Resolución 591 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2016
VISTO el Expediente Nº 379.441/2015 del Registro de LOTERÍA NACIONAL
SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del
Plan de Acción y Presupuesto para el Ejercicio 2016 formulado por
LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en el ámbito del
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control
del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones contiene en
el Título II, Capítulo III, el Régimen Presupuestario de Empresas
Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la
Administración Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la OFICINA
NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO
de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
PÚBLICAS, sobre la medida propiciada.
Que el Artículo 49 de la mencionada ley y el Decreto Nº 1.344 de fecha
4 de octubre de 2007 por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, determinan que es
facultad del suscripto la aprobación de la presente medida.
Por ello,
EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
Ejercicio 2016 de LOTERÍA NACIONAL SOCIEDAD DEL ESTADO, actuante en el
ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, de acuerdo al detalle
obrante en los Anexos I (IF-2016-02499792-APN-ONP#MH) y II
(IF-2016-02499713-APN-ONP#MH) que forman parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2° — Estímanse en la suma de PESOS UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA
Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y
CUATRO ($ 1.395.299.964) los Ingresos de Operación y fíjanse en la suma
de PESOS UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS
NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 1.295.492.764) los
Gastos de Operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Operativo (GANANCIA DE OPERACIÓN) estimado en PESOS NOVENTA Y NUEVE
MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS ($ 99.807.200), de acuerdo al
detalle obrante en las planillas del Anexo II
(IF-2016-02499713-APN-ONP#MH) que integra la presente medida.
ARTÍCULO 3° — Estímanse en la suma de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA
Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y
CUATRO ($ 1.845.299.964) los Ingresos Corrientes y fíjanse en la suma
de PESOS UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS
NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 1.295.492.764) los
Gastos Corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado
Económico (AHORRO) estimado en PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE
MILLONES OCHOCIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS ($ 549.807.200), de acuerdo
con el detalle que obra en las planillas del Anexo II
(IF-2016-02499713-APN- ONP#MH) que integra la presente resolución.
ARTÍCULO 4° — Estímanse en la suma de PESOS CERO ($ 0) los Recursos de
Capital, y fíjanse en la suma de PESOS SESENTA Y CUATRO MILLONES
SETENTA MIL ($ 64.070.000) los Gastos de Capital, y como consecuencia
de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el
Artículo 3º de la presente medida, estímase el Resultado Financiero
(SUPERÁVIT) para el Ejercicio 2016 en PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y
CINCO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS ($
485.737.200) de acuerdo con el detalle obrante en las planillas del
Anexo II (IF-2016-02499713-APN-ONP#MH) que forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — ALFONSO PRAT GAY, Ministro, Ministerio
de Hacienda y Finanzas Públicas.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 04/01/2017 N° 24/17 v. 04/01/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII).