MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SECRETARÍA DE COMERCIO

Resolución 447 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2016

VISTO el Expediente N° S01:0546633/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, la Ley N° 24.240, la Resolución N° 74 de fecha 2 de junio de 2014 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 74 de fecha 2 de junio de 2014 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS se creó el Programa “VAMOS AL MERCADO”, con el objeto de promover y asegurar el acceso de organizaciones sociales y asociaciones con personería jurídica a la CORPORACIÓN MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES (CMCBA), para la realización de compras comunitarias de bienes de consumo básico.

Que mediante la Resolución N° 75 de fecha 23 de abril de 2015 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS se articuló el Programa “VAMOS AL MERCADO” con el Programa “RED FEDERAL DE COMERCIOS DE PROXIMIDAD DE ARGENTINA”.

Que, lejos de haber cumplido su objetivo, el esquema diseñado por las resoluciones referidas ha demostrado ser ineficaz para el cumplimiento de las finalidades perseguidas, no habiéndose registrado progresos en materia de fortalecimiento de los mercados de bienes y servicios, ni en la protección de los consumidores y usuarios.

Que los objetivos planteados en las resoluciones antedichas guardan similitud con los tenidos en mira por la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN al promover diversas medidas tendientes a generar alternativas productivas y comerciales sostenibles en el tiempo, con el objetivo de mejorar los niveles de competitividad y productividad en las distintas localidades del país, propiciando la asociación de los diferentes eslabones productivos locales con la finalidad de reducir costos de transacción, comercialización y logística, y ofrecer productos de calidad y accesibles a los consumidores.

Que, en función del carácter superador de las medidas mencionadas en el considerando precedente y a los fines de brindar mayor operatividad, simplificar su implementación y, en general, tornar más eficiente la gestión pública, resulta oportuno promover la derogación de las resoluciones referidas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 24.240 y el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMERCIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Deróganse las Resoluciones Nros. 74 de fecha 2 de junio de 2014 y 75 del 23 de abril de 2015 ambas de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS.

ARTÍCULO 2 — La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MIGUEL BRAUN, Secretario, Secretaría de Comercio, Ministerio de Producción.

e. 19/12/2016 N° 95776/16 v. 19/12/2016