Resolución 198-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 28/03/2017
VISTO el Expediente EX-2017-01996288-APN-DMED#MC y la ley de
Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92) y sus normas
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que el MINISTERIO DE CULTURA tiene entre sus objetivos elaborar y
promover políticas de participación institucional en la defensa de la
identidad cultural nacional, promover y difundir el desarrollo de
actividades económicas asociadas con la cultura, ejercer la conducción
de los organismos que le dependen y supervisar el accionar de los entes
descentralizados que actúan en el área, promover la producción e
intercambio del conocimiento científico en temas relacionados con las
industrias culturales y la generación de empleo sectorial y de los
servicios vinculados.
Que para cumplir con estos objetivos se han desarrollado una serie de
programas, articulados entre sí, que contemplan la participación de
distintos actores sociales relevantes de la escena nacional.
Que mediante Resolución 349-E/2016 de fecha 2 de agosto de 2016, se
creó el PROGRAMA SISTEMA PUBLICO DE OFICIOS Y TÉCNICOS TEATRALES
(SPOTT), cuyo objetivo fue implementar una capacitación especializada
en las ramas técnicas y oficios del sector público, a través de un
programa de formación, práctica, seguimiento y multiplicación, que
brindara herramientas de capacitación de excelencia a los recursos
humanos del ámbito público y los prepare para incentivar el desarrollo
de nuevos talentos en su rubro, fomentando la mejora y la
sustentabilidad de los cuadros técnicos a nivel federal.
Que, atento los resultados positivos de la primera Convocatoria al
programa SPOTT, resulta pertinente continuar con la implementación de
una plataforma federal de formación cultural, disciplinaria e
interdisciplinaria, basada en instancias de capacitación,
transferencia, producción y circulación de agentes y productos
culturales, a fin de descentralizar los focos e instancias de formación
de agentes y profesionales técnicos de los ámbitos culturales.
Que, en este sentido, se hace necesario continuar con el programa de
capacitación técnica especializada de carácter federal para fortalecer
y jerarquizar la función de los agentes públicos en rubros técnicos de
los teatros oficiales a nivel federal y promover el compromiso de los
agentes e instituciones en las transformaciones y políticas de
fortalecimiento, formación, promoción, producción y circulación del
sector cultural en su contexto regional; impulsando así los ecosistemas
regionales culturales.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CULTURA.
Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por la
Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por decreto N.° 438/92) y sus normas
modificatorias, y los Decretos Nros. 101/85, 392/86 y 1344/07.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° - Apruébase la Segunda Convocatoria del PROGRAMA SISTEMA
PUBLICO DE OFICIOS Y TÉCNICOS TEATRALES (SPOTT), creado por Resolución
N° 349 de fecha 2 de agosto de 2016, en la órbita de la DIRECCIÓN
NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE
CULTURA CIUDADANA de la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD, de
conformidad con los fundamentos y objetivos definidos en la misma.
ARTÍCULO 2° - Apruébase el Reglamento de Bases y Condiciones que como
ANEXO I (IF-2017-03999674-APN-DNFC#MC) forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 3° - Encomiéndase a la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD la realización del llamado de las próximas convocatorias.
ARTÍCULO 4° - Desígnase como Autoridad de Aplicación del PROGRAMA
SISTEMA PUBLICO DE OFICIOS Y TÉCNICOS TEATRALES (SPOTT) a la DIRECCIÓN
NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL.
ARTÍCULO 5° - Los gastos que el cumplimiento de la presente demande se
atenderán con cargo a las partidas específicas del presupuesto del año
en curso asignado a la JURISDICCIÓN 72 - Programa 46.
ARTÍCULO 6° - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alejandro Pablo Avelluto.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 30/03/2017 N° 19536/17 v. 30/03/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)