MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 296-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 22/02/2017
VISTO el Expediente Nº 1.642.214/14 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 707-E del 15 de septiembre de
2016, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 29 del Expediente N° 1.642.214/14 obran las escalas
salariales pactadas entre la UNIÓN PERSONAL AERONAVEGACIÓN DE ENTES
PRIVADOS, por la parte sindical, y la empresa FEDERAL EXPRESS
CORPORATION, por la parte empleadora, en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo Nº 271/75, conforme lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el
artículo 2° de la Resolución Ss.R.L. Nº 707-E/16 y registrado bajo el
Nº 1109/16, conforme surge de fojas 58/59 y 63, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976)
y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las
remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio
resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las
remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos
considerados.
Que a fojas 71/74 obra el informe técnico elaborado por la Dirección
Nacional de Regulaciones del Trabajo, por el que se indican las
constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del
promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope
indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta
instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en
el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº
20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el Decreto Nº 357 del 21
de febrero de 2002 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual
surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la
Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2° de la
Resolución de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES N° 707-E del 15
de septiembre de 2016 y registrado bajo el Nº 1109/16 suscripto entre
la UNIÓN PERSONAL AERONAVEGACIÓN DE ENTES PRIVADOS, por la parte
sindical, y la empresa FEDERAL EXPRESS CORPORATION, por la parte
empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO
IF-2017-02687946-APN-SECT#MT, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN para
la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección
Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe
promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope
indemnizatorio resultante.
ARTÍCULO 3º.- Remítase a la Dirección de Negociación Colectiva para la
notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la
guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ezequiel Sabor.
ANEXO
Partes Signatarias: UNIÓN PERSONAL AERONAVEGACIÓN DE ENTES PRIVADOS C/FEDERAL EXPRESS CORPORATION
CCT Nº 271/75
IF-2017-02687946-APN-SECT#MT
Expediente N° 1.642.214/14
Buenos Aires, 01 de marzo de 2017
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 296/17 se ha
tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 71/17 T. — Jorge
Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
e. 20/04/2017 N° 21033/17 v. 20/04/2017