MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 70-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 11/05/2017
VISTO el Expediente Nº 1.691.691/15 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la
RESOL-2016-755-E-APN-SECT#MT, la Resolución de la SUBSECRETARÍA DE
RELACIONES LABORALES Nº 401 del 15 de junio de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 12/14 del Expediente N° 1.691.691/15 obra el acuerdo
suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR,
ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA (ALEARA) por la parte sindical, y ATLÁNTICA DE JUEGOS
SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1333/13 “E”, conforme lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que dicho acuerdo fue homologado por la Resolución Ss.R.L. Nº 401/16 y
registrado bajo el número Nº 420/16, conforme surge de fojas 57/59 y
62, respectivamente.
Que mediante la RESOL-2016-755-E-APN-SECT#MT, obrante a fojas 70/72, se
emplazó a las partes para que presenten las escalas salariales
correspondientes al Acuerdo Nº 420/16, vigentes a partir del 1/01/2016.
Que en respuesta a ello, a fojas 79/81 del Expediente 1.691.691/15 obra
la presentación de la parte sindical cumplimentando lo requerido.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976)
y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las
remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio
resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las
remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos
considerados.
Que la Dirección de Normativa Laboral ha tomado la intervención que
corresponde realizando el análisis técnico legal conforme
IF-2017-08522198-APN-DNL#MT por el cual se indican las constancias y se
explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual
de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio
resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se
remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas
por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de
Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y por la Decisión
Administrativa N° 917 del 28 de diciembre de 2010.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual
surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la
Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias,
correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la
SUSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Nº 401 del 15 de junio de 2016 y
registrado bajo el Nº 420/16 suscripto entre el SINDICATO DE
TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO,
RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ALEARA) y la empresa
ATLÁNTICA DE JUEGOS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme
al detalle que, como ANEXO IF-2017-08554242-APN-DNREGT#MT, forma parte
integrante de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN para
la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección
Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe
promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope
indemnizatorio resultante.
ARTÍCULO 3º.- Remítase a la Dirección de Negociación Colectiva para la
notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la
guarda correspondiente.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Maria Julia Delgado.
ANEXO
Partes Signatarias: SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR,
ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA (ALEARA) c/ ATLÁNTICA DE JUEGOS SOCIEDAD ANÓNIMA
CCT Nº 1333/13 “E”
Fecha de entrada en vigencia | Promedio de las Remuneraciones | Tope indemnizatorio Resultante |
01/07/2015 | $ 13.543,32 | $ 40.629,96 |
01/01/2016 | $ 14.882,82 | $ 44.648,46 |
IF-2017-08554242-APN-DNREGT#MT
Expediente N° 1.691.691/15
Buenos Aires, 17 de mayo de 2017
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT N° 70/17 se ha
tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de
referencia, quedando registrado bajo el número 207/17 T. — Jorge
Alejandro Insua, Registro de Convenios Colectivos, Departamento
Coordinación - D.N.R.T.
e. 16/06/2017 N° 40624/17 v. 16/06/2017