MINISTERIO DE CULTURA
Decisión Administrativa 190/2017
Biblioteca Nacional Doctor Mariano Moreno. Incorpórase cargo.
Ciudad de Buenos Aires, 17/03/2017
VISTO el Expediente N° 428/2016 del registro de la BIBLIOTECA NACIONAL
DOCTOR MARIANO MORENO, organismo descentralizado y autárquico en
Jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA, el Decreto N° 847 de fecha 13
de julio de 2016, la Decisión Administrativa N° 477 de fecha 16 de
septiembre de 1998 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a través del artículo 1° del Decreto N° 847/16, se estableció que
el Director de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, organismo
descentralizado y autárquico, en Jurisdicción del MINISTERIO DE
CULTURA, tendrá rango y jerarquía de Secretario.
Que en atención a la diversidad de tareas asignadas al organismo
precitado y teniendo en cuenta la complejidad que conlleva el
cumplimiento de sus objetivos, resulta necesario dotar de un gabinete
al cargo de Director de la BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO
incorporándolo, con carácter de excepción, a los artículos 1°, 2° y 3°,
como así también al inciso b) de la Planilla Anexa al artículo 1° de la
Decisión Administrativa N° 477/98 y sus modificatorias.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACIÓN DE GESTIÓN dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE
EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1° — Incorpórase, con carácter de excepción, a partir de la
fecha del dictado de la presente medida, el cargo de Director de la
BIBLIOTECA NACIONAL DOCTOR MARIANO MORENO, organismo descentralizado y
autárquico en Jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA, en los artículos
1°, 2° y 3°, como así también, en el inciso b) de la Planilla Anexa al
artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 477/98 y sus
modificatorias.
ARTÍCULO 2° — El gasto que demande la aplicación de la presente medida
será atendido con cargo a los créditos presupuestarios de la
Jurisdicción 72 - MINISTERIO DE CULTURA - BIBLIOTECA NACIONAL MARIANO
MORENO- SAF 116 PROGRAMA 25.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Alejandro Pablo Avelluto.