MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 899 - E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 23/11/2016
VISTO el Expediente N° 1.708.793/16 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la
Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 del Expediente N° 1.717.892/16 agregado como fojas 4 al
Principal N° 1.708.793/16, obra el acuerdo celebrado entre la UNIÓN DE
ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES (UTEDYC) por la parte gremial y el
INSTITUTO DE ESTADÍSTICAS Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN
(IERIC) por la parte empleadora, ratificado a fojas 5/6 del Expediente
Principal por medio de las Actas que lo integran, en el marco de la Ley
de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
Que por medio de dicho acuerdo, las partes han convenido el
otorgamiento de un incremento salarial al personal alcanzado por el
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1233/11 “E” del cual son
signatarias, cuya vigencia opera a partir del día 1° de Marzo de 2016,
texto al cual se remite.
Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar el
presente, conforme surge de los antecedentes obrantes en autos.
Que asimismo han acreditado su personería y facultades para negociar
colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que el ámbito de aplicación del texto convencional concertado, se
corresponde con la actividad de la empresa firmante, y la
representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su
personería gremial.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren
los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo,
comúnmente denominado “orden público laboral”.
Que se encuentra constituida la respectiva Comisión Negociadora,
conforme a lo previsto en la Ley N° 23.546.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N°
14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del
Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo
de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez homologado el acuerdo de referencia, corresponde se remitan
estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo,
a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del tope
previsto por el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N°
48/15.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Declárase homologado el acuerdo obrante a fojas 2/3 del
Expediente N° 1.717.892/16 agregado como fojas 4 al Expediente N°
1.708.793/16, celebrado entre la UNIÓN DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y
CIVILES (UTEDYC) y el INSTITUTO DE ESTADÍSTICAS Y REGISTRO DE LA
INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN (IERIC), ratificado a fojas 5/6 por medio
de las Actas que lo integran, del Expediente N° 1.708.793/16, en el
marco de la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2° — Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN.
Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el
Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 2/3 del
Expediente N° 1.717.892/16 agregado como fojas 4 al Expediente
Principal, junto con las Actas de ratificación de fojas 5/6 del
Expediente Principal N° 1.708.793/16.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente,
remítanse las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del
Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el cálculo del
tope previsto por el Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda conjuntamente con el
Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1233/11 “E”.
ARTÍCULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de
carácter gratuito del acuerdo y de esta Resolución, las partes deberán
proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — EZEQUIEL SABOR, Secretario, Secretaría
de Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Expediente N° 1.708.793/16
Buenos Aires, 14 de diciembre de 2016
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 899/16 se ha
tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/3 del expediente N°
1.717.892/16 agregado como fojas 4 al expediente principal y a fojas
5/6 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número
1593/16. — Lic. JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios
Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
ACTA ACUERDO IERIC - UTEDYC
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 11 días del mes de abril
de 2016, entre la UNION TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES
(UTEDYC) representada por Carlos BONJOUR, en su carácter de Secretario
General, Gustavo PADIN, Secretario Gremial Nacional, Marcel CARRETERO y
Marcelo ORLANDO, Secretario General Seccional Buenos Aires, y por la
otra parte, el INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE
LA CONSTRUCCION (IERIC) representada por su Gerente Ejecutivo Lic.
Esteban MASSARINI y su apoderado Juan José CANEDO, quienes acuerdan lo
siguiente en el marco del CCT 1233/11 “E”:
Primero: Otorgar a partir del 1 de marzo de 2016 un incremento del 22%
sobre las remuneraciones convencionales. Los mismos se abonaran
conforme detalle que obra en el ANEXO I, el cual forma parte integrante
de este acuerdo.
Segundo: Este acuerdo cobra vigencia a partir del día de la fecha con
el compromiso del empleador liquidar y hacer efectivo el incremento
pactado, con los haberes de abril de 2016, y con independencia de la
fecha en que se dicte el acto administrativo de homologación por parte
de la autoridad laboral correspondiente.
Tercero: Las partes se comprometen a reunirse durante la primera semana
del mes de septiembre para analizar los salarios en función de lo
acontecido en el año calendario.
En el día y lugar antes indicado, se firman cuatro ejemplares de un
mismo tenor y a un solo efecto, uno para cada parte y dos para
presentar ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de
la Nación.
ANEXO I - ACUERDO IERIC - UTEDYC
Expediente N° 1.708.793/16
En la Ciudad de Buenos Aires a los días del mes de Junio 2016, siendo
las 15 hs, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, por ante mí Sr.
Luis Emir BENITEZ, Secretario de Conciliación del Departamento de
Relaciones Laborales n° 3, los señores Carlos BONJOUR, Gustavo PADIN, y
Marcel CARRETERO, en representación de la UNION TRABAJADORES DE
ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES.
Declarado abierto el acto por el Funcionario Actuante y cedida la
palabra a los comparecientes, manifiestan: Que vienen por este acto a
fin de ratificar el acuerdo alcanzado en forma directa, obrante a fojas
2/3, del expediente n° 1.717.892/16, agregado como fojas 4 reiterando
su solicitud de homologación.
En este estado, el Funcionario Actuante hace saber a las partes, que
los presentes actuados, serán elevados a la Superioridad a los fines
del control de legalidad y conforme Ley 14.250 y normas concordantes.
Con lo que se dio por terminado el acto, firmando de conformidad por
ante mí, para constancia.
Expediente N° 1.708.793/16
En la Ciudad de Buenos Aires a los 6 días del mes de Julio 2016, siendo
las 14 hs, comparecen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO, por ante mí Sr.
Luis Emir BENITEZ, Secretario de Conciliación del Departamento de
Relaciones Laborales n° 3, el Sr. Lic. Esteban MASSARINI con DNI
8.352.873, en su carácter de Apoderado del INSTITUTO DE ESTADISTICA Y
REGISTRO DE LA CONSTRUCCION (IERIC).
Declarado abierto el acto por el Funcionarlo Actuante y cedida la
palabra al compareciente, manifiesta: Que viene por este acto a fin de
ratificar el acuerdo alcanzado en forma directa, obrante a fojas 2/3
del expediente n° 1.717.892/16 agregado como fojas 4, reiterando su
solicitud de homologación.
En este estado, el Funcionario Actuante hace saber a las partes, que
los presentes actuados, serán elevados a la Superioridad a los fines
del control de legalidad y conforme Ley 14.250 y normas concordantes.
Con lo que se dio por terminado el acto, firmando de conformidad por
ante mí, para constancia.