coordinar su
cumplimiento.
3. Verificar el cumplimiento de los compromisos contraídos por la
REPÚBLICA ARGENTINA en el ámbito internacional en las materias de su
competencia y, en particular, la oportuna presentación de los informes
requeridos por convenios internacionales.
4. Asesorar a las dependencias del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y CULTO y a las pertenecientes de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL,
PROVINCIAL, MUNICIPAL y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, sobre
los hechos que se produzcan en el marco internacional y que resulten de
interés para el ejercicio de sus respectivas acciones, en coordinación
con las áreas competentes de la Jurisdicción.
5. Promover, en coordinación con la SECRETARÍA DE DEPORTES del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES las acciones vinculadas a las
actividades que desarrollen las entidades deportivas (asociaciones,
federaciones o confederaciones de distintas disciplinas) en el exterior.
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en el funcionamiento de las Representaciones Consulares.
Intervenir en la elaboración y ejecución de políticas de migración y
vinculación y asistir a los ciudadanos argentinos en el exterior, en el
ámbito de su competencia y coordinación con las áreas competentes.
ACCIONES:
1. Dirigir el funcionamiento de la Red de Representaciones Consulares
(Consulados Generales, Consulados y Secciones Consulares de Embajadas).
2. Entender en la aplicación e interpretación del Reglamento Consular,
y en cuanto al ejercicio consular de facultades delegadas por parte de
organismos de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.
3. Intervenir, en el ámbito de sus competencias, en la elaboración de
las instrucciones a las Representaciones Consulares, y en la
comunicación con las Representaciones Diplomáticas extranjeras y
Organismos Internacionales acreditados en la REPÚBLICA ARGENTINA.
4. Ejercer la superintendencia sobre la actividad notarial consular y
supervisar la intervención en documentación comercial y fiscal.
5. Entender en la elaboración e instrumentación de planes de
vinculación con los argentinos residentes en el exterior.
6. Entender en la legalización de documentación de origen extranjero
que deba hacer fe en el país y la originada en la REPÚBLICA ARGENTINA
para tener efecto en el exterior.
7. Intervenir en la fiscalización de: la recaudación de las tasas
consulares, la supervisión de las rendiciones de cuentas enviadas por
las oficinas consulares, y los pagos de las tasas percibidas por otros
organismos asociados a trámites que se realizan en las oficinas
consulares.
8. Intervenir en la fiscalización de la asistencia consular a buques y
aeronaves de bandera argentina.
9. Asesorar sobre la dotación del personal en las Representaciones
Consulares.
10. Entender en la asignación de las circunscripciones consulares y en
las dependencias jurisdiccionales administrativas de los Consulados
Generales.
11. Intervenir en la apertura y cierre de Consulados y su
recategorización.
12. Entender en la procedencia y formalidades reglamentarias de los
casos de asistencia consular a ciudadanos de terceros países en el
marco de la Decisión N° 35/00 del MERCOSUR.
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN DE LAS COMISIONES BINACIONALES VINCULADAS CON
LA CUENCA DEL PLATA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en la propuesta y coordinación de la ejecución de las
políticas y estrategias nacionales vinculadas a la Cuenca del Plata,
coordinando las posibilidades de cooperación técnica o de apoyo
financiero conducentes al desarrollo del área.
ACCIONES:
1. Proponer y coordinar la ejecución de las políticas y estrategias
nacionales referidas a la Cuenca del Plata.
2. Propiciar la identificación, ordenamiento e integración de las
políticas y estrategias de las delegaciones argentinas ante las
comisiones y organismos binacionales y multilaterales creados para el
uso, manejo y administración de los recursos hídricos compartidos y de
las obras de infraestructura existente o propuesta en la Cuenca del
Plata.
3. Requerir al Comité Hídrico de la Cuenca del Plata la realización de
estudios y programas para la utilización racional de los recursos
hídricos, especialmente por intermedio de su aprovechamiento múltiple y
equitativo.
4. Participar en la coordinación de los planes, programas, proyectos y
obras elaboradas por los distintos organismos de la ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL, así como con el Fondo Financiero para el Desarrollo
de los Países de la Cuenca del Plata (FONPLATA) y las diferentes
comisiones del Sistema de la Cuenca del Plata.
5. Evaluar y coordinar las posibilidades de cooperación técnica o de
apoyo financiero conducentes al desarrollo del área directa y
ponderable de la Cuenca del Plata.
6. Coordinar las acciones del Comité Intergubernamental Coordinador de
los Países de la Cuenca del Plata (CIC), con toda comisión establecida
en el ámbito de su competencia y de toda otra que en un futuro se
establezca.
7. Instruir y solicitar informes al Representante Argentino ante el
Comité Intergubernamental Coordinador de los Países de la Cuenca del
Plata y a los Representantes Argentinos ante organismos, comisiones o
entidades cuyo cometido se desarrolle en el ámbito de la Cuenca del
Plata.
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE
DIRECCIÓN DE ASUNTOS POLÍTICOS DEL MERCOSUR
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Propiciar el proceso de consolidación de la dimensión política del
MERCOSUR, profundizando el diálogo entre los Estados Partes y los
Asociados en una agenda política común.
ACCIONES:
1. Coordinar el seguimiento de las tareas en los órganos del MERCOSUR
en el ámbito de su competencia, en coordinación con las áreas
dependientes de la Dirección Nacional del MERCOSUR de la SUBSECRETARÍA
DE PROMOCIÓN COMERCIAL Y DESARROLLO DE INVERSIONES.
2. Asistir en el diseño de la agenda política, social y ciudadana de la
integración regional en el ámbito institucional del MERCOSUR.
3. Divulgar las políticas y la normativa del MERCOSUR.
4. Participar en la elaboración de tratados y otros instrumentos de
carácter internacional de interés para la REPÚBLICA ARGENTINA,
relacionados con su área de competencia.
5. Coordinar la agenda política del MERCOSUR.
6. Impulsar la articulación y complementación de las políticas,
acuerdos y compromisos asumidos en el ámbito del MERCOSUR con las de
otros esquemas de integración a fin de optimizar los recursos, evitar
la superposición de tareas y potenciar los esfuerzos desplegados en los
esquemas de integración en AMÉRICA DEL SUR.
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA LATINOAMERICANA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en la identificación, análisis, elaboración, evaluación y
seguimiento de los objetivos de política exterior en los países de
AMÉRICA DEL SUR, AMÉRICA CENTRAL, el CARIBE y MÉXICO, coordinando la
instrumentación de planes, programas y cursos de acción y proponiendo
las adecuaciones pertinentes.
Identificar y planificar acciones y políticas necesarias para
instrumentar la integración entre los países del área, así como también
realizar y coordinar los planes y programas destinados a profundizar el
proceso de integración, el desarrollo de zonas de frontera, en el
ámbito de su competencia y los temas relacionados con el hielo
continental patagónico, en el ámbito de su competencia.
ACCIONES:
1. Planificar las actividades de las Representaciones Diplomáticas de
la REPÚBLICA ARGENTINA en los países del área.
2. Planificar la participación en la formulación de los proyectos de
políticas y el establecimiento de planes, programas y metas a realizar
con los mencionados países, sus agrupaciones y organismos regionales
como, así también, el seguimiento de su ejecución.
3. Establecer las instrucciones y directivas destinadas a las
Representaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA en los países del área y en
los organismos internacionales, y las destinadas a las delegaciones que
participen en negociaciones bilaterales y multilaterales, e intervenir
en la definición de las instrucciones destinadas a otras
Representaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA.
4. Intervenir en el proceso de conclusión de los tratados y otros
instrumentos de carácter internacional de interés para la REPÚBLICA
ARGENTINA, relacionados con los países y regiones mencionadas, al igual
que con los organismos internacionales.
5. Actuar en las relaciones con los Jefes de Misión de las
Representaciones Argentinas en el Exterior, de terceros países
acreditados en la REPÚBLICA ARGENTINA y organizaciones internacionales
con sede en el país, realizando las gestiones que correspondieren y
formulando las directivas e instrucciones que fueren necesarias.
6. Analizar, evaluar y realizar el seguimiento de las decisiones y las
gestiones de los organismos regionales e internacionales, proponiendo
las políticas y los programas pertinentes y la confección de las
instrucciones y directivas destinadas a las Representaciones de la
REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior, y a las delegaciones que participen
de negociaciones o asistan a congresos, conferencias o reuniones en
organismos regionales e internacionales.
7. Programar los objetivos y formular estrategias de negociación y
planificación de actividades en materias de transporte terrestre,
marítimo, fluvial y en las cuestiones de comunicaciones e informática
de la región, en coordinación con las áreas de la Jurisdicción y fuera
de ella, competentes en la materia.
8. Intervenir desde el punto de vista de la política exterior en todo
lo concerniente a los límites internacionales y a los temas vinculados
con el Instituto Hielo Continental Patagónico.
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
DIRECCIÓN GENERAL DE ORGANISMOS INTERNACIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la elaboración y en el diseño de los planes, programas,
proyectos y objetivos de política exterior frente a los organismos
internacionales, con excepción de los organismos de carácter económico,
de cooperación y de los pertenecientes a AMÉRICA LATINA, CARIBE y
MÉXICO.
ACCIONES:
1. Intervenir en la instrumentación de planes y programas y los cursos
de acción que se establezcan, en cada caso, con las demás unidades
competentes de la jurisdicción ministerial y fuera de ella, proponiendo
las adecuaciones que fueran pertinentes.
2. Elaborar las instrucciones y directivas destinadas a las
Representaciones permanentes de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior y
a las delegaciones que participen de negociaciones o asistan a
congresos, conferencias o reuniones internacionales, efectuando la
coordinación necesaria con las demás unidades de la jurisdicción
ministerial y fuera de ella.
3. Participar en la preparación, implementación y seguimiento de las
negociaciones que se realicen en el área de su competencia, coordinando
su acción con las demás unidades competentes de la jurisdicción
ministerial y fuera de ella.
4. Participar en la planificación de las actividades ante los
organismos internacionales en el área de su competencia.
5. Actuar en las relaciones con los Jefes de Misión de las
Representaciones Argentinas en el Exterior, ante los organismos y
titulares de organismos internacionales acreditados en la REPÚBLICA
ARGENTINA, realizando las gestiones que correspondiere, en la
República, ante las representaciones de organismos internacionales con
sede en el país en su área de competencia y formular las directivas e
instrucciones que fueren necesarias al efecto.
6. Participar en los planes, temarios y programas operativos inherentes
a la preparación y a las actividades de las visitas oficiales y
misiones especiales argentinas al extranjero y extranjeras y de
organismos internacionales a la REPÚBLICA ARGENTINA; y supervisar las
gestiones correspondientes a que dieren lugar.
7. Implementar las gestiones que correspondiere llevar a cabo ante los
organismos internacionales en la REPÚBLICA ARGENTINA y establecer
directivas e instrucciones que fueren necesarias al efecto.
8. Intervenir en la recopilación de información, proyectando las
investigaciones y estudios necesarios para la formulación de los
planes, programas y metas del área de su competencia.
9. Participar en la conclusión de los tratados y otros instrumentos de
carácter internacional de interés para la REPÚBLICA ARGENTINA,
relacionados con el área de su competencia.
10. Participar, en el área de su competencia, en el estudio,
elaboración y evaluación de los proyectos, programas y directivas
sectoriales preparados por otros órganos de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
NACIONAL que sean relevantes para la política exterior, a fin de
asegurar la indispensable coherencia en la ejecución de la misma.
11. Profundizar la vinculación con las Organizaciones No
Gubernamentales que actúan a nivel internacional, en coordinación con
las áreas competentes de la jurisdicción ministerial.
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
DIRECCIÓN NACIONAL DE ASUNTOS CULTURALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la conducción y ejecución de la política cultural exterior
y en la promoción de la imagen argentina en el exterior y en la
difusión de la cultura nacional como instrumento de política exterior.
ACCIONES:
1. Diseñar estrategias de promoción cultural, acciones culturales y
eventos especiales en el exterior, conforme los lineamientos de
política exterior del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, en
coordinación con las áreas internas de la jurisdicción y los organismos
de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL competentes en la materia.
2. Coordinar con los organismos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y CULTO u otros organismos del ESTADO NACIONAL con competencia en la
materia, organismos internacionales, instituciones públicas y privadas
del ámbito nacional e internacional; la elaboración de instrumentos de
programación, ejecución, evaluación y control de planes, programas y/o
proyectos de cooperación cultural.
3. Participar en la programación de las actividades culturales de la
REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior, incluyendo eventos, conferencias,
exposiciones y proyectos especiales como, así también, el desarrollo de
producciones editoriales y de imagen institucional.
4. Gestionar el intercambio de artistas, académicos y estudiantes de
distintas disciplinas artísticas y culturales entre la REPÚBLICA
ARGENTINA y el exterior.
5. Promover la traducción de autores argentinos en el exterior, en
todos los países y todos los idiomas, a través del PROGRAMA SUR de
subsidios a las traducciones.
6. Intervenir en el manejo de la Colección de Arte del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
7. Participar, en materia cultural, de los Convenios Internacionales
firmados por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y en todo
Convenio o Acuerdo cultural y/o educativo con instituciones públicas o
privadas del ámbito nacional e internacional.
8. Participar en la cooperación cultural y educativa, como así también
en el intercambio de artistas, profesores y estudiantes, coordinando la
concertación de acuerdos de cooperación cultural, convenios
correspondientes y programas ejecutivos.
9. Entender en los desplazamientos de artistas, obras de arte, material
fílmico, música y literatura, en los temas vinculados a la
implementación de las acciones programadas y a la difusión de la
cultura nacional en el exterior.
10. Participar en la elaboración, supervisión y coordinación de
programas de difusión cultural a ser desarrollados por las
Representaciones Diplomáticas en el Exterior.
11. Participar en los congresos, conferencias, reuniones, muestras,
ferias y eventos internacionales cuyo temario incluya aspectos de
cooperación y difusión cultural, en coordinación con las áreas internas
de la jurisdicción con competencia en la materia.
12. Planificar los gastos correspondientes a las actividades de gestión
cultural a ser previstos en el presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, y participar en el establecimiento de las
asignaciones desagregadas por actividad o por representaciones.
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA EXTERIOR
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asesorar y colaborar con el Subsecretario de Relaciones Exteriores en
la coordinación, planificación, ejecución y seguimiento de acciones
específicas de política exterior en el ámbito bilateral respecto de los
países de AMÉRICA DEL NORTE, EUROPA, ASIA, ÁFRICA y OCEANÍA, así como
en el ámbito multilateral respecto de los organismos y foros
interregionales, regionales y subregionales de los que la REPÚBLICA
ARGENTINA sea parte.
ACCIONES:
1. Realizar las gestiones internacionales de carácter bilateral con
dichos países, o multilateral, relacionados con los temas políticos
como, así también, la identificación y elaboración de los objetivos de
política exterior.
2. Intervenir en la planificación de las actividades de las
Representaciones Diplomáticas de la República en los mencionados países.
3. Participar en la formulación de los proyectos de políticas y el
establecimiento de planes, programas y metas a realizar con dichos
países, sus agrupaciones y organismos regionales, como así también en
el seguimiento de su ejecución.
4. Coordinar con la Dirección Nacional de Asuntos Globales el análisis
permanente de los temas de política exterior, a fin de recomendar en
cada caso los criterios y las acciones que pudieran corresponder.
5. Coordinar con la Dirección Nacional de Asuntos Globales la
formulación de instrucciones destinadas a las representaciones de la
REPUBLICA ARGENTINA en el exterior, a las delegaciones que participen
en negociaciones, congresos, conferencias y reuniones internacionales,
en el área de su competencia.
6. Asistir al Subsecretario de Relaciones Exteriores en la
planificación, ejecución y seguimiento de acciones de política exterior.
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
SUBSECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA Y ATLÁNTICO SUR
DIRECCIÓN PARA LA PLATAFORMA CONTINENTAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Coordinar el desarrollo de las acciones dirigidas a consolidar los
derechos de soberanía sobre los recursos del lecho y subsuelo del mar.
Brindar servicios de cartografía, sistemas de información geográfica,
procesamiento y representación de datos espaciales.
ACCIONES:
1. Ejercer la coordinación de la Comisión Nacional del Límite Exterior
de la Plataforma Continental mediante la implementación de la
demarcación del límite exterior de la plataforma continental y
manteniendo actualizados los datos relativos al límite exterior de la
plataforma continental en las zonas pendientes de análisis en el marco
de la CONVEMAR.
2. Desarrollar un programa de concientización nacional sobre los nuevos
aspectos del límite exterior de la plataforma continental en
coordinación con los organismos nacionales vinculados a la temática.
3. Desarrollar proyectos de cooperación científica sobre temas de su
competencia con otros países, privilegiando la cooperación Sur-Sur.
4. Coordinar los contenidos y material a difundir en escuelas y
profesorados de geografía sobre el límite exterior de la plataforma
continental.
5. Coordinar la participación del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO en el Proyecto Pampa Azul y en el Programa Nacional de
Investigación e Innovación Productiva en Espacios Marítimos Argentinos,
en los temas de su competencia.
6. Procesar y representar datos espaciales, mediante el empleo de
programas informáticos específicos y de alta tecnología, a fin de
organizar bases de datos geoespaciales y representaciones gráficas
diversas, de forma tal que permita analizar una situación en particular
y facilitar la toma de decisiones.
SUBSECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA Y ATLÁNTICO SUR
DIRECCIÓN NACIONAL DE MALVINAS E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en lo relativo a la difusión de los derechos argentinos sobre
las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR Y SÁNDWICH DEL SUR Y LOS ESPACIOS
MARÍTIMOS CIRCUNDANTES.
ACCIONES:
1. Identificar y elaborar los objetivos de política exterior vinculados
con las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR Y SÁNDWICH DEL SUR,
proyectando los planes y programas necesarios para su consecución, así
como en la gestión e instrumentación de los mismos.
2. Efectuar y analizar el seguimiento permanente de las relaciones
internacionales en el área de su competencia, proponiendo las
adecuaciones que fueran pertinentes y coordinando su acción con las
demás unidades de la jurisdicción ministerial y fuera de ella.
3. Intervenir en la confección de las instrucciones y directivas
vinculadas a los temas de su competencia, destinadas a las delegaciones
que participen de negociaciones o asistan a congresos, conferencias o
reuniones internacionales, teniendo en cuenta las políticas bilaterales
y la coordinación necesaria con las demás unidades de la jurisdicción
ministerial y fuera de ella.
4. Intervenir en la preparación, implementación y seguimiento de las
negociaciones que se realicen en el área de su competencia, coordinando
su acción con las demás unidades de la jurisdicción ministerial.
5. Proyectar la planificación de las actividades vinculadas a los temas
de su competencia ante los organismos internacionales, efectuando la
coordinación necesaria con las demás unidades de la jurisdicción
ministerial.
6. Diseñar estrategias y entender en la ejecución de las acciones de
carácter bilateral y multilateral, coordinando su desarrollo con las
demás unidades competentes de la jurisdicción ministerial o fuera de
ella.
7. Preparar las directivas e instrucciones que fueren necesarias a fin
de que las oficinas por países implementen las gestiones que
correspondiere llevar a cabo en la República ante las Representaciones
Diplomáticas Extranjeras.
8. Dirigir y evaluar la recopilación de información, proyectando las
investigaciones y estudios necesarios para la formulación de los
planes, programas y metas del área de su competencia.
9. Participar en la conclusión de los tratados y otros instrumentos de
carácter internacional de interés para la REPÚBLICA ARGENTINA,
relacionados con el área de su competencia.
10. Participar en el estudio, elaboración y evaluación de los
proyectos, programas y directivas sectoriales preparados por otros
órganos de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada y
descentralizada, que sean relevantes para la política exterior en el
área de su competencia, a fin de asegurar la indispensable coherencia
en la ejecución de la misma.
SUBSECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA Y ATLÁNTICO SUR
DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICA EXTERIOR ANTÁRTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en el diseño de los objetivos de política exterior vinculados
con la Antártida Argentina, proyectando los planes y programas
necesarios para su consecución, como así también en la gestión e
instrumentación de los mismos, armonizando sus alcances y efectos con
los criterios globales de política exterior que emanan de la Política
Nacional Antártica y de aquellos que oportunamente se establezcan en
coordinación con la Dirección Nacional del Antártico.
ACCIONES:
1. Intervenir en la elaboración, evaluación y seguimiento de las
relaciones internacionales en los temas antárticos, coordinando su
acción con las demás unidades de la jurisdicción ministerial y otros
organismos del ESTADO NACIONAL.
2. Elaborar las instrucciones y directivas vinculadas a los temas de su
competencia, destinadas a las delegaciones que participen en
negociaciones o reuniones internacionales, teniendo en cuenta los
objetivos de la Política Nacional Antártica, los compromisos asumidos
en virtud de los instrumentos internacionales que integran el Sistema
del Tratado Antártico y la coordinación necesaria con las demás
unidades de la jurisdicción ministerial y otros organismos del ESTADO
NACIONAL.
3. Entender en la planificación de las actividades vinculadas a los
temas de su competencia ante los organismos internacionales
pertinentes, en coordinación, según sea necesario, con las demás
unidades de la jurisdicción ministerial y otros organismos del ESTADO
NACIONAL.
4. Asesorar en la evaluación de proyectos y programas preparados por
otros organismos del ESTADO NACIONAL que sean relevantes para la
Política Exterior Antártica.
5. Entender en todos los asuntos relativos al funcionamiento de la
SECRETARÍA DEL TRATADO ANTÁRTICO y de su sede establecida en la
REPÚBLICA ARGENTINA, de conformidad con los compromisos asumidos en
virtud de los instrumentos internacionales y con el ordenamiento
jurídico nacional, coordinando a tal fin su acción con las demás
unidades de la jurisdicción ministerial y otros organismos del ESTADO
NACIONAL.
6. Establecer lineamientos, con fundamento en los objetivos de la
Política Nacional Antártica, para la elaboración de un plan
científico-técnico antártico y de las líneas nacionales para la
investigación en la Antártida y en el área de la Convención sobre la
Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA).
7. Impulsar las acciones tendientes a la aplicación, en el ordenamiento
jurídico interno, de las obligaciones asumidas por la República a
través de los instrumentos que integran el Sistema del Tratado
Antártico.
8. Participar en la conclusión de los tratados y otros instrumentos de
carácter internacional de interés para la República, relacionados con
el área de su competencia.
9. Contribuir, en coordinación con las demás unidades de la
jurisdicción ministerial y del Estado Nacional y Estados Provinciales
que correspondieren, en impulsar el desarrollo de las capacidades
antárticas de la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL
ATLÁNTICO SUR, de acuerdo con los objetivos e intereses de la política
exterior y de la Política Nacional Antártica.
SUBSECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA Y ATLÁNTICO SUR
DIRECCIÓN NACIONAL DEL ANTÁRTICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en la planificación, coordinación, dirección, control,
promoción, difusión y evaluación de la actividad antártica argentina, a
fin de lograr el cumplimiento de los objetivos de la Política Nacional
Antártica establecidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
ACCIONES:
1. Actuar como Autoridad de Aplicación en el ámbito nacional, en
coordinación con la SUBSECRETARÍA DE MALVINAS, ANTÁRTIDA Y ATLÁNTICO
SUR, de la normativa antártica vigente aplicable al desarrollo de
actividades de orden público o privado en la Antártida Argentina, con
particular énfasis en aquellas relativas a la protección del medio
ambiente emanadas de las Leyes Nros. 24.216, 25.260 y 25.263 y
concordantes, y promover su aplicación.
2. Elaborar, coordinar y ejecutar el Plan Anual Antártico científico,
técnico y de servicios en coordinación con las demás unidades de la
jurisdicción ministerial y otros organismos del ESTADO NACIONAL
competentes, cuando corresponda, y coordinar con otros organismos e
instituciones académicas nacionales el desarrollo de proyectos
científico-técnicos específicos.
3. Establecer y regular las funciones y actividades de las bases
antárticas, y de su personal a cargo y, en coordinación con las áreas
responsables de la jurisdicción ministerial, formular las necesidades
presupuestarias y proponer las políticas de recursos humanos adecuadas
para las actividades antárticas.
4. Coordinar con los organismos competentes del MINISTERIO DE DEFENSA
la adecuada implementación de los requerimientos logísticos para el
desarrollo de los planes científico-técnicos y otros objetivos de la
Política Nacional Antártica.
5. Evaluar, en conjunto con los organismos competentes del MINISTERIO
DE DEFENSA, el despliegue y la operación de bases y otras instalaciones
antárticas, asegurando una adecuada complementariedad entre operadores.
6. Coordinar con los organismos nacionales y provinciales competentes,
y con el sector privado especializado, las políticas relativas a las
actividades turísticas en el Sector Antártico Argentino.
7. Entender en las evaluaciones de impacto ambiental de las actividades
nacionales —públicas o privadas— que se desarrollan en la Antártida
Argentina y su aprobación.
8. Coordinar, conjuntamente con el Instituto Geográfico Nacional y el
Servicio Hidrográfico Nacional y demás organismos competentes, el
diseño, implementación y revisión permanente de un Plan Integral
Cartográfico y Batimétrico para el Sector Antártico Argentino.
9. Promover la difusión de información en los niveles formales de
educación pública y privada, como así también en la comunidad en
general, sobre la Política Nacional Antártica, el Sistema del Tratado
Antártico y sobre las actividades realizadas por la REPÚBLICA ARGENTINA
en la Antártida y sus resultados, en coordinación con las áreas
competentes.
10. Promover actividades de capacitación y difusión sobre asuntos
antárticos, tanto en el orden nacional como internacional, en especial
entre el personal de la Dirección Nacional del Antártico y del
Instituto Antártico Argentino.
11. Promover la recuperación y puesta en valor del patrimonio
histórico, arqueológico y cultural argentino existente en la Antártida
Argentina.
12. Fomentar y estimular la cooperación científica, técnica y logística
con otras Partes del Tratado Antártico, en coordinación con las demás
unidades de la jurisdicción ministerial y otros organismos del ESTADO
NACIONAL, cuando corresponda.
13. Contribuir, en coordinación con las demás unidades de la
jurisdicción ministerial y del Estado Nacional y Estados Provinciales
que correspondieren, en el desarrollo de las capacidades antárticas de
la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR,
de acuerdo con los objetivos e intereses de la política exterior y de
la Política Nacional Antártica.
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
DIRECCIÓN NACIONAL CENTRO DE ECONOMÍA INTERNACIONAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Realizar análisis económicos y comerciales internacionales y estudios e
investigaciones, brindando información y asesoramiento a la Secretaría
para la puesta en práctica de los objetivos de política exterior de la
REPÚBLICA ARGENTINA en materia económica y comercial.
ACCIONES:
1. Realizar y proponer informes y análisis estadísticos y econométricos
sobre cuestiones económicas y comerciales bilaterales, regionales,
subregionales y multilaterales de relevancia para los intereses de la
REPÚBLICA ARGENTINA.
2. Realizar y proponer estudios económicos y comerciales que analicen y
monitoreen las tendencias de la economía y del comercio internacional y
de los aspectos financieros, de inversiones, productivos y sectoriales
internacionales.
3. Realizar y proponer estudios sobre el desempeño económico de los
principales países y socios comerciales de la REPÚBLICA ARGENTINA, los
flujos de capitales financieros, de los mercados de productos básicos y
otras temáticas de relevancia para la economía argentina.
4. Realizar estudios relativos a la inserción de la REPÚBLICA ARGENTINA
en el MERCOSUR y en otras iniciativas regionales, subregionales y
birregionales, incluyendo el análisis de la situación macroeconómica de
los Estados Partes y socios potenciales, el monitoreo del comercio
intra y extra regional y el seguimiento de los sectores productivos más
relevantes.
5. Realizar y proponer estudios y análisis de coyuntura sobre los temas
de agenda de las negociaciones en los distintos foros económicos y
comerciales internacionales, regionales y birregionales.
6. Realizar el seguimiento regular de las principales variables
macroeconómicas de la REPÚBLICA ARGENTINA, en particular en lo que se
refiere al comercio exterior y a la integración regional y producir los
informes que se le soliciten.
7. Brindar apoyo técnico y proveer información económica, comercial y
financiera regular para el trabajo cotidiano de las áreas dependientes
de la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN COMERCIAL Y DESARROLLO DE INVERSIONES y
sedes en el exterior.
8. Elaborar y mantener una base actualizada y desagregada de datos e
indicadores económicos y comerciales de importancia internacional.
9. Dirigir, en coordinación con la Biblioteca del Instituto del
Servicio Exterior de la Nación, las actividades de la Biblioteca del
Centro de Economía Internacional y mantener actualizado su acervo.
10. Proponer la celebración de convenios de asistencia técnica y
participar en programas de cooperación internacional y de intercambio
con otras instituciones internacionales equivalentes, dentro del ámbito
de sus competencias.
11. Realizar seminarios, congresos, conferencias y jornadas de carácter
académico y de promoción en el marco de las tareas de difusión y
estudio que le encomiende la SECRETARÍA DE PROMOCIÓN COMERCIAL Y
DESARROLLO DE INVERSIONES.
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA AMERICANA Y MERCOSUR
DIRECCIÓN NACIONAL DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA AMERICANA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir en la formulación y ejecutar políticas y cursos de acción que
fortalezcan la integración económica bilateral y multilateral a nivel
regional y subregional con AMÉRICA, excepto el MERCOSUR, participando
en los ámbitos correspondientes.
ACCIONES:
1. Coordinar la participación de la REPÚBLICA ARGENTINA en las
negociaciones económicas bilaterales y multilaterales con los países de
AMÉRICA, a excepción del MERCOSUR y sus Estados partes, en coordinación
con las dependencias nacionales competentes.
2. Formular y proponer políticas que promuevan el desarrollo y la
integración económica a nivel bilateral y multilateral, en coordinación
con las dependencias nacionales competentes.
3. Contribuir con la identificación de oportunidades y la propuesta de
políticas tendientes a la apertura y el desarrollo de nuevos mercados
para la oferta exportable argentina.
4. Participar en las reuniones económicas que se desarrollen en los
organismos regionales, en las negociaciones económicas con las misiones
enviadas por organizaciones regionales y subregionales a la REPÚBLICA
ARGENTINA y en la formulación de las directivas e instrucciones.
5. Participar en los procesos de negociación y aprobación de los
instrumentos que materialicen acuerdos relacionados con los países y
organismos de AMÉRICA.
6. Instruir a las Representaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA y
Delegaciones oficiales en los temas y ámbitos de su competencia.
7. Coordinar los procesos de negociación y aprobación de los
instrumentos que materialicen los acuerdos relativos a las
negociaciones económicas internacionales con los ESTADOS UNIDOS DE
AMÉRICA y CANADÁ.
8. Establecer mecanismos de diálogo político y de cooperación con otros
países y ámbitos de integración regionales, basados en el respeto
irrestricto al derecho internacional.
SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA AMERICANA Y MERCOSUR
DIRECCIÓN NACIONAL DE ASUNTOS ECONÓMICOS DEL MERCOSUR
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Participar en las negociaciones multilaterales y bilaterales de la
REPÚBLICA ARGENTINA en materia de integración económica con los Estados
partes del MERCOSUR y con aquellos países en proceso de incorporación.
Participar en las negociaciones de acuerdos asociativos de naturaleza
económica del MERCOSUR con otros países o esquemas de integración
ACCIONES:
1. Representar a la REPÚBLICA ARGENTINA en los órganos del MERCOSUR y
en las negociaciones de los Grupos, Subgrupos de Trabajo, Grupos Ad
hoc, Comités Técnicos, Reuniones Especializadas y Reuniones de
Ministros, con el fin de profundizar el proceso de integración
regional, en el ámbito de su competencia.
2. Coordinar con las áreas competentes del ESTADO NACIONAL la posición
de la REPÚBLICA ARGENTINA en los distintos temas de negociación, así
como el seguimiento de la implementación interna de las medidas
acordadas en el ámbito del MERCOSUR.
3. Participar en las negociaciones económicas bilaterales con los demás
Estados Partes del MERCOSUR o con aquellos países en proceso de
incorporación, en la negociación y aprobación de acuerdos económicos.
4. Participar en la formulación y desarrollo de acuerdos asociativos de
naturaleza económica entre el MERCOSUR y los países de AMÉRICA, EUROPA,
ÁFRICA, ASIA y OCEANÍA así como la UNIÓN EUROPEA; incluyendo aquellos
realizados con países, organismos regionales de integración económica y
otras entidades de objeto similar.
5. Coordinar con las dependencias nacionales competentes la posición
argentina respecto de la vinculación del MERCOSUR con otros países,
bloques regionales y subregionales y organismos internacionales.
6. Elaborar propuestas de cursos de acción en relación con los
objetivos prioritarios de política exterior en materia de negociaciones
económicas del MERCOSUR con la UNIÓN EUROPEA y los demás países de
EUROPA, ÁFRICA, ASIA y OCEANÍA, en combinación con las restantes
dependencias nacionales competentes.
7. Instruir a las Representaciones de la REPÚBLICA ARGENTINA y
Delegaciones oficiales en los temas y ámbitos de su competencia.
8. Coordinar el funcionamiento del Fondo de Convergencia Estructural
del MERCOSUR.
9. Impulsar la agenda política, social y ciudadana de la integración
regional en el marco de las distintas instancias y órganos auxiliares
de la estructura institucional del MERCOSUR, entre otros en el Foro de
Consulta y Concertación Política, las Reuniones de Ministros, la
Comisión de Coordinación de Ministros de Asuntos Sociales, las
Reuniones Especializadas, el Instituto de Políticas Públicas en
Derechos Humanos y el Instituto Social del MERCOSUR.
10. Incrementar la participación institucional de los Estados Asociados
en la dimensión política y social del MERCOSUR.
11. Articular y complementar las políticas, acuerdos y compromisos
asumidos por los Estados Partes y Estados Asociados con las iniciativas
que esos mismos países desarrollan en la UNASUR y la CELAC.
12. Participar en las negociaciones que tienen lugar en el ámbito
institucional del MERCOSUR, a través de la articulación y consenso de
visiones con otros organismos del ESTADO NACIONAL.
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS MULTILATERALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Contribuir a la formulación y ejecución de políticas en materia de
negociaciones multilaterales y realizar acciones tendientes a la
concreción de los objetivos de política exterior de tipo multilateral,
en coordinación con las restantes dependencias nacionales
correspondientes, así como asesorar a la SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES
ECONÓMICAS INTERNACIONALES en las propuestas de líneas de acción
relacionadas con las cuestiones jurídico-institucionales y en el
ordenamiento y sistema de resolución de controversias económicas.
ACCIONES:
1. Impulsar políticas y cursos de acción en materia de relaciones
económicas favorables al desarrollo nacional, a nivel multilateral, en
coordinación con las restantes dependencias nacionales competentes.
2. Coordinar la participación de la REPÚBLICA ARGENTINA en las
negociaciones en el ámbito de los organismos multilaterales
internacionales de carácter económico y comercial, así como en la
ejecución de políticas y programas e iniciativas de carácter económico
en dichos ámbitos.
3. Coordinar los procesos de elaboración y aprobación de los
instrumentos que materialicen los acuerdos y decisiones relativos a las
negociaciones económicas internacionales multilaterales de interés para
la REPÚBLICA ARGENTINA, en el ámbito de los organismos especializados
de las NACIONES UNIDAS, y de otras organizaciones y agrupaciones de
interés para la REPÚBLICA ARGENTINA.
4. Participar en las negociaciones internacionales en el marco de las
Instituciones Financieras Internacionales, en coordinación con las
dependencias correspondientes del ESTADO NACIONAL, en particular con el
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS.
5. Participar en la ejecución de políticas y estrategias para la
apertura y el desarrollo de nuevos mercados en el mundo para la oferta
exportable argentina, con vistas al desarrollo sustentable.
6. Coordinar la formulación de posiciones y políticas referidas a
cuestiones económicas y comerciales, particularmente de naturaleza
multilateral y de interés prioritario para la REPÚBLICA ARGENTINA, en
coordinación con las restantes dependencias del ESTADO NACIONAL.
7. Implementar cursos de acción de acuerdo con propuestas tendientes a
promover la cooperación económica en el ámbito de las negociaciones
multilaterales, particularmente la Cooperación Sur-Sur, conforme a los
acuerdos existentes y los que a tal efecto se suscriban.
8. Supervisar las cuestiones relacionadas con los mecanismos de
solución de controversias internacionales, así como proveer el
cumplimiento de la asesoría jurídica económica internacional en
coordinación con las áreas pertinentes del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO.
9. Proponer las instrucciones y directivas para las Representaciones de
la REPÚBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales que participen en
negociaciones económicas multilaterales en el área de su competencia y
efectuar su seguimiento.
SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
DIRECCIÓN NACIONAL DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS BILATERALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Contribuir a la formulación y ejecución de políticas y cursos de acción
en materia de negociaciones económicas bilaterales con los países de
EUROPA, ASIA, ÁFRICA y OCEANÍA.
ACCIONES:
1. Impulsar la formulación de políticas y supervisar la ejecución de
cursos de acción en materia de relaciones económicas bilaterales
favorables al desarrollo nacional con los países de EUROPA, ASIA,
ÁFRICA y OCEANÍA con los que la REPÚBLICA ARGENTINA mantiene
relaciones, en coordinación con las dependencias nacionales
correspondientes.
2. Coordinar la participación de la REPÚBLICA ARGENTINA en las
negociaciones económicas bilaterales en articulación con las restantes
dependencias nacionales que correspondan.
3. Participar en los procesos de negociación y aprobación de los
instrumentos que materialicen los acuerdos relativos a las
negociaciones económicas internacionales bilaterales de interés para la
REPÚBLICA ARGENTINA.
4. Coordinar la representación nacional y preparación de las reuniones
económicas bilaterales que se desarrollen en nuestro país y en el
exterior, cuyo objeto sea el seguimiento de relaciones bilaterales en
materia económica, en articulación con las restantes dependencias
nacionales que correspondan.
5. Participar en la formulación y desarrollo de acuerdos asociativos de
naturaleza económica con la UNIÓN EUROPEA, los demás países de EUROPA,
ASIA, ÁFRICA y OCEANÍA y otros esquemas regionales; incluyendo aquellos
realizados con países, organismos regionales de integración económica y
otras entidades de objeto similar.
6. Elaborar propuestas de cursos de acción en relación con los
objetivos prioritarios de política exterior en materia de negociaciones
económicas con los países EUROPA, ASIA, ÁFRICA y OCEANÍA, en
coordinación con las restantes dependencias nacionales correspondientes.
7. Fortalecer las relaciones económico-comerciales bilaterales con los
países de EUROPA, ASIA, ÁFRICA y OCEANÍA, a través de la negociación de
los instrumentos de acceso a mercados para la oferta exportable
argentina, en el marco del desarrollo de reuniones, comisiones mixtas y
consultas bilaterales; así como de los diálogos bilaterales con la
UNIÓN EUROPEA y otros esquemas y acuerdos regionales.
8. Identificar oportunidades y elaborar propuestas de políticas y
estrategias para la apertura y el desarrollo de nuevos mercados en el
mundo para la oferta exportable argentina, con vistas a favorecer el
desarrollo nacional.
9. Elaborar las instrucciones y directivas para las Representaciones de
la REPÚBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales en los temas y ámbitos
de su competencia.
10. Fortalecer la vinculación estratégica con la UNIÓN EUROPEA, a fin
de profundizar las relaciones de carácter económico comercial y
promover la ampliación y diversificación del intercambio comercial.
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN COMERCIAL Y DESARROLLO DE INVERSIONES
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE EXPORTACIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Participar en las estrategias de promoción de exportaciones argentinas
en coordinación con las demás dependencias nacionales con competencia
en la materia.
ACCIONES:
1. Comunicar a las Representaciones Argentinas en el Exterior las
instrucciones en materia de promoción de exportaciones.
2. Supervisar las acciones de promoción de exportaciones e inversiones
que realizan las Representaciones Argentinas en el Exterior.
3. Colaborar en la ejecución de los planes de acción en materia de
promoción de las exportaciones de productos y servicios en los mercados
extranjeros.
4. Colaborar en la organización de ferias, concursos, muestras,
misiones u otras actividades para la promoción de exportaciones, en
coordinación con los demás organismos competentes.
5. Colaborar en la ejecución, en el extranjero, de los planes de acción
en materia de promoción de las exportaciones.
6. Colaborar con asociaciones empresarias y cámaras sectoriales locales
en materia de promoción de exportaciones, en coordinación con las demás
dependencias nacionales.
SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN COMERCIAL Y DESARROLLO DE INVERSIONES
DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE INVERSIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Participar en las estrategias de desarrollo de inversiones extranjeras
en coordinación con las demás dependencias nacionales con competencia
en la materia.
ACCIONES:
1. Comunicar a las Representaciones Argentinas en el Exterior las
instrucciones en materia de inversiones.
2. Supervisar las acciones de desarrollo de inversiones que realizan
las Representaciones Argentinas en el Exterior.
3. Colaborar con la organización de ferias, concursos, muestras,
misiones u otras actividades para el desarrollo de inversiones
productivas en nuestro país, en coordinación con los demás organismos
competentes.
4. Colaborar con la ejecución, en el extranjero, de los planes de
acción en materia de desarrollo de la inversión extranjera.
5. Colaborar con asociaciones empresarias y cámaras sectoriales locales
en materia de inversión extranjera, en coordinación con las demás
dependencias nacionales.
SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN COMERCIAL Y DESARROLLO DE INVERSIONES
DIRECCIÓN NACIONAL DE ANÁLISIS Y ESTRATEGIAS PARA LAS EXPORTACIONES E
INVERSIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Elaborar estudios y realizar propuestas que faciliten la adopción de
estrategias de promoción comercial y de desarrollo de inversiones
extranjeras en la REPÚBLICA ARGENTINA en coordinación con las demás
dependencias nacionales con competencia en la materia.
ACCIONES:
1. Formular propuestas de planes de acción de las Representaciones
Argentinas en lo relativo al relevamiento de información comercial y de
flujos de inversión.
2. Intervenir en la propuesta de estrategias de promoción comercial de
acuerdo a la recopilación de información comercial externa.
3. Elaborar estudios comerciales y de flujo de inversiones con base en
el análisis de información suministrada por las representaciones
argentinas en el Exterior, los organismos nacionales, provinciales y
municipales, así como bases de datos internacionales.
4. Proponer estrategias para promover las exportaciones de productos y
servicios argentinos en el exterior, así como para el desarrollo de
inversiones extranjeras en nuestro país, en coordinación con las áreas
competentes.
5. Estructurar y sistematizar información sobre las exportaciones y las
inversiones —desde y hacia la REPÚBLICA ARGENTINA— a través del
desarrollo, mantenimiento, actualización y operación del portal
Argentina Trade Net, el Banco de Proyectos de Inversión Productiva
(BAPIP) y sitios vinculados, en coordinación con los organismos
nacionales, provinciales y municipales pertinentes.
6. Proponer estrategias relacionadas a la radicación en la REPÚBLICA
ARGENTINA de nuevas inversiones extranjeras productivas, en
coordinación con las áreas competentes.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DIRECCIÓN DE DESPACHO, MESA DE ENTRADAS, ATENCIÓN AL PÚBLICO Y ARCHIVO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Gestionar la recepción y salida de la documentación administrativa del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y sus Representaciones
Argentinas en el Exterior, y la proveniente de otras jurisdicciones
ministeriales, Secretarías de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y organismos descentralizados o dirigida a los
mismos.
Recibir y despachar la documentación de particulares, efectuar el
seguimiento de trámites administrativos de la jurisdicción, cumpliendo
y haciendo cumplir las normas relativas a procedimientos
administrativos.
ACCIONES:
1. Intervenir en la coordinación de la recepción, registro,
tramitación, protocolización y notificación de expedientes y proyectos
de Leyes, Decretos, Decisiones Administrativas, Mensajes, Convenios,
Acuerdos, Resoluciones y Disposiciones del Ministerio.
2. Supervisar la coordinación del giro de la documentación a las
distintas áreas conforme la responsabilidad primaria asignada a cada
una de ellas, controlando el cumplimiento de los plazos de tramitación.
3. Intervenir en la coordinación, según corresponda, de la publicación
de los actos administrativos emitido por el MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO en el Boletín Oficial.
4. Autenticar las firmas de funcionarios del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO.
5. Supervisar el seguimiento de los trámites y asesorar e informar a la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, cuando ésta
lo requiera.
6. Brindar información a los que acrediten condición de parte acerca
del estado de tramitación de los expedientes y proyectos de Leyes,
Decretos, Decisiones Administrativas, Mensajes, Resoluciones del
titular del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, señores
Secretarios y Subsecretarios.
7. Intervenir en la coordinación del registro y guarda de los
expedientes y Resoluciones del titular del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, Secretarios y Subsecretarios Ministeriales, las
Disposiciones de los Directores Nacionales, Directores Generales
incluidos los actos clasificados como “SECRETO” y “RESERVADO”.
8. Supervisar la elaboración de planillas de seguimiento y control de
gestión administrativa de los trámites para información del titular del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, Jefe de Gabinete de la
Unidad Ministro, Secretarios y Subsecretarios Ministeriales.
9. Llevar el despacho del titular del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, elevando para su intervención todos aquellos
proyectos, originados en el Ministerio o en otras jurisdicciones, que
se encuentren analizados desde el punto de vista técnico legal y que
requieran su refrendo.
10. Entender en el control de los proyectos de actos administrativos,
desde el punto de vista formal, y formular las observaciones
pertinentes que pudieren corresponder, de acuerdo con la normativa
legal vigente.
11. Supervisar las acciones del correo diplomático.
12. Supervisar la recepción, guarda, reordenamiento, conservación,
restauración y digitalización de la documentación histórica.
13. Supervisar la preservación del fondo documental del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, cualquiera sea su soporte, generado por
la jurisdicción y sus dependencias y representaciones argentinas en el
exterior, en el desarrollo y cumplimiento de sus misiones y funciones,
asegurando la recepción, guarda, ordenamiento, conservación,
restauración y digitalización de las documentaciones de personal y
financieras.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DIRECCIÓN DE FRANQUICIAS
RESPONSABILIDAD
Intervenir en la aplicación de la reglamentación del Régimen de
Franquicias y Privilegios Impositivos correspondientes a los miembros
de las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares extranjeras
y argentinas, de funcionarios de Organismos Internacionales y Misiones
Especiales acreditados en la REPÚBLICA ARGENTINA.
Entender en la tramitación de todas las cuestiones relativas al Régimen
de Franquicias y Privilegios Impositivos.
ACCIONES:
1. Supervisar el otorgamiento de las franquicias de importación y
exportación de automotores y de efectos personales, así como de insumos
importados, solicitadas por las Representaciones Diplomáticas,
Consulares, Organismos Internacionales y Misiones Especiales
acreditados en la REPÚBLICA ARGENTINA y sus correspondientes
funcionarios.
2. Supervisar el otorgamiento de las franquicias de los efectos
personales, incluidos los automotores, de los funcionarios del Servicio
Exterior y demás funcionarios nacionales que sean trasladados en misión
oficial o regresen a la República luego de cumplir la misma.
3. Autorizar la adquisición y su eventual nacionalización, de
automóviles en el marco de la Ley Nº 19.486, sus normas reglamentarias
y complementarias.
4. Supervisar el otorgamiento de las placas patentes especiales y las
cédulas de identificación de automotor y de los autorizados a conducir,
para los automotores importados y nacionales adquiridos por las
Representaciones Diplomáticas, Consulares, Organismos Internacionales y
Misiones Especiales acreditados en la REPÚBLICA ARGENTINA y sus
correspondientes funcionarios.
5. Supervisar la tramitación de la exención y eventual reintegro del
Impuesto al Valor Agregado a las Representaciones Diplomáticas,
Consulares, Organismos Internacionales y Misiones Especiales
acreditados en la REPÚBLICA ARGENTINA y sus correspondientes
funcionarios.
6. Intervenir en la nacionalización y autorizar la reexportación, el
abandono a una compañía de seguro y la transferencia a otro
beneficiario con derecho al régimen de franquicias de los automotores
importados solicitados por las Representaciones Diplomáticas,
Consulares, Organismos Internacionales y Misiones Especiales
acreditados en la República y sus correspondientes funcionarios.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DIRECCIÓN DE SUMARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en todas las actividades vinculadas con la información y con
la substanciación de los sumarios administrativos disciplinarios que
corresponda instruir al personal de la jurisdicción ministerial.
ACCIONES:
1. Instruir los sumarios, informaciones sumarias e investigaciones que
se sustancien para determinar la responsabilidad patrimonial y
disciplinaria.
2. Investigar los hechos u omisiones que han dado lugar a la
realización del sumario.
3. Investigar aquellos hechos u omisiones que, tomado conocimiento, se
infiera que pudiera dar lugar a la realización de un sumario.
4. Supervisar la recopilación de los informes y la documentación
necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la responsabilidad
patrimonial emergente, proponiendo a los organismos competentes el
ejercicio de las acciones de recupero.
5. Fiscalizar la realización de diligencias a que alude el Reglamento
de Investigaciones y de toda otra que resulte necesaria.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DIRECCIÓN DE TRADUCCIONES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en la planificación, coordinación y realización de las
actividades de interpretación y traducción de la documentación
solicitada por las distintas áreas internas del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y por la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ACCIONES:
1. Implementar y dirigir la organización referente a la provisión de
los servicios de interpretación simultánea e interpretación consecutiva
requeridos por las distintas áreas del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO como, así también, los solicitados por la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
2. Brindar asistencia oficial en materia de traducción e interpretación
al Primer Magistrado y al titular del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, tanto en la REPÚBLICA ARGENTINA como en el
Exterior, en las audiencias, reuniones bilaterales y multilaterales,
visitas oficiales y demás actividades que requieran de los servicios de
traducción e interpretación.
3. Participar, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, en el proceso de selección y en la
propuesta de designación de los traductores e intérpretes que se
desempeñarán en el área como, así también, de los traductores e
intérpretes externos temporarios cuando los requerimientos en la
materia así lo ameriten.
4. Verificar el cumplimiento de los principios que regulan la actividad
como, así también, de las leyes, reglamentos y demás disposiciones que
rigen el ejercicio profesional de los traductores en el ámbito de la
jurisdicción.
5. Aplicar los principios regulados por la Ley de Confidencialidad Nº
24.766.
6. Dirigir y actualizar los sistemas de control de todos los documentos
que se someten al proceso de traducción.
7. Planificar, en coordinación con las áreas competentes, la
capacitación específica y continua del cuerpo de traductores e
intérpretes de la Dirección de Traducciones.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN, GESTIÓN Y CONTROL DEL GASTO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Intervenir en la planificación, gestión y control de la ejecución
presupuestaria así como a las proyecciones y previsiones del gasto
correspondiente a las diferentes partidas de gastos de las
Representaciones Argentinas en el Exterior.
ACCIONES:
1. Analizar la información referente a los presupuestos, a la ejecución
presupuestaria así como a las proyecciones y previsiones del gasto
correspondiente a las diferentes partidas de gastos de las
Representaciones Argentinas en el Exterior.
2. Proponer e instrumentar la elaboración de los actos administrativos
que dispongan la asignación y transferencia de las partidas de gastos
de las Representaciones Argentinas en el Exterior.
3. Confeccionar y mantener actualizada la base de asignaciones
correspondientes al Personal Local de las Representaciones en el
Exterior, elaborando y proponiendo las asignaciones correspondientes
así como los informes vinculados con la situación laboral del citado
personal.
4. Asesorar a las autoridades del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO sobre los aspectos financieros de los aportes a los Organismos
Internacionales, manteniendo un contacto permanente con la Dirección de
Organismos Internacionales en lo relativo al pago de cuotas y
contribuciones.
5. Instrumentar la elaboración de proyectos de actos administrativos
referentes a la transferencia de cuotas y contribuciones a los diversos
Organismos Internacionales.
6. Intervenir en el diseño de los procedimientos relacionados con la
gestión, administración y registro de gastos de las Representaciones en
el Exterior, promoviendo el dictado de normas tendientes a optimizar el
seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria de las diversas
partidas.
7. Ejercer el seguimiento y control de gestión de las Representaciones
Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior,
asesorando al señor Subsecretario de Coordinación y Cooperación
Internacional sobre la metodología más apta para ejecutar el proceso
dispuesto y los cursos de acción a adoptar en cada caso.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Dirigir las actividades relativas a los servicios contables,
económicos, financieros, presupuestarios, patrimoniales, de
administración y gestión del Servicio Administrativo Financiero de la
Jurisdicción.
ACCIONES:
1. Intervenir en todos los actos administrativos vinculados con la
gestión económica, financiera y presupuestaria de la Jurisdicción, con
arreglo a las normas legales y reglamentarias vigentes.
2. Entender en el proceso de compras y contrataciones del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, interviniendo en las etapas asociadas
con el mismo.
3. Entender en las rendiciones del exterior en tiempo y forma, sobre
las remesas requeridas para hacer frente a las erogaciones programadas,
conforme a las regulaciones internas y externas.
4. Entender en la planificación financiera y en la ejecución del flujo
de fondos del Ministerio.
5. Entender en las rendiciones de cuentas sobre fondos asignados a las
unidades ejecutoras y en las rendiciones de cuentas de partidas
asignadas a las Representaciones del Exterior.
6. Planificar un sistema de contabilidad general acorde a las
disposiciones legales vigentes, con criterio de homogeneidad en todas
sus aplicaciones.
7. Entender en el procesamiento de la información mediante la
aplicación de sistemas de tipo uniforme y programas homogéneos para la
obtención de resultados comparables con otras áreas gubernamentales.
8. Entender en la coordinación de la programación, ejecución y control
del presupuesto asignado a la jurisdicción.
9. Planificar, en coordinación con el área competente en materia de
tecnologías de la información y de comunicaciones, el diseño y puesta
en operación de programas informáticos para el mejoramiento de los
sistemas administrativos, contables y financieros.
10. Entender en los procesos de ordenamiento de los archivos de la
documentación financiera de la Dirección General y en la digitalización
de los mismos.
11. Brindar apoyo administrativo a las máximas autoridades del
organismo y dar cumplimiento a las políticas, normas y procedimientos
que elaboren los órganos rectores de los sistemas de administración
financiera.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS Y ADMINISTRACIÓN DE
BIENES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir en los procesos de planificación y evaluación del mantenimiento
de todos los bienes muebles e inmuebles, propios, en posesión o
tenencia del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y de las
Representaciones Argentinas en el Exterior.
ACCIONES:
1. Establecer las especificaciones técnicas para la adquisición de
materiales, suministros, máquinas y equipos, así como la contratación
de servicios para sectores solicitantes.
2. Proponer y supervisar la ejecución de los proyectos arquitectónicos
de construcción, ampliación, remodelación y modificación de los
inmuebles del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
3. Supervisar la conservación, restauración y reparación de los muebles
la jurisdicción.
4. Entender en la elaboración de cálculos y costos en el área de su
competencia.
5. Entender en la supervisión técnica, control y fiscalización de los
servicios contratados que atienden las necesidades de infraestructura,
estableciendo los estándares de trabajo aceptados y apropiados para los
proyectos y obras de construcción.
6. Entender en la elaboración de mecanismos de verificación técnica y
calificación de las adquisiciones efectuadas por áreas del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y sus Representaciones Argentinas en
el Exterior.
7. Intervenir en el diseño del plan de adquisiciones de bienes muebles,
inmuebles y servicios para la jurisdicción.
8. Entender en el trámite administrativo y recepción de los bienes y
servicios que adquiera la jurisdicción.
9. Dirigir y coordinar los servicios de mayordomía, mensajería,
limpieza y jardinería del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
10. Supervisar la incorporación de los bienes inventariables al
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y a las Representaciones
Argentinas en el Exterior y proponer el dictado de las normas
necesarias que permitan el mantenimiento preventivo, conservación y
resguardo de los bienes que conforman el patrimonio jurisdiccional.
11. Administrar y mantener el parque automotor de la jurisdicción.
12. Entender en la disposición del resguardo y seguro de bienes de alta
siniestralidad o clasificados como de alto valor.
13. Intervenir en la elaboración de planes y acciones tendientes a la
prevención y protección de las personas de la Jurisdicción, de sus
visitantes, bienes e información del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO.
14. Entender en la elaboración del plan de contratación y renovación de
alquileres u otras formas alternativas de tenencia de bienes inmuebles
para las Representaciones Argentinas en el Exterior.
15. Intervenir en la gestión, monitoreo y control de la adquisición y/o
contratación de servicios de telefonía requeridos por el MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y/o sus Representaciones Argentinas en el
Exterior.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Actuar como servicio jurídico ministerial en su carácter de Delegación
del Cuerpo de Abogados del Estado y representar al MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO en los asuntos de carácter jurisdiccional.
Entender en la representación del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO ante todo requerimiento judicial, dando respuesta a los mismos.
Participar en los proyectos de leyes, decretos, decisiones
administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas
vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción y prestar
asesoramiento jurídico sobre temas de su competencia.
ACCIONES:
1. Asesorar jurídicamente a las distintas áreas del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO en los asuntos en que sean de aplicación
las normas y los principios del derecho interno.
2. Asesorar a las autoridades del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO en la elaboración y análisis de proyectos de Leyes, Decretos,
Resoluciones y demás actos administrativos vinculados a los temas de
política exterior, o a cuestiones relativas al MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, en los que sean de aplicación los principios y las
normas del derecho interno.
3. Controlar el cumplimiento de las normas jurídicas en los asuntos en
que sean de aplicación los principios y las normas de derecho interno.
4. Proponer la modificación o el dictado de normas de derecho interno
con el propósito de mejorar la legislación vigente, vinculada a los
aspectos de la política exterior.
5. Representar y ejercer el patrocinio del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO en todas las instancias, ante los tribunales
judiciales u organismos jurisdiccionales o administrativos nacionales,
provinciales y municipales, asumiendo cuando corresponda el carácter de
parte querellante conforme al régimen legal vigente de representación
judicial del ESTADO NACIONAL, y comunicar las instrucciones a los
Agentes Fiscales cuando sean éstos los que actúen en juicios de interés
para el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y PLANEAMIENTO ORGANIZACIONAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al
personal tanto del Servicio Exterior de la Nación como del Servicio
Civil del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, en el país y en
el exterior, en lo relativo a su selección, su carrera, su capacitación
y desarrollo, las relaciones laborales, promoviendo la satisfacción
laboral y la motivación de los recursos humanos de la jurisdicción.
Procurar que la planificación y el diseño organizacional, los métodos y
procedimientos administrativos y las normas que lo rigen, produzcan el
continuo mejoramiento de la calidad en la prestación de los servicios.
Intervenir en las cuestiones relativas a la salud y acción social del
personal perteneciente a la jurisdicción.
ACCIONES:
1. Intervenir en la planificación, dirección y control de la
administración de los recursos humanos del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO.
2. Intervenir en la convalidación de las contrataciones de empleados
locales en las Representaciones Argentinas en el Exterior.
3. Supervisar los sistemas de información relacionados con la
aplicación de las herramientas de administración de recursos humanos,
aplicando los controles que garanticen la correcta liquidación de
haberes del personal.
4. Intervenir en la supervisión de las propuestas de modificaciones y
acciones sobre el análisis, planeamiento y diseño organizacional; los
procesos, flujos y procedimientos de trabajo, representados en la
elaboración y redacción de manuales de procedimientos; y la
distribución de la dotación de personal.
5. Intervenir en la promoción, coordinación y supervisión técnica de la
capacitación de los funcionarios del Servicio Civil, para la
implementación de las políticas, normas y procedimientos del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P) en la jurisdicción, así como en
el proceso de evaluación de desempeño, asistiendo a las autoridades
intervinientes y a los Comités de Evaluación.
6. Intervenir en la supervisión del proceso de búsqueda, selección e
integración de personal a la jurisdicción y en la planificación del
diseño de puestos, selección y formación de personal con discapacidad.
7. Intervenir en los procesos de búsqueda, selección e integración de
los Agregados para Asuntos Administrativos y en la planificación del
diseño de puestos, selección, formación y capacitación del personal en
el marco de la Ley Nº 20.951 y del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO,
homologado por Decreto Nº 2098/08.
8. Integrar la Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de
Interpretación y Carrera (COPIC) de los funcionarios del Servicio Civil
del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
9. Asistir a la HONORABLE JUNTA CALIFICADORA de los Funcionarios del
Servicio Exterior de la Nación del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y CULTO.
10. Intervenir en la evaluación del grado de desarrollo de carrera
tanto de los funcionarios del Servicio Exterior de la Nación como los
del Servicio Civil del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
11. Intervenir en los pedidos de acuerdo y en el registro y
actualización de la currícula de los funcionarios del Cuerpo
Diplomático.
12. Entender en la preparación de las Cartas Credenciales solicitadas y
las de retiro de Embajadores destacados en el exterior.
13. Supervisar los procedimientos conducentes a la efectivización de
los derechos previsionales del personal del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, conforme lo dispuesto en los regímenes respectivos.
14. Intervenir en el control de los Legajos Únicos del Personal y en la
administración las bases de datos correspondientes a los funcionarios
del Servicio Exterior de la Nación como del Servicio Civil del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, a fin de que se mantengan
permanentemente actualizados y debidamente custodiados.
15. Supervisar las acciones inherentes a la salud y acción social del
personal de la jurisdicción, y en la administración y coordinación del
funcionamiento del Jardín Maternal de la jurisdicción.
16. Intervenir en el cumplimiento de las acciones tendientes a
erradicar la violencia laboral en cualquiera de sus formas, impulsando
y promoviendo el desarrollo de planes de igualdad de oportunidades y de
trato, participando en la Delegación Jurisdiccional de la Comisión de
Igualdad de Oportunidades y Trato (CIOT), constituida por el Artículo
125 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL DEL SECTOR PÚBLICO
NACIONAL, homologado por el Decreto Nº 214/06.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir en el establecimiento de los instrumentos de programación,
ejecución y control de gestión de planes, programas y proyectos de
cooperación técnica bilateral, multilateral y/o, triangular
descentralizada y en lo relativo al Fondo Argentino de Cooperación
Horizontal.
Asistir en la definición de políticas y estrategias nacionales de
cooperación argentina al desarrollo, así como en la programación,
asignación de recursos, establecimiento y ejecución de metodologías de
control de gestión y la evaluación de todas las actividades inherentes,
coordinando y compatibilizando los intereses sectoriales.
ACCIONES:
1. Proponer el diseño de las políticas y estrategias nacionales y
establecer las modalidades y procedimientos de los proyectos de
cooperación argentina al desarrollo.
2. Intervenir en la coordinación de la participación argentina en
conferencias, reuniones, congresos, seminarios especializados y toda
otra convocatoria internacional para el tratamiento de los temas de
cooperación técnica, armonizando sus alcances y efectos con los
criterios globales de política exterior que se establezcan.
3. Intervenir en la coordinación con los organismos competentes de cada
sector, el seguimiento de las actividades en ejecución, en sus aspectos
administrativo y operativo, y en lo relativo a la participación
argentina en congresos, conferencias, reuniones, muestras, ferias y
todo evento internacional cuyo temario incluya aspectos de cooperación
técnica.
4. Intervenir en las negociaciones de los tratados y en la celebración
de convenios de cooperación técnica con los gobiernos y Organismos
Internacionales.
5. Proponer el diseño de la política de Asistencia al Desarrollo
ofrecida por la REPÚBLICA ARGENTINA, por la vía de la cooperación
técnica y de la asistencia financiera cuando esté vinculada a la
cooperación técnica.
6. Entender en la coordinación, en el control de gestión y evaluación
de las acciones de cooperación internacional realizadas en el campo
bilateral, multilateral y triangular descentralizada a nivel nacional,
provincial y municipal o ejecutadas por personas físicas o jurídicas u
organizaciones no gubernamentales.
7. Asistir en la definición del marco de la asistencia de los
organismos internacionales para el desarrollo del país, el programa
resultante, así como su plan de acción y los distintos proyectos que en
consecuencia se acuerden.
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DIRECCIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
ASOCIADAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en el diseño de la estrategia de las tecnologías de la
información y las comunicaciones asociadas (TIC) del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.
Intervenir en el perfeccionamiento y la innovación de procesos que se
sustentan en los sistemas informáticos y en las comunicaciones de la
Jurisdicción.
ACCIONES:
1. Diseñar la estrategia de las tecnologías de información y las
comunicaciones (TIC), haciendo énfasis en maximizar y potenciar la
creación de valor en los objetivos estratégicos del MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y la política exterior de la Nación.
2. Entender en la provisión de soluciones a las necesidades de los
sistemas de información e infraestructura tecnológica y de
comunicaciones que el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y las
representaciones diplomáticas y consulares requieren.
3. Planificar y ejecutar las acciones relativas a la gestión y
administración de las tecnologías de la información y las
comunicaciones asociadas del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y
CULTO, en el país y en las Representaciones Diplomáticas y Consulares
de la REPÚBLICA ARGENTINA en el exterior.
4. Intervenir tanto en la mejora como en la innovación de procesos que
se sustentan en los sistemas informáticos y en las comunicaciones de la
Jurisdicción, tendiendo a la mejora continua de la calidad en la
gestión de los distintos objetivos de la organización.
5. Intervenir en el desarrollo y operación de los sistemas informáticos
de aplicación en la Jurisdicción así como en todo lo relacionado con
las condiciones y requerimientos de la seguridad de los mismos.
6. Intervenir en el desarrollo, mantenimiento, actualización de los
sitios Web del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO así como en
la ejecución de la difusión institucional a través de ese medio y de
otros de aplicación de tecnología multimedia.
7. Formular y coordinar la difusión de las políticas, disposiciones
técnicas y administrativas de tecnologías de la información y las
comunicaciones asociadas a las que deberán ajustarse las áreas del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y sus representaciones
diplomáticas y consulares.
8. Planificar, desarrollar e implementar la actualización y
funcionamiento de los sistemas de información necesarios para las
gestiones de la organización.
9. Establecer un Programa para el Desarrollo Tecnológico Futuro, de
acuerdo a los lineamientos establecidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
10. Proponer e implementar las metodologías de análisis, desarrollo,
prueba e implementación de los sistemas de información de la
Jurisdicción.
11. Desarrollar los planes de inversión y de gastos de incorporación de
nuevas tecnologías, sistemas de información y facilidades de
comunicación que modernicen e innoven la prestación de los servicios
requeridos por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y sus
representaciones.
12. Entender en el desarrollo y operación de los sistemas informáticos
de aplicación en la jurisdicción, así como en todo lo relacionado con
las condiciones y requerimientos de la seguridad de los mismos,
implementando los criterios de seguridad correspondientes.
SECRETARÍA DE CULTO
SUBSECRETARÍA DE CULTO
DIRECCIÓN DE LIBERTAD Y DIVERSIDAD RELIGIOSA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Asistir en las relaciones del ESTADO NACIONAL con las diferentes
comunidades religiosas presentes en el territorio nacional, promoviendo
la libertad de culto y el diálogo interreligioso.
ACCIONES:
1. Promover las relaciones institucionales entre el ESTADO NACIONAL y
las diferentes comunidades religiosas existentes en la REPÚBLICA
ARGENTINA.
2. Proponer y ejecutar políticas, planes y programas operativos
destinados a promover el diálogo interreligioso.
3. Impulsar y ejecutar políticas, planes y programas operativos
destinados a promover la libertad religiosa en la REPÚBLICA ARGENTINA
como derecho humano fundamental.
4. Mantener vinculación con los organismos gubernamentales afines
existentes en las jurisdicciones del país.
SUBSECRETARÍA DE CULTO
DIRECCIÓN NACIONAL DE CULTO CATÓLICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en los asuntos atinentes a las relaciones del ESTADO NACIONAL
con la Iglesia Católica Apostólica Romana, la Conferencia Episcopal
Argentina, Arzobispados y Obispados, Institutos de la Vida Consagrada y
otras personas eclesiásticas, y el cumplimiento de las normas relativas
al sostenimiento del Culto Católico.
ACCIONES:
1. Proponer y ejecutar políticas, planes y programas operativos
destinados a la aplicación de los acuerdos suscriptos entre la
REPÚBLICA ARGENTINA y la SANTA SEDE, relacionados con la creación y
provisión de diócesis y circunscripciones eclesiásticas equivalentes,
territoriales o personales.
2. Proponer el proyecto de presupuesto anual para el sostenimiento del
culto católico e intervenir en su ejecución.
3. Administrar el Registro de Institutos de Vida Consagrada, tramitando
las peticiones de los sujetos inscriptos y confeccionando los
certificados correspondientes.
4. Tramitar el ingreso, prórroga de permanencia y radicación de
clérigos y religiosos católicos.
5. Intervenir en los trámites y peticiones que realice la Iglesia
Católica y las personas jurídicas que la integren ante los poderes
públicos.
6. Intervenir en el otorgamiento y realizar el pago de los beneficios
establecidos por las Leyes Nros. 21.540, 21.950, 22.162, 22.430, 22.950
y normas complementarias.
7. Otorgar las credenciales eclesiásticas, diligenciar los pasaportes
diplomáticos u oficiales de los señores cardenales u obispos, y
legalizar la firma de los documentos emanados de las autoridades
eclesiásticas.
8. Intervenir en el reconocimiento de nuevas provincias o divisiones
territoriales de los Institutos de Vida Consagrada.
9. Promover y ejecutar la organización de actividades y el desarrollo
de investigaciones y publicaciones atinentes a la materia de su
competencia.
SUBSECRETARÍA DE CULTO
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE CULTOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA
Entender en lo atinente a las relaciones del ESTADO NACIONAL con las
iglesias, confesiones y comunidades religiosas distintas de la Iglesia
Católica Apostólica Romana.
Analizar y tramitar las solicitudes de reconocimiento de las iglesias,
comunidades y confesiones religiosas existentes en la REPÚBLICA
ARGENTINA, y proceder al registro de las que correspondiera.
ACCIONES:
1. Analizar y tramitar las solicitudes de reconocimiento de las
iglesias, comunidades y confesiones religiosas e inscribirlas en el
Registro correspondiente.
2. Extender la documentación que acredite el reconocimiento de las
iglesias, comunidades y confesiones religiosas, así como sus sedes,
filiales y autoridades.
3. Intervenir en todos los trámites que realicen las iglesias,
comunidades o confesiones religiosas ante los poderes públicos.
4. Administrar el Registro Nacional de Cultos, tramitando las
peticiones de los sujetos inscriptos y confeccionando los certificados
correspondientes.
5. Tramitar el ingreso en la REPÚBLICA ARGENTINA, prórroga de
permanencia y radicación de pastores, ministros religiosos o dirigentes
pertenecientes a las iglesias o comunidades religiosas reconocidas.
6. Legalizar la firma de los documentos emanados de autoridades de
iglesias o confesiones religiosas reconocidas.
IF-2016-02238572-APN-MRE
Planilla Anexa al Artículo 2°
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
INCORPORACIONES