Decreto 1185/2016
Apruébase Modelo de Acuerdo de Donación.
Buenos Aires, 21/11/2016
VISTO el Expediente N° S01:0279997/2015 del Registro del entonces
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y el Modelo de Acuerdo de
Donación para el Fondo de Propuesta de Preparación del Fondo
Cooperativo para el Carbono de los Bosques propuesto para ser suscripto
entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN
Y FOMENTO (BIRF), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Acuerdo de Donación para el Fondo de
Propuesta de Preparación del Fondo Cooperativo para el Carbono de los
Bosques, el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), en
su carácter de administrador del FONDO Cooperativo en cuestión, se
compromete a otorgar a la REPÚBLICA ARGENTINA, una donación por un
monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL
(U$S 3.800.000) destinado al financiamiento del Proyecto de Propuesta
del Fondo de Preparación del Fondo Cooperativo para el Carbono de los
Bosques (Donación N° TF019086).
Que el referido Proyecto tiene por objetivo asistir en las iniciativas
de Preparación para la REDD+ del Destinatario, en particular aquellas
actividades que se concentran en el desarrollo de la estrategia REDD+ y
en la realización de la Evaluación Ambiental y Social Estratégica.
Que el término REDD+ refiere a la reducción de las emisiones generadas
por la deforestación y degradación de los bosques; y el rol de la
conservación, la gestión sustentable de los bosques y mejora de las
reservas forestales de carbono.
Que a los efectos de llevar a cabo el Proyecto y conforme al Acuerdo de
Donación propuesto, el MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, en
representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, pondrá a disposición del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, los fondos de la
donación. El mismo actuará a través de la Unidad de Implementación del
Proyecto dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO Y
DESARROLLO SUSTENTABLE de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL, CAMBIO
CLIMÁTICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE.
Que las condiciones generales y demás cláusulas contenidas en el Modelo
de Acuerdo de Donación propuesto para ser suscripto, son las usuales
que se pactan en este tipo de operaciones y resultan adecuadas a los
propósitos y objetivos a los que está destinada la misma.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el
Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 53 de
la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Modelo de Acuerdo correspondiente a la
Donación N° TF019086 para la asistencia financiera del Proyecto “Fondo
de Propuesta de Preparación del Fondo Cooperativo para el Carbono de
los Bosques”, a suscribirse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), en su carácter de
administrador del Fondo Cooperativo en cuestión, por un monto de hasta
DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL (U$S 3.800.000) y
su Anexo conformado por CUATRO (4) artículos, los que se adjuntan al
presente en copia autenticada en idioma inglés y su traducción pública
al idioma español como Anexo I (IF-2016-02087220-APN-SSRFI#MH).
Asimismo, se adjuntan como Anexo II (IF-2016-02089005-APN-SSRFI#MH),
copias autenticadas en idioma inglés y su traducción pública al idioma
español de las “Condiciones Estándar para las Donaciones que concede el
Banco Mundial con cargo a diversos Fondos” de fecha 15 de febrero de
2012 y como Anexo III (IF-2016-02089330-APN-SSRFI#MH) se agregan copias
autenticadas en idioma inglés y su traducción pública al idioma español
de las “Normas: Selección y Contratación de Consultores con préstamos
del BIRF, créditos de la AIF y donaciones por prestatarios del Banco
Mundial” y de las “Normas: Adquisiciones de bienes, obras y servicios
distintos a los de consultoría con préstamos del BIRF, créditos de la
AIF y donaciones por prestatarios del Banco Mundial”, ambas de enero de
2011 revisadas en julio de 2014.
ARTÍCULO 2º — Facúltase al señor Ministro de Hacienda y Finanzas
Públicas, o al funcionario o funcionarios que él mismo designe, a
suscribir en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA el
Acuerdo correspondiente a la donación conforme al modelo aprobado en el
Artículo 1° del presente decreto; y a convenir y suscribir
modificaciones al mismo, siempre que no constituyan cambios
sustanciales al destino y objeto de los fondos de la donación ni
modifiquen el procedimiento arbitral pactado.
ARTÍCULO 3° — Desígnase al MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE, a través de la Unidad de Implementación del Proyecto
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL, CAMBIO CLIMÁTICO Y
DESARROLLO SUSTENTABLE del mencionado Ministerio, como “Organismo
Ejecutor” del Acuerdo de Donación para el Fondo de Propuesta de
Preparación del Fondo Cooperativo para el Carbono de los Bosques
(Donación N° TF019086), quedando facultado para celebrar los actos y
contratos necesarios para la correcta implementación del citado
Proyecto.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Alfonso de Prat
Gay. — Sergio A. Bergman.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII-Parte1, AnexoIII-Parte2, AnexoIII-Parte3)