ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución 9224 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 15/12/2016
VISTO el Expediente N° 2190/2013 del Registro de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó en
el ámbito del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y
descentralizado, como autoridad de aplicación de las Leyes N° 27.078 y
N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las
funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE
LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE
SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.
Que mediante Resolución N° 926-AFSCA/14, se aprobó el Convenio Marco de
Cooperación y Colaboración suscripto el 3 de diciembre de 2013 entre la
ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL y EDUC.AR
SOCIEDAD DEL ESTADO.
Que el citado convenio tiene por objeto establecer entre las partes
vínculos de colaboración, cooperación y asistencia técnica
institucional en virtud de los cuales la ex AUTORIDAD FEDERAL DE
SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, a través del INSTITUTO SUPERIOR
DE ENSEÑANZA RADIOFONICA y EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO se
comprometieron a brindar determinadas prestaciones y asistencia técnica
con la finalidad de producir y/o coproducir en conjunto o asociados a
terceros, contenidos audiovisuales de carácter educativos destinados a
satisfacer los requerimientos previstos en el Decreto N° 533/05 de
creación de Programas Televisivos Educativos y Multimediales y en la
Ley N° 26.522.
Que a los fines de concretar las acciones acordadas, se suscribieron de
acuerdo con lo previsto por la clausula TERCERA del mencionado
convenio, las actas complementarias N° 1 y N° 2, aprobadas mediante
Resoluciones N° 1473-AFSCA/14 y 619-AFSCA/15, respectivamente, en las
que se determinaron las obligaciones asumidas por ambas partes
firmantes.
Que según la clausula SÉPTIMA del mencionado Convenio Marco de
Cooperación y Colaboración, el plazo de vigencia era de DOS (2) años a
partir de sus suscripción, pudiendo ser renovado por acuerdo expreso de
las partes a su vencimiento.
Que dicho vencimiento operó el día 3 de diciembre de 2015, por lo que
las partes de común acuerdo acordaron suscribir la prórroga del mismo.
Que el artículo 12 inciso 30) de la Ley N° 26.522, establece que la
autoridad de aplicación tendrá, entre otras, la función de “Celebrar
toda clase de contratos y convenios de reciprocidad o de prestación de
servicios con otros organismos, entidades o personas físicas o
jurídicas, conforme la normativa vigente”.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Que el DIRECTORIO del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, acordó el
dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del
Acta N° 13.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Decreto N° 267/15 y el Acta N° 1 de fecha 5 de enero
de 2016 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — APRUÉBASE la adenda para establecer la prórroga del
Convenio Marco de Cooperación y Colaboración entre el ENTE NACIONAL DE
COMUNICACIONES y EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO, que como anexo
IF-2016-04637322-APN-ENACOM#MCO del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS
OFICIALES forma en un todo parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2° — Regístrese, notifíquese, publíquese y dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archivese. — MIGUEL ANGEL DE
GODOY, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones, Ministerio de
Comunicaciones.
ANEXO I
PRÓRROGA DEL CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN y COLABORACIÓN ENTRE EL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (EX AFSCA) Y EDUC.AR S.E.
El ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, en adelante, representado en este
acto por el presidente del Directorio, Don Miguel Ángel DE GODOY, con
domicilio en calle Perú 103 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO, en adelante EDUC.AR, representada en este
acto por sus apoderados, Lic. Guillermo Fretes, DNI 25.745.072 y la
Sra. Gabriela Ricardes, DNI 18.232.382, con poder que acredita la
personería invocada, con domicilio en Av. Comodoro Martín Rivadavia
1151 de la Ciudad de Buenos Aires, convienen suscribir la presente
prórroga al Convenio Marco de Cooperación y Colaboración aprobado por
Resolución N° 926-AFSCA/14, celebrado entre la entonces AUTORIDAD
FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL —de la cual el ENACOM
es continuador, conforme lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N°
267/15— y EDUC.AR y establecen:
PRIMERA: En virtud de la cláusula SEPTIMA del Convenio Marco de
Cooperación y Colaboración suscripto el 3 de diciembre de 2013, en
adelante el Convenio, entre LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE
COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL (actual ENACOM) y EDUC.AR, aprobado a través
de Resolución N° 926-AFSCA/2014 se conviene acordar la prórroga del
mismo en todos sus términos y condiciones.
SEGUNDA: El mismo entrará en vigencia desde la fecha de su suscripción
y tendrá una duración de un período de dos (2) años, renovable
automáticamente por igual tiempo, mientras las partes no manifiesten en
forma expresa su voluntad de rescindir, a cuyo efecto deberán comunicar
en forma fehaciente dicha intención con una antelación mínima de
sesenta (60) días, sin perjuicio de continuar hasta su finalización con
las acciones que tengan principio de ejecución.
TERCERA: El Comité de Coordinación contemplado por la Cláusula SEXTA del Convenio estará integrado por las siguientes personas: