MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 1091-E/2016
Ciudad de Buenos Aires, 30/12/2016
VISTO el Expediente Nº 1.492.960/12 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, el Decreto N° 1759 del
3 de abril de 1972 (t.o. 1991), la Resolución de la SUSECRETARÍA DE
RELACIONES LABORALES Nº 517-E del 29 de julio de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 377/379 del Expediente N° 1.492.960/12 obra la impresión de
la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 517-E del
29 de julio de 2016, que declara la homologación del Convenio Colectivo
de Trabajo de Empresa Nº 1518/16 “E” y el Acuerdo Nº 796/16, celebrados
entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO,
ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la
empresa BINGO ORO SOCIEDAD ANÓNIMA.
Que se ha advertido un error material en el considerando primero y en
el Artículo 1º de la Resolución de la Ss.R.L. Nº 517-E/16, en la cita
del número de expediente y la foja en que se encuentra agregado al
principal el convenio colectivo de empresa que homologa, consignándose
erróneamente como “a fojas 2/17 del Expediente Nº 1.714.336/16 agregado
como fojas 346”, cuando corresponde decir: “a fojas 2/17 del Expediente
Nº 1.714.339/16 agregado como fojas 347”.
Que con el fin de subsanar el precitado error involuntario y a fin de
evitar futuras confusiones, corresponde proceder a emitir el pertinente
acto administrativo, adecuando el texto del considerando primero y del
Artículo 1º de la Resolución Ss.R.L. N° 517-E/16 a la rectificación
mencionada.
Que a los fines expuestos se pone de relieve que las enmiendas que se
efectúan por la presente, no alteran en lo sustancial el acto
administrativo oportunamente dictado, el que resulta plenamente válido.
Que a fojas 17 vuelta del Expediente Nº 1.714.339/16, agregado como
fojas 347 al Expediente 1.492.960/12, obran las escalas salariales
presentadas y ratificadas junto con el Convenio Colectivo de Trabajo de
Empresa Nº 1518/16 “E” pactado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE
JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE
LA REPÚBLICA ARGENTINA y la empresa BINGO ORO SOCIEDAD ANÓNIMA
homologado por el artículo 1º de la Resolución Ss.R.L. Nº 517-E/16,
conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250
(t.o. 2004).
Que a fojas 362/363 del Expediente 1.492.960/12 obran las escalas
salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE
AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA y la empresa BINGO ORO SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme
lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la
Resolución Ss.R.L. Nº 517-E/16 y registrado bajo el Nº 796/16, conforme
surge de fojas 377/379 y 383, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976)
y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las
remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio
resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las
remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos
considerados.
Que a fojas 389/389 vuelta y 390/391 vta., obra el informe técnico
elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo
dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y
se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio
mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope
indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta
instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en
el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo N°
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, de conformidad con lo
establecido por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos
Administrativos aprobado por el Decreto N° 1759 del 3 de abril de 1972
(t.o. 1991) y en el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus
modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º — Rectifícase el considerando primero de la Resolución de
la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 517-E de fecha 29 de julio
de 2016, de manera que donde dice: “a fojas 2/17 del Expediente Nº
1.714.336/16 agregado como fojas 346”, debe decir: “a fojas 2/17 del
Expediente Nº 1.714.339/16 agregado como fojas 347”.
ARTÍCULO 2º — Rectifícase el Artículo 1º de la Resolución de la
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 517-E de fecha 29 de julio de
2016, de manera que donde dice: “a fojas 2/17 del Expediente Nº
1.714.336/16 agregado como fojas 346 al Expediente”, debe decir: “a
fojas 2/17 del Expediente Nº 1.714.339/16 agregado como fojas 347”.
ARTÍCULO 3º — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual
surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la
Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
correspondiente al convenio colectivo de trabajo de empresa homologado
por la Resolución de la SUSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Nº 517-E
del 29 de julio de 2016 y registrado bajo el Nº 1518/16 “E” suscripto
entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO,
ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la
empresa BINGO ORO SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme al detalle que, como ANEXO
I IF-2016-05199677-APN-SECT#MT, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 4º — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual
surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la
Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la
SUSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Nº 517-E del 29 de julio de 2016 y
registrado bajo el Nº 796/16 suscripto entre el SINDICATO DE
TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO,
RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA y la empresa BINGO ORO
SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme al detalle que, como ANEXO II
IF-2016-05199728-APN-SECT#MT, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 5º — Regístrese la presente Resolución por la Dirección
General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido ello, pase a la Dirección
Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento
Coordinación registre el importe promedio de las remuneraciones fijado
por este acto y del tope indemnizatorio resultante.
ARTÍCULO 6º — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la
notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la
guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 7º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ezequiel Sabor.
ANEXO
Expediente Nº 1.492.960/12
Partes Signatarias: SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR,
ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN, Y AFINES DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA c/ BINGO ORO SOCIEDAD ANÓNIMA
CCT Nº 1518/16 “E”
Fecha de entrada en vigencia |
Promedio de las Remuneraciones |
Tope indemnizatorio Resultante |
01/04/2016 |
$ 16.111,72 |
$ 48.335,16 |
IF-2016-05199677-APN-SECT#MT
Expediente N° 1.492.960/12
Buenos Aires, 05 de enero de 2017
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 1091/16 se ha
tomado razón de la rectificación del considerando primero y del
Artículo 1° de la RESOLUCION SSRL N° 517/16. Asimismo, se ha tomado
razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia,
quedando registrados ambos actos administrativos bajo los números 15/17
y 2/17 T respectivamente. — Jorge Alejandro Insua, Registro de
Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.