Resolución 105-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2017
VISTO el Expediente N° S02:0100268/2014 del Registro del Ex-MINISTERIO
DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, Expediente original N° S01:0148486/2014 del
Registro del Ex-MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA
Y SERVICIOS, Expediente N° ANC: 0003066/2015 del Registro de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, organismo descentralizado
dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la Ley de Obras Públicas N°
13.064, la Ley de Ministerios N° 22.520, la Resolución N° 646 de fecha
de fecha 28 de abril de 2015 y el Decreto N° 375 de fecha 18 de febrero
de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 646 de fecha 28 de abril de 2015 del
Ex-MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se convocó a la Licitación
Pública Nacional N° 6/2015 de etapa única para la contratación de la
Obra “PROYECTO EJECUTIVO Y CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO SERVICIO DE
SALVAMENTO Y EXTINCIÓN DE INCENDIO, INFRAESTRUCTURA DE NEXO Y
PAVIMENTOS EN EL AEROPUERTO BRIGADIER MAYOR CÉSAR RAÚL OJEDA, SAN LUIS,
PROVINCIA DE SAN LUIS”, y se aprobó el Pliego de Condiciones Generales
para la Licitación y Contratación de Obras Públicas, el Pliego de
Condiciones Especiales y el Pliego de Especificaciones Técnicas
respectivos y su Presupuesto Oficial por la suma de PESOS VEINTIDÓS
MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO CATORCE ($ 22.376.114).
Que habiéndose cumplido con las normas de publicidad y difusión que
rigen la presente contratación, retiraron pliego las Empresas, CPC
SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-59865201-1), NIRO CONSTRUCCIONES SOCIEDAD
ANÓNIMA (CUIT N° 33-58817197-9), ALVARADO CONSTRUCCIONES (CUIT N°
20-20219851-2), PANEDILE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N°
30-50203060-0), HORMICON SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N°
30-70808672-6), RIVA CONTRUCCIONES SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL,
COMERCIAL E INMOBILIARIA (CUIT N° 30-51891712-5), ALQUIMAQ SOCIEDAD
ANÓNIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA (CUIT N° 30-63214644-9),
CONSTRUCTORA DEL SOL (CUIT N° 20-12015105-4), LAUGERO CONSTRUCCIONES
SOCIEDAD ANÓNIMA (CUIT N° 30-67980637-4), EFEDE SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N° 30-70873398-5), COINAL SOCIEDAD
ANÓNIMA (CUIT N° 30-70915815-1), BENEDETTI DIEGO MARTÍN (CUIT N°
20-27077001-1), MAPAL SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL,
AGROPECUARIA (CUIT N° 30-58755778-5), CONSTRUMIN SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N° 30-70748677-1), GECONPE SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N° 33-70863300-9), INGENIERO
TOSTICARELLI Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA CONSULTORA (CUIT N°
30-58515954-5), DAFRE Y GAIDO CONSTRUCCIONES SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA (CUIT N° 30-62142805-1).
Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL organismo
descentralizado del MINISTERIO DE TRANSPORTE emitió la Circular
Aclaratoria N° 1 de fecha 24 de junio de 2015 y la Circular Aclaratoria
N° 2 de fecha 27 de julio de 2015.
Que las mencionadas circulares fueron notificadas y publicadas conforme
a lo previsto en las normas aplicables al presente procedimiento.
Que con fecha 7 de agosto de 2015 se realizó el Acto de Apertura de las
propuestas presentadas por las Empresas, DAFRE Y GAIDO CONSTRUCCIONES
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA; ALQUIMAQ SOCIEDAD ANÓNIMA,
COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA; BENEDETTI DIEGO MARTÍN; HORMICON
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA E INGENIERO CESAR BORREGO SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA como UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS.
Que analizados los requerimientos legales y administrativos previstos
en los Pliegos Licitatorios, la Comisión Evaluadora solicitó al
Departamento de Compras y Contrataciones dependiente de la Dirección de
Compras y Administración de Bienes de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL,
TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN
CIVIL de éste Ministerio requiriera a las Firmas HORMICON SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA E INGENIERO CESAR BORREGO SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA como UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS; ALQUIMAQ
SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA; DAFRE Y GAIDO
CONSTRUCCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y BENEDETTI DIEGO
MARTÍN, documentación complementaria a fin de realizar la evaluación de
las propuestas.
Que el Departamento de Compras y Contrataciones dependiente de la
DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL del MINISTERIO DE TRANSPORTE solicitó a cada
una de las firmas mencionadas la documentación requerida por la
Comisión Evaluadora de Ofertas.
Que habiéndose cumplido el plazo para la presentación de la
documentación anteriormente mencionada, el Departamento de Compras y
Contrataciones dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA y
ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL de éste
Ministerio remitió las presentes actuaciones a la Comisión Evaluadora
de Ofertas.
Que la Comisión Evaluadora emitió Dictamen de Evaluación con fecha 8 de
octubre de 2015 en el que propone desestimar las ofertas presentadas
por las Firmas: HORMICON SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA E
INGENIERO CESAR BORREGO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA como UNIÓN
TRANSITORIA DE EMPRESAS por no cumplir con el Artículo 20.2.c.2. del
Pliego de Condiciones Especiales en cuanto a los antecedentes del
Responsable del Área de Pavimentos, DAFRE Y GAIDO CONSTRUCCIONES
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA por no cumplir con el Artículo
20.2.c.2. del Pliego de Condiciones Especiales en cuanto a los
antecedentes del Responsable del Área de Pavimentos y BENEDETTI DIEGO
MARTÍN por no cumplir con el Artículo 20.2.a, b y c del Pliego de
Condiciones Especiales en cuanto a los antecedentes de la empresa en
obras de pavimentos, los antecedentes del Representante Técnico y del
Responsable del Área de Pavimentos.
Que en consecuencia, la Comisión Evaluadora recomienda la adjudicación
de la Licitación Pública Nacional N° 6/2015 por Obra Pública a la Firma
ALQUIMAQ SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL, INDUSTRIAL, FINANCIERA, por la
suma total de PESOS VEINTITRÉS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL
DOSCIENTOS VEINTISIETE CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 23.876.227,45)
incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Que comunicado el Dictamen de Evaluación, las actuaciones quedaron a
disposición de los proponentes por el plazo de CINCO (5) días hábiles
administrativos, sin que se formularan impugnaciones.
Que habiéndose enviado oportunamente el presente expediente para la
rúbrica del Acto Administrativo de Adjudicación al MINISTERIO DE
TRANSPORTE, se remitió a la Dirección de Compras y Administración de
Bienes dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA y
ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL de este
Ministerio para realizar modificaciones en el mencionado acto.
Que realizadas dichas modificaciones, se dio intervención a la
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL de este Ministerio como área
técnica interviniente.
Que con fecha 29 de abril la Dirección General mencionada
precedentemente, remite Nota DGIySA N° 313/2016 mediante la cual se
solicita se deje sin efecto la presente contratación, puesto que se
realizarán nuevas Especificaciones Técnicas para éste tipo de edificios
operativos.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, ha tomado la
intervención que le compete.
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por
la Ley de Obras Pública N° 13.064, la Ley de Ministerios N° 22.520 y el
Decreto N° 375 de fecha 18 de febrero de 2016.
Por ello,
EL MINISTRO DE TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° — Dejáse sin efecto la Resolución N° 646 dictada el día 28
de abril de 2015 por el entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE,
por la que se convocó a Licitación Pública Nacional de Etapa única para
la contratación de la Obra: “PROYECTO EJECUTIVO Y CONSTRUCCIÓN DEL
EDIFICIO SERVICIO DE SALVAMENTO Y EXTINCIÓN DE INCENDIO,
INFRAESTRUCTURA DE NEXO Y PAVIMENTOS EN EL AEROPUERTO BRIGADIER MAYOR
CÉSAR RAÚL OJEDA, SAN LUIS, PROVINCIA DE SAN LUIS”; y se aprobó la
documentación licitatoria y el Presupuesto Oficial de la Obra por la
suma de PESOS VEINTIDÓS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO
CATORCE ($ 22.376.114) para la contratación de la obra.
ARTÍCULO 2° — Desafectáse el crédito previsto para la ejecución de la presente obra.
ARTÍCULO 3° — Notifíquese a los oferentes por intermedio de la
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, organismo descentralizado
dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
ARTÍCULO 4° — Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Guillermo Javier Dietrich.
e. 09/03/2017 N° 13332/17 v. 09/03/2017