MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 268-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 17/04/2017
VISTO la Resolución N° 348 del 3 de septiembre de 2009 de la ex
SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y sus
modificatorias, el Expediente N° EX-2017-01752680-APN- DMED#MC del
registro del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la resolución citada en el Visto se fijó el valor de las
entradas a los museos nacionales dependientes de la ex DIRECCIÓN
NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN -actual MINISTERIO DE CULTURA-, manteniendo
la gratuidad para menores de DOCE (12) años, jubilados y delegaciones
escolares, como así también para el público en general UN (1) día de la
semana.
Que, al respecto, por los artículos 1° y 2° de la Ley N° 17.321 y su
modificatoria, se autorizó la implantación de un régimen de tarifas y
aranceles para los museos nacionales, destinado a contribuir a la
adquisición de obras artísticas, históricas o científicas y a la
conservación, ampliación, equipamiento, refacción y modernización de
los edificios y recintos en que funcionan, estableciendo que el régimen
de tarifas y aranceles consistirá en la fijación de derechos que serán
abonados por el público concurrente, en concepto de ingreso a esos
establecimientos.
Que, basándose en los objetivos de la citada Ley, es necesario
implementar un sistema de administración y gestión de los museos
nacionales que permita atender equilibradamente la adquisición de las
obras mencionadas y la conservación de los edificios, por una parte,
pero sin dejar de estimular al mismo tiempo, una mayor concurrencia del
público a dichos lugares.
Que, por lo antedicho, se estima adecuado adoptar un tratamiento
promocional de los museos nacionales, eximiendo del pago de tarifas y
aranceles al público concurrente, sin perjuicio de reservar la eventual
aplicación del régimen que autoriza la Ley N° 17.321, para aquellos
casos que, a criterio de este Ministerio y por las especiales
características de determinados lugares o la relevante significación
cultural de las obras que ellos se expongan, resulte necesaria la
percepción de aquellos derechos.
Que, por esta razón, procede derogar la Resolución S.C. N° 348/09 y sus modificatorias.
Que, la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que, la presente medida se dicta en virtud de la Ley de Ministerios N°
22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), y
sus modificatorias y el artículo 18, in fine, de la Ley Nacional de
Procedimientos Administrativos N° 19.549.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Derogar la Resolución S.C. N° 348/09 de fecha 3 de septiembre de 2009 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alejandro Pablo Avelluto.
e. 19/04/2017 N° 24602/17 v. 19/04/2017