MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Resolución 524 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 01/12/2016
VISTO: El expediente N° CUDAP:EXP-JGM:0013248/2016 del Registro de
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Nº 2186 de fecha 19 de
noviembre de 2014, la Ley de Ministerios Nº 22.520 y su Decreto
modificatorio Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 2186 con fecha 19 de noviembre de 2014 aprueba el
modelo de Contrato de Préstamo BID Nº 3249/OC-AR, destinado a financiar
parcialmente el “Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos
Urbanos”, suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) con fecha 9 de diciembre de 2014.
Que el artículo 4º del mencionado Decreto designa a la ex SECRETARÍA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, a través de la UNIDAD EJECUTORA NACIONAL creada mediante
Resolución N° 157 de la entonces SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de fecha 26 de
febrero de 2015, como organismo co-ejecutor del PROGRAMA DE GESTION
INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS, quedando facultada para realizar
todas las operaciones y contrataciones que resulten necesarias para la
ejecución del mismo.
Que conforme a los términos del Decreto mencionado, se faculta a los
Organismos Ejecutores del Programa a adquirir y/o contratar los bienes
y servicios necesarios para la ejecución del mismo.
Que con fecha 6 de octubre de 2015, se firmó el CONVENIO MARCO PARA
OBRAS entre la ex SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la PROVINCIA DE JUJUY, el MUNICIPIO
DE HUMAHUACA, el MUNICIPIO DE LA QUIACA, el MUNICIPIO DE TILCARA, la
COMISIÓN MUNICIPAL DE MAIMARA, la COMISIÓN MUNICIPAL DE PURMAMARCA, la
COMISIÓN MUNICIPAL DE TUMBAYA, la COMISIÓN MUNICIPAL DE VOLCÁN, el
MUNICIPIO DE SAN SALVADOR DE JUJUY, la COMISIÓN MUNICIPAL DE YALA, el
MUNICIPIO DE EL CARMEN, el MUNICIPIO DE MONTERRICO, el MUNICIPIO DE
PERICO, la COMISIÓN MUNICIPAL DE SAN ANTONIO, el MUNICIPIO DE PALPALÁ y
el MUNICIPIO DE SAN PEDRO DE JUJUY, para la ejecución de la
“Construcción de un Relleno Sanitario en Centro Ambiental Chanchillos y
Playón de Compostaje, Planta de Transferencia San Pedro y Saneamiento
BCA Palpalá y El Pongo - Provincia de Jujuy” el que comprende coadyuvar
a la instalación, fortalecimiento y consolidación de los procesos
tendientes a la implementación de la Estrategia Nacional de Gestión
Integral de Residuos Sólidos Urbanos, conforme la impronta establecida
por el artículo 41 de la Constitución Nacional, y los objetivos
planteados por la Ley 25.916 de Gestión Integral de Residuos
Domiciliarios y modificatorios, habiéndose firmado asimismo en la fecha
indicada el CONVENIO COMPLEMENTARIO.
Que en el marco de dichos Convenios y en virtud de la Estrategia
Nacional de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, resulta
necesario llevar a cabo la obra denominada “Construcción de un Relleno
Sanitario en Centro Ambiental Chanchillos y Playón de Compostaje,
Planta de Transferencia San Pedro y Saneamiento BCA Palpalá y El Pongo
- Provincia de Jujuy”, bajo el método de Licitación Pública
Internacional, cuyo respectivo trámite de adjudicación se ajustó
conforme a los procedimientos previstos en las “Políticas para la
adquisición de Bienes y Obras financiadas por el Banco Interamericano
de Desarrollo - GN-2349-9 (marzo 2011)”, conforme a lo establecido en
el Contrato de Préstamo indicado en los considerandos precedentes.
Que el Decreto Nº 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, con el fin de
ampliar, jerarquizar y priorizar las políticas destinadas al medio
ambiente y al desarrollo sustentable, creó el MINISTERIO DE MEDIO
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, el cual asumió las tareas realizadas
por la ex SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que el Decreto N° 223 de fecha 20 de enero de 2016 sustituyó la
denominación del MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
por la de MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) informó que no tenía
objeciones al Documento de Licitación formulado para el proceso de
marras, por lo tanto se llevó a cabo la publicación del aviso del
llamado a Licitación Pública Internacional, mediante el cual resultó
establecida la fecha de apertura de las ofertas para el día 7 de junio
de 2016.
Que en el marco del proceso de marras se creó el Comité de Evaluación
que realizó la evaluación y análisis de las ofertas, y posterior
recomendación de adjudicación del contrato.
Que dicho Comité evaluó las ofertas presentadas por los oferentes en el
acto de apertura pública, presentándose las siguientes cotizaciones: 1)
MILICIC S.A. CUIT Nº 30-62231778-4 por la suma de PESOS DOSCIENTOS
TREINTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y
SIETE CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($233.961.167,67), impuestos
incluidos; 2) URBASER ARGENTINA S.A. CUIT Nº 30-68225650-4 por la suma
de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES CIEN MIL NOVECIENTOS
VEINTIDOS CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($298.100.922,98), impuestos
incluidos; 3) TECSAN INGENIERIA AMBIENTAL S.A. CUIT Nº 30-70506615-5
por la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES TRES MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS
($149.003.783,69) con más la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES
MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO NUEVE CON OCHENTA Y
SIETE CENTAVOS (U$S 3.274.109,87), impuestos incluidos; 4) PABLO
AUGUSTO FEDERICO CUIT Nº 20-06512715-7 por la suma de PESOS DOSCIENTOS
CINCUENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS
VEINTIUNO CON SEIS CENTAVOS ($251.671.621,06), impuestos incluidos; 5)
EVA S.A. CUIT Nº 30-70225040-0 por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y
NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y
CUATRO ($179.268.944), impuestos incluidos.
Que de acuerdo a lo previsto en la normativa de aplicación, el Comité
de Evaluación estableció que la firma TECSAN INGENIERÍA AMBIENTAL S.A.
cumple sustancialmente con los requisitos exigidos, razón por la cual
se encuentra calificada para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
Que con fecha 21 de septiembre del corriente, el BANCO INTERAMERICANO
DE DESARROLLO (BID), informó que no tenía objeción que hacer al
procedimiento alcanzado ni a la adjudicación propuesta a la firma
TECSAN INGENIERÍA AMBIENTAL S.A. por la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y
CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO CON
OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($194.841.321,87), impuestos incluidos, para
llevar a cabo la obra denominada “Construcción de un Relleno Sanitario
en Centro Ambiental Chanchillos y Playón de Compostaje, Planta de
Transferencia San Pedro y Saneamiento BCA Palpalá y El Pongo -
Provincia de Jujuy - Licitación Pública Internacional - O - 1/2015”.
Que resulta conveniente en esta oportunidad ratificar el CONVENIO MARCO
PARA OBRAS, y el CONVENIO COMPLEMENTARIO suscriptos ambos con fecha 6
de octubre de 2015 entre la ex SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la PROVINCIA DE
JUJUY, el MUNICIPIO DE HUMAHUACA, el MUNICIPIO DE LA QUIACA, el
MUNICIPIO DE TILCARA, la COMISION MUNICIPAL DE MAIMARÁ, la COMISIÓN
MUNICIPAL DE PURMAMARCA, la COMISIÓN MUNICIPAL DE TUMBAYA, la COMISIÓN
MUNICIPAL DE VOLCÁN, el MUNICIPIO DE SAN SALVADOR DE JUJUY, la COMISIÓN
MUNICIPAL DE YALA, el MUNICIPIO DE EL CARMEN, el MUNICIPIO DE
MONTERRICO, el MUNICIPIO DE PERICO, la COMISION DE MUNICIPAL DE SAN
ANTONIO, el MUNICIPIO DE PALPALÁ y el MUNICIPIO DE SAN PEDRO DE JUJUY.
Que la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de este Ministerio, ha
informado que se cuenta con los fondos necesarios para hacer frente a
la erogación que implica la contratación de marras en la siguiente
Partida Presupuestaria: SAF 317, Jurisdicción 81 – MINISTERIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA NACION, Programa 62, Actividad
0, Obra 51, Proyecto 43, Inciso 4, Partida Principal 2, Parcial 2,
Fuentes de Financiamiento 22 y 11, Ejercicio 2016 y subsiguientes en
caso de corresponder.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido en el
Decreto Nº 13 modificatorio de la Ley de Ministerios Nº 22.250 —T.O.
por Decreto Nº 438/92— y modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Ratifícase el CONVENIO MARCO PARA OBRAS, y el CONVENIO
COMPLEMENTARIO suscriptos ambos con fecha 6 de octubre de 2015 entre la
ex SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la PROVINCIA DE JUJUY, el MUNICIPIO DE
HUMAHUACA, el MUNICIPIO DE LA QUIACA, el MUNICIPIO DE TILCARA, la
COMISIÓN MUNICIPAL DE MAIMARA, la COMISIÓN MUNICIPAL DE PURMAMARCA, la
COMISIÓN MUNICIPAL DE TUMBAYA, la COMISIÓN MUNICIPAL DE VOLCÁN, el
MUNICIPIO DE SAN SALVADOR DE JUJUY, la COMISIÓN MUNICIPAL DE YALA, el
MUNICIPIO DE EL CARMEN, el MUNICIPIO DE MONTERRICO, el MUNICIPIO DE
PERICO, la COMISIÓN DE MUNICIPAL DE SAN ANTONIO, el MUNICIPIO DE
PALPALÁ y el MUNICIPIO DE SAN PEDRO DE JUJUY, los cuales forman parte
integrante de la presente medida como ANEXO I
(IF-2016-03777981-APN-DNGIR#MAD).
ARTÍCULO 2° — Apruébase el procedimiento realizado para la Licitación
Pública Internacional GIRSU- LPI-O-1/2015 que comprende la construcción
de un relleno sanitario en el Centro Ambiental Chanchillos y Playón de
Compostaje, Planta de Transferencia San Pedro y Saneamiento BCA Palpalá
y El Pongo en la Provincia de Jujuy. El mencionado procedimiento se
llevó a cabo con ajuste a lo establecido en las Políticas para la
Adquisición de Bienes y Obras financiadas por el Banco Interamericano
de Desarrollo - GN-2349-9 (marzo 2011).
ARTÍCULO 3° — Adjudícase la contratación de la obra denominada
“Construcción de un Relleno Sanitario en Centro Ambiental Chanchillos y
Playón de Compostaje, Planta de Transferencia San Pedro y Saneamiento
BCA Palpalá y El Pongo – Provincia de Jujuy - Licitación Pública
Internacional - GIRSU- LPI-O-1/2015” a la firma TECSAN INGENIERÍA
AMBIENTAL S.A., por un monto de PESOS CIENTO NOVENTA Y CUATRO MILLONES
OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO CON OCHENTA Y SIETE
CENTAVOS ($194.841.321,87), impuestos incluidos, conforme a los
términos establecidos en el modelo de Convenio, el que como ANEXO II
(IF-2016-03778079-APN-DNGIR#MAD) forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 4° — Instrúyase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN INTEGRAL DE
RESIDUOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERJURIDICCIONAL del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE la ejecución del
Programa de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos Urbanos Préstamo BID
3249/OC-AR a fin de iniciar las actividades necesarias para la
suscripción del respectivo contrato, conforme a lo establecido por el
artículo precedente.
ARTÍCULO 5° — Ratifícase lo actuado por la Comisión de Evaluación.
ARTÍCULO 6° — El gasto que demande la contratación, será imputado a la
siguiente Partida Presupuestaria: Partida Presupuestaria: SAF 317,
Jurisdicción 81 - MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA
NACION, Programa 62, Actividad 0, Obra 51, Proyecto 43, Inciso 4,
Partida Principal 2, Parcial 2, Fuentes de Financiamiento 22 y 11,
Ejercicio 2016 y subsiguientes en caso de corresponder.
ARTÍCULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — SERGIO ALEJANDRO BERGMAN, Ministro,
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 05/12/2016 N° 92679/16 v. 05/12/2016
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII).