MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Decisión Administrativa 21/2017
Desígnase Director Nacional de Conductas Anticompetitivas.
Ciudad de Buenos Aires, 11/01/2017
VISTO el Expediente EX-2016-01031960-APN-DDYME#MP, la Ley Nº 27.341 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2017, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus
modificatorios, y 227 de fecha 20 de enero de 2016 y la Decisión
Administrativa N° 756 de fecha 26 de julio de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por el Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 756 de fecha 26
de julio de 2016 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel
operativo de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA,
organismo desconcentrado en la órbita de la SECRETARÍA DE COMERCIO del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que en virtud de específicas razones de servicio de la mencionada
Comisión Nacional, se considera imprescindible la cobertura transitoria
de UN (1) cargo vacante, Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), de Director Nacional de
Conductas Anticompetitivas.
Que el Artículo 7° de la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2017 dispuso el congelamiento
de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de
la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, sin la previa
autorización del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO
NACIONAL en virtud de las disposiciones del Artículo 10 de la citada
ley.
Que la cobertura de dicho cargo implica hacer una excepción a lo
dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 27.341 de Presupuesto General
de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Que por el Decreto N° 227 de fecha 20 de enero de 2016 se dispuso,
entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de
la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en
cargos de planta permanente y no permanente, en cargos de rango y
jerarquía inferior a Subsecretario será efectuada por el señor Jefe de
Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad
correspondiente.
Que la medida propuesta no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.
Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el Artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el Artículo
7° de la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2017 y el Artículo 1º del Decreto N° 227/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Desígnase transitoriamente, por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente
medida, al Abogado Don Marcelo Rubén D’AMORE (M.I. N° 16.875.855) en el
cargo de Director Nacional de Conductas Anticompetitivas dependiente de
la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, organismo
desconcentrado en la órbita de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO
DE PRODUCCIÓN, Nivel A, Grado 0, autorizándose el correspondiente pago
de la Función Ejecutiva Nivel I del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), con autorización excepcional por no reunir los requisitos
mínimos establecidos en el Artículo 14 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y sus modificatorios, y con carácter de excepción a
lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley Nº 27.341 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
ARTÍCULO 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los
requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°
2.098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los
créditos presupuestarios de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Francisco A. Cabrera.