MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 306/2017
Designación.
Ciudad de Buenos Aires, 17/05/2017
VISTO el Expediente N° EX - 2017-03015411--APN-DD#MS, el Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017 aprobado
por la Ley N° 27.341, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de
2008, sus modificatorios y complementarios, 1903 de fecha 2 de
diciembre de 2009 y 227 de fecha 20 de enero de 2016, la Decisión
Administrativa N° 140 de fecha 29 de febrero de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 2° del Decreto N° 1903/09 se creó con
dependencia directa de la Unidad Ministro del MINISTERIO DE SALUD el
cargo extraescalafonario de Coordinador General de Información Pública
y Comunicación, con rango y jerarquía de Director Nacional y una
retribución mensual equivalente a la del Nivel A, Grado 0, con Función
Ejecutiva Nivel I, del régimen escalafonario aprobado por el CONVENIO
COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus
modificatorios y complementarios, siendo sus funciones las de asistir y
asesorar al Ministro, Secretarios y Subsecretarios de la Jurisdicción
en materia de información pública y comunicación, planificando y
conduciendo el desarrollo de todas las actividades de difusión
específicas, derivadas del cumplimiento de las acciones sustantivas
propias del Ministerio.
Que por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 140/16, se
designó en el aludido cargo al Licenciado Felipe Eduardo ZUKERNIK
(D.N.I. N° 8.586.918), quien oportunamente presentó su renuncia al
cargo en cuestión.
Que en consecuencia dicho cargo se encuentra vacante haciéndose imprescindible concretar su cobertura.
Que a esos efectos se han evaluado los antecedentes del Licenciado
Patricio ANCAROLA (D.N.I. N° 22.355.882), quien cuenta con una adecuada
formación profesional y reúne las exigencias de idoneidad y experiencia
necesarias para cubrir el cargo de Coordinador General de Información
Pública y Comunicación del MINISTERIO DE SALUD.
Que por el artículo 7º de la citada Ley Nº 27.341 se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no
podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de
la sanción de dicha Ley, ni los que se produzcan con posterioridad a
dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Artículo 1° del Decreto Nº 227/16 quedó establecido que
toda designación asignación de funciones, promoción y reincorporación
de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior
a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta
permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente
a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida
presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales
aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a
propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100 inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, el
artículo 7º de la Ley Nº 27.341 y el artículo 1º del Decreto Nº 227/16.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase al Licenciado Patricio ANCAROLA (D.N.I. N°
22.355.882), en el cargo extraescalafonario de Coordinador General de
Información Pública y Comunicación del MINISTERIO DE SALUD, creado por
el artículo 2° del Decreto N° 1903/09, con rango y jerarquía de
Director Nacional y una retribución mensual equivalente a la del Nivel
A, Grado 0, con Función Ejecutiva Nivel I, del régimen escalafonario,
aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL
DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el
Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, siendo sus
funciones las de asistir y asesorar al Ministro, Secretarios y
Subsecretarios de la Jurisdicción en materia de información pública y
comunicación, planificando y conduciendo el desarrollo de todas las
actividades de difusión específicas, derivadas del cumplimiento de las
acciones sustantivas propias del Ministerio, con carácter de excepción
a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 27.341.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente para el corriente ejercicio correspondiente a la
Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Marcos Peña. — Jorge Daniel Lemus.